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¿Estipula la ley china que el marido debe mantener a su esposa?

El marido y la mujer tienen la obligación de apoyarse mutuamente.

El artículo 20 de la Ley de Matrimonio de mi país estipula: “Los maridos y las mujeres tienen la obligación de sustentarse mutuamente. Cuando una de las partes no cumple con su obligación de sustentarse, la parte que necesita manutención tiene derecho a exigirla. la otra parte para pagar alimentos.” Las obligaciones alimentarias entre marido y mujer se basan en la validez del matrimonio entre los cónyuges. La obligación del marido y la mujer de apoyarse mutuamente es la obligación del marido y la mujer de apoyarse económicamente y ayudarse mutuamente en la vida diaria. Es la obligación de garantizar la seguridad de la vida. Su finalidad es lograr que la pareja viva junta, que es una relación matrimonial.

Requisito necesario. En circunstancias normales, esta obligación alimentaria se realiza durante la vida de la pareja. Es a la vez una obligación y un derecho para marido y mujer apoyarse mutuamente. Tanto el marido como la mujer tienen la obligación de apoyarse mutuamente y también tienen requisitos mutuos.

Derechos soportados.

La obligación del marido y la mujer de mantenerse mutuamente es una obligación legal y es legalmente obligatoria. Cuando uno de los cónyuges no tiene ingresos fijos, ni fuente de sustento, o no tiene capacidad para vivir independientemente o tiene dificultades, o necesita apoyo por enfermedad, vejez, etc., y el otro cónyuge no cumple con sus obligaciones alimentarias, el cónyuge quien necesita alimentos tiene derecho a exigir que el otro cónyuge asuma la responsabilidad alimentaria. Si una pareja tiene una disputa sobre la pensión alimenticia, pueden mediar a través de los departamentos pertinentes o presentar directamente una demanda ante el Tribunal Popular. Cuando el Tribunal Popular conoce casos de disputas de manutención, puede mediar primero. Si la mediación fracasa, el tribunal popular dictará una sentencia oportuna de conformidad con la ley y obligará al deudor a cumplir con sus obligaciones alimentarias. Si el deudor se niega a cumplir con sus obligaciones alimentarias y las circunstancias constituyen un delito, será penalmente responsable de conformidad con las disposiciones pertinentes de la ley penal.