Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Se pueden reconocer legalmente como unidades los hogares industriales y comerciales individuales?

¿Se pueden reconocer legalmente como unidades los hogares industriales y comerciales individuales?

Los hogares industriales y comerciales individuales son entidades comerciales y pueden tener capacidades independientes de responsabilidad civil, pero no son entidades legales especificadas por la ley. Incluso las unidades sólo pueden reconocerse como entidades comerciales especiales.

De acuerdo con el artículo 2 del "Reglamento sobre hogares industriales y comerciales individuales", los hogares industriales y comerciales individuales deben ser ciudadanos con capacidad empresarial que hayan sido registrados en el departamento administrativo industrial y comercial y se dediquen a actividades industriales y comerciales. operaciones comerciales de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento. Ciudadanos (individuos o familias) y unidades son dos conceptos diferentes y no pueden considerarse unidades.

El artículo 30 de la "Ley Penal" estipula: "Las empresas, empresas, instituciones, organismos y grupos que cometan actos que pongan en peligro a la sociedad y la ley estipule que la unidad que comete un delito tendrán responsabilidad penal". Se puede observar que "sociedades, empresas, instituciones, agencias y grupos" son personas jurídicas. Los "ciudadanos (individuos o familias)" no pueden considerarse una unidad.

Artículo 2 del "Reglamento de Hogares Industriales y Comerciales Individuales": "Son hogares industriales y comerciales individuales los ciudadanos con capacidad empresarial que estén registrados en el departamento administrativo industrial y comercial de conformidad con lo dispuesto en este Reglamento". .

Los hogares industriales y comerciales individuales pueden operar de forma independiente o en casa.

Los derechos e intereses legítimos de los hogares industriales y comerciales individuales están protegidos por la ley y no serán infringidos por nadie. unidad o individuo.

El artículo 30 de la Ley Penal establece: “Las empresas, empresas, instituciones, organismos y grupos que cometan actos que pongan en peligro a la sociedad y la ley establezca que la unidad ha cometido un delito. asumirá responsabilidad penal.