Los siguientes son socios comanditarios que pueden utilizarse para aportar capital: (1) Moneda 2. Labor tres. propiedad intelectual. Derechos de uso del suelo.
Respuesta: Respuesta
Los socios comanditarios pueden aportar capital en efectivo, en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de la tierra u otros derechos de propiedad. Los socios comanditarios no pueden aportar capital mediante servicios laborales. Los socios comanditarios pagarán íntegra y puntualmente sus aportes de capital de conformidad con el contrato de sociedad; si no pagan íntegra y puntualmente, tendrán la obligación de reembolsar el capital y serán responsables por el incumplimiento del contrato ante los demás socios.
En las materias registrales de una sociedad en comandita se indicarán los nombres de los socios comanditarios y el monto del capital suscrito.