¿Cuáles son los puntos clave de un accidente de fuerza mayor?
En primer lugar, la imprevisibilidad
La llamada imprevisibilidad significa que es imposible para los sujetos civiles prever si ocurrirá un evento de fuerza mayor cuando realizar actos jurídicos civiles. La llamada imprevisibilidad no significa que no puedas verla ni preverla, sino que no puedes preverla. Los acontecimientos que las partes no previeron o anticiparon no constituyen necesariamente acontecimientos de fuerza mayor. En circunstancias normales, existen dos estándares para que los sujetos civiles generales juzguen si pueden prever la ocurrencia de un determinado evento: uno es el estándar objetivo, es decir, en circunstancias normales, si una persona normal puede preverlo, el sujeto civil debe preverlo. El segundo es el estándar subjetivo, es decir, en determinadas circunstancias, juzgar si las partes del contrato pueden preverlo en función de las condiciones subjetivas del actor, como edad, nivel de conocimientos, capacidad técnica, etc. Estos dos estándares a veces se utilizan juntos o por separado.
En segundo lugar, la inevitabilidad
La llamada inevitabilidad significa que, aunque los sujetos civiles han tomado medidas oportunas y razonables para hacer frente a posibles accidentes, objetivamente no pueden evitar que ocurran. Si la ocurrencia de un determinado evento es imprevista pero puede evitarse completamente mediante acciones oportunas y razonables por parte de los sujetos civiles, no es inevitable.
En tercer lugar, insuperable
El llamado insuperable significa que el sujeto civil no puede superar las pérdidas ocasionadas por el accidente. Si las consecuencias del accidente pueden superarse mediante el esfuerzo de las partes involucradas, el evento no es un evento de fuerza mayor. Del mismo modo, si la ocurrencia de un accidente no puede superarse, pero puede mitigarse completamente mediante los esfuerzos de las partes interesadas, entonces la parte mitigada no constituye un evento de fuerza mayor.
Además, debe existir un periodo de actuación.
El llamado período de ejecución. En otras palabras, el evento de fuerza mayor debe ocurrir después de que se establezca el acto jurídico civil y antes de que se dé por terminada la prestación. Si el accidente ocurre antes de que se establezca el acto jurídico civil, o ocurre después de que se haya realizado el acto jurídico civil, o una parte retrasa su ejecución sin el consentimiento de la otra parte, no puede constituir un evento de fuerza mayor.
Los hechos de fuerza mayor tienen las características de un período de ejecución. Sólo cuando se produce un evento de fuerza mayor durante la ejecución del contrato las partes pueden quedar exentas de la responsabilidad contractual. Si el retraso en la ejecución excede el plazo de ejecución del contrato, no quedará exenta de responsabilidad por la pérdida del plazo de ejecución.
La fuerza mayor incluye principalmente las siguientes situaciones:
1 Desastres naturales, como tifones, inundaciones y granizo;
2. y expropiación.
3. La sociedad será anormal. asunto. cosas, como. huelga. Trabaja, genial. confusión.