¿Cuáles son estas dos obligaciones?
Significado básico
Obligación: Es el valor que las personas deben pagar en las correspondientes relaciones sociales.
Correcto: Es el valor retorno que las personas deberían recibir en las correspondientes relaciones sociales.
Obligaciones: Entre todas las relaciones sociales, cualquier persona suele tener la relación social más importante. Esta relación social determina sus intereses fundamentales y es su principal fuente de vida y base para la supervivencia. Las obligaciones son el valor que una persona debe aportar. hacer en sus relaciones sociales más importantes.
1. La simetría de los "derechos" La ley restringe a los ciudadanos o personas jurídicas a realizar o prohibir determinadas conductas. En una sociedad socialista, las obligaciones y los derechos son consistentes e inseparables. Deberes de un ciudadano o persona jurídica prescritos por la ley, como el servicio militar.
2.
3. Gratuito: consulta voluntaria, trabajo voluntario.
Obligación significa que el sujeto debe responder a los requerimientos de los demás y realizar conductas específicas hacia el objeto.
Contraer y editar las obligaciones básicas de este párrafo
Las obligaciones básicas de los ciudadanos, también conocidas como obligaciones constitucionales, se refieren a las responsabilidades legales que los ciudadanos deben acatar y cumplir de conformidad con la Constitución. Según las disposiciones de la Constitución de nuestro país, las obligaciones básicas de nuestros ciudadanos son:
1. Mantener la unidad nacional y la unidad étnica (Artículo 52 de la Constitución)
2. por la Constitución y las leyes, guardar secretos de Estado, proteger los bienes públicos, observar las disciplinas laborales y observar el orden público y la ética social (Artículo 53 de la Constitución)
3. intereses de la patria (Artículo 54 de la Constitución)
4. Defender la patria, realizar el servicio militar de conformidad con la ley y unirse a la milicia (Artículo 55 de la Constitución)
5. Pagar impuestos conforme a la ley. (Artículo 56 de la Constitución)
Además de las obligaciones básicas anteriores, nuestra Constitución también estipula las obligaciones laborales, educativas y de planificación familiar del marido y la mujer, la obligación de los padres de criar y educar a su menor hijos, y las obligaciones de los hijos adultos con respecto a la manutención de los padres y las obligaciones de manutención. Estas obligaciones no sólo tienen un carácter ético social, sino que también tienen un cierto carácter jurídico.
Colapso