¿Cuáles son las similitudes y diferencias entre el derecho penal chino y el derecho penal japonés?
En particular, el artículo 3 de la "Ley Penal" de mi país estipula que "Si la ley estipula claramente que el delito es un delito, será condenado y castigado de conformidad con la ley; si la ley no Si no se estipula claramente que el delito es un delito, no será condenado ni castigado", lo que afirma activamente el delito y el castigo. Creo que el principio jurídico tiene un significado trascendental. Sin embargo, sigue siendo un problema cómo conectar el principio de castigo legal con los elementos específicos del delito, es decir, cómo sistematizar el "delito" en el Capítulo 2 de la Parte 1 en cuanto al establecimiento del delito. En Japón también hay debates sustanciales sobre cómo construir un sistema de derecho penal basado en el principio de castigo legal, que se discutirá más adelante. En este artículo, presentaré algunas cuestiones relacionadas con el principio de castigo legal que están estrechamente relacionadas con este tema, es decir, "* * * y el delito" en el Capítulo 2, Sección 3, Parte 1, y luego comenzaré con la distinción entre el delincuente principal y el * * * delincuente discusión desde una perspectiva.
Como se mencionó anteriormente, después de establecer activamente el principio de delito y castigo legal, la primera cuestión es la teoría del delito, es decir, cómo sistematizar los elementos del delito. En primer lugar, me gustaría hablar de mi opinión personal sobre este punto.
Por ejemplo, el artículo 232 de la "Ley Penal" de mi país estipula que "Quien mate intencionalmente a alguien será condenado a muerte, cadena perpetua o prisión de duración determinada no menor a 10 años". Generalmente se cree que esta disposición tiene otro significado, es decir, "Mientras el asesinato no sea intencional, el juez no aplicará el delito de homicidio". El juez no aplicará ninguna pena distinta de "la pena de muerte o la cadena perpetua". , o pena de prisión fija superior a 10 años" al delito de homicidio. A este nivel, ¿se puede entender que esta disposición también estipula las normas de juicio, es decir, el juez ha sido designado? Disposiciones prohibitivas. Teniendo en cuenta este punto, la opinión de que el derecho penal tiene las características de normas resolutivas tiene mucha influencia en Japón.
Sin embargo, antes de que el derecho penal funcione como norma judicial, primero funciona como norma de comportamiento. Es decir, para los ciudadanos comunes, ¿el derecho penal es una orden que estipula "no matar"? Las normas prohibitivas son también mi punto de vista básico sobre el crimen. En cuanto a si el delito es condenado, primero debemos ver si el comportamiento cumple con la ley penal. Los patrones de conducta sexual prohibidos se basan en si cumplen con los elementos constitutivos previstos en la ley penal. En mi opinión, si un hecho constituye delito, antes de emitir un juicio de fondo sobre si debe ser sancionado, lo primero que hay que considerar es el juicio formal, es decir, ¿el hecho cumple con las órdenes estipuladas en la ley penal? En cuanto a la conducta sexual prohibida, sólo se puede emitir un juicio de fondo después de que se determine que la conducta es un elemento constitutivo. De lo contrario, es posible determinar que un determinado acto es delito por ser de mala naturaleza y merecer castigo, incluso si no existe ninguna disposición previa en la ley penal. Siempre que se base en el principio de legalidad del delito y de la pena, la idoneidad de los elementos constitutivos debe considerarse como el elemento principal para la tipificación de un delito. Para los comportamientos que constituyen elementos necesarios, también se debe emitir un juicio sustantivo sobre si el comportamiento es un acto ilegal dañino que debe ser castigado o un comportamiento valioso que debe ser considerado responsable ante el derecho penal. Éste es mi punto de vista sobre la criminología, a la que llamo "criminología formal".
Por el contrario, hay otra visión que también es muy influyente en Japón, a la que llamo la "teoría del crimen sustancial". Este punto de vista sostiene que el derecho penal es el primer criterio para juzgar y que los elementos constitutivos no son necesariamente importantes como elementos constitutivos de un delito, en el mejor de los casos, son sólo un estándar para que los jueces seleccionen conductas punibles. La oposición entre la teoría del delito formal y la teoría del delito sustantivo siempre ha existido en Japón. Especialmente en los últimos 10 años, el debate en torno al principio de castigo legal se ha vuelto cada vez más agudo, al igual que la oposición entre la nueva escuela. y la vieja escuela. Específicamente, tuve un extenso debate con el profesor Masayoshi Maeda de la Universidad de la ciudad de Tokio. Aprendí por investigadores que fueron a Japón a estudiar que parece que esta oposición también existe en China.
La teoría del delito centrada en los elementos constitutivos utiliza la “regla de las tres partes” para sistematizar los elementos constitutivos generales de un delito, es decir, se divide en tres partes: elementos constitutivos, ilegalidad y responsabilidad. Según su teoría, para que un acto constituya delito es necesario que primero cumpla con los elementos constitutivos. Cuando se implementa este tipo de comportamiento, generalmente existe el riesgo de perjudicar los resultados, y los elementos constitutivos son precisamente para clasificar y moldear este mal comportamiento. Por ejemplo, el artículo 232 del Código Penal de mi país estipula claramente el acto de "homicidio intencional" en forma de ley. Una vez que la conducta ilícita de responsabilidad reúne los elementos constitutivos, en principio debería considerarse un delito. Por tanto, en un litigio, en principio, basta con que el fiscal pruebe que los hechos cumplen con los requisitos constitutivos. Sin embargo, cuando existe defensa legítima en el artículo 20 y evitación de emergencia en el artículo 21, la determinación de excepción puede prevenir la violación de la ley y no constituye un delito. Además, para los menores de 14 años o aquellos con trastornos mentales, si bien puede determinarse como doloso, como excepción, también puede determinarse como responsabilidad para prevenir y no constituye delito. Esta visión de afirmar los elementos constitutivos de un delito es el llamado sistema de "regla de las tres partes".
Según la teoría formal del delito, es muy importante determinar si se constituye un delito. Como se mencionó anteriormente, los elementos constitutivos clasifican diversas conductas nocivas, ilegales y responsables y las determinan en forma de disposiciones de derecho penal. El contenido de las disposiciones legales puede aclararse mediante interpretación. El enfoque de la teoría formal del delito es evitar si la conducta es dañina y debe ser castigada, y primero deducir su contenido de los términos que constituyen los elementos mismos. Por supuesto, el lenguaje en sí no tiene necesariamente un significado único. Por ejemplo, en Japón hay diferentes opiniones sobre si la muerte cerebral significa la muerte de una persona. En mi opinión, incluso si el "cuerpo con daño cerebral" todavía tiene el valor de preservación como vida humana, no se puede considerar que el "cuerpo con daño cerebral" no sea un "cadáver". En definitiva, esto debería juzgarse basándose en conceptos sociales generales o en el sentido común.
La teoría de los delitos formales también considera que debido a que el derecho penal utiliza el lenguaje de la gente corriente de la sociedad al estipular los elementos para convertirla en cultural, incluso la interpretación de las disposiciones sólo puede basarse en el panorama social general. conceptos o la sociedad de aquella época. Esto también requiere que los jueces penales fortalezcan su autocultivo, comprendan a menudo y se esfuercen por descubrir cuáles eran el sentido común social y los conceptos sociales generales en aquel momento y ahora. Con base en el contenido anterior, se discutieron los siguientes temas.
En segundo lugar, ¿cuál es el problema?
1. El significado de distinguir al criminal principal y al * * * criminal
Como mencioné anteriormente, ya lo he Hablé de mi delito Desde un punto de vista teórico, se requiere que el delito debe determinarse sobre la base de una conducta que cumple con los elementos constitutivos. No importa cuán dañina sea la conducta o cuán mala sea su naturaleza, mientras los hechos no cumplan con los elementos constitutivos, no puede ser reconocida como un objeto en el sentido del derecho penal. Es decir, mientras no existan hechos o conductas que cumplan con los elementos constitutivos, no habrá delito. En Japón, un acto que cumple los requisitos constitutivos se denomina “acto de ejecución”, y un individuo que realiza un acto de ejecución se denomina “infractor principal”. El término "principal delincuente" surgió del "conductismo" alemán. “Infractor principal” es un concepto que corresponde al infractor cómplice y cómplice, es decir, corresponde al infractor * * *. Se utiliza como disposiciones de derecho penal en los artículos 60, 61 y 62 del Código Penal japonés.
Personalmente, creo que esto es muy diferente al "* * * culpable" en el derecho penal de nuestro país. En mi opinión, los "** cómplices" en el derecho penal de nuestro país se dividen principalmente en principales infractores y cómplices. Siempre que se pueda determinar que dos o más personas participaron en la comisión de un delito, podrán ser reconocidas como * * * cómplices. Además, los participantes se dividen en delincuentes principales y delincuentes accesorios según sus diferentes roles en el delito. El autor principal será responsable de todos los hechos delictivos; el cómplice que desempeñe un papel secundario o auxiliar en el mismo delito, la pena legal para el delito establecido será mitigada, reducida o exenta.
También constituye delito mancomunado hacer que personas sin intención delictiva cometan un delito; serán castigadas como autores o encubridores según sus funciones. El párrafo 2 del artículo 29 del Código Penal de mi país tipifica el delito de instigación independiente, lo cual es particularmente digno de mención.
Cuando el código penal de nuestro país estipula la pena para * * * cómplices, el actor será castigado como principal o cómplice según el papel sustancial que desempeñó en * * * cómplices. Por lo tanto, el delincuente principal y el delincuente accesorio en el derecho penal chino pueden ser equivalentes al delincuente principal y al delincuente accesorio en el derecho penal japonés, respectivamente. El derecho penal de nuestro país se divide en infractores principales y cómplices según el papel de "instigadores" en el mismo delito, y también prevé la existencia de instigadores independientes. Por lo tanto, aunque tiene el mismo nombre que "instigador" en el derecho penal japonés, el contenido real es bastante diferente.
El artículo 60 de la Ley Penal japonesa estipula que * * * un cómplice equivale al delincuente principal en el derecho penal de nuestro país, es decir, "cualesquiera dos o más personas que cometan un delito juntas son el principal delincuente." Es decir, mientras no sean "dos o más personas las que cometan un delito juntas", no se puede establecer al culpable principal. Esto se basa en la opinión de que "un delito sólo puede establecerse cuando se comete por sí mismo, es decir, cuando se comete". Por lo tanto, el derecho penal de nuestro país se guía por la exigencia de si juega un papel importante en un delito. delito conjunto. El "infractor principal" del delito no es importante en el establecimiento del delito, porque la cuestión fundamental es si se puede determinar que ha cometido un delito conjunto. De esta forma, mientras no exista un culpable principal, no se trata de un delito. En este sentido, el "infractor principal" ocupa una posición extremadamente importante en el derecho penal japonés. Por tanto, "el acto de ejecución es mucho más importante que cualquier otro elemento". No es exagerado siquiera pensar que el derecho penal japonés se basa en esta premisa.
Esta visión también se aplica a los cómplices y cómplices. El artículo 61 de la "Ley Penal" define la complicidad de delincuentes como "instigación a otros a cometer delitos", por lo que si no hay "compleción del acto", no se establece la complicidad de delincuentes como "ayudar al delincuente principal"; ", por lo que el cómplice se fundamenta en la existencia del principal infractor. Que estas legislaciones se basan en el concepto de elementos del principio estatutario no requiere elaboración.
La diferencia entre el delincuente principal y el * * * delincuente que vamos a discutir hoy también está relacionada con esto. Como mencioné anteriormente, leí las disposiciones sobre "* * * delito" en el Código Penal de nuestro país, pero no encontré el concepto de delincuente principal y * * * delincuente, por lo que sólo puedo pensar que la diferencia entre delincuente principal y criminal cómplice es que son * * * responsables del crimen. Los roles en el pecado son diferentes. En otras palabras, la distinción entre delincuentes principales, cómplices y cómplices no se basa en si * * * cometieron conjuntamente el delito, sino en el papel sustantivo que desempeñaron para consumarlo conjuntamente. No se trata tanto de una diferencia en la tipificación de un delito, sino más bien de una diferencia en el castigo, y no es descabellado llegar a tal entendimiento.
El derecho penal japonés divide * * * a los delincuentes en * * cómplices, cómplices y encubridores, que se estipulan desde la perspectiva del establecimiento del delito.
* * *La distinción entre cómplices y cómplices, cómplices y cómplices indirectos ha sido durante mucho tiempo un foco de debate académico, y el acalorado debate no ha cesado hasta el día de hoy. La razón no es más que la opinión de que el delito y la pena son legales, es decir, siempre que haya un delincuente principal que primero cometa el acto, éste constituye un delito, y el castigo del autor también se basa en la existencia del acto. Por lo tanto, sólo influir en el comportamiento constituirá un delito.
2. Desarrollo de la teoría
La siguiente es una breve introducción a cómo los estudiosos japoneses han distinguido al delincuente principal y al * * * delincuente hasta ahora.
En el pasado dominaban las teorías subjetivas. Subjetivamente hablando, quienes cometen actos con el propósito de consumar sus propios delitos son los infractores principales, y quienes cometen actos con el propósito de agravar los delitos de otros son * * * delincuentes. Desde entonces, han surgido otras teorías. Objetivamente hablando, el principal culpable es quien impone causas al resultado, y el * * * culpable es quien sólo impone condiciones al resultado. El concepto restrictivo de delincuente principal sostiene que el delincuente principal es la persona que personalmente comete el acto, y los demás son sólo * * * delincuentes incluso si utilizan a otros como herramientas. Correspondiente al concepto restrictivo de delito principal, el concepto expansivo de delito principal propugna que es delito principal quien impone condiciones a la realización de los elementos constitutivos. La teoría de la dominancia conductual también ha influido. Según esta teoría, dado que la esencia de un delincuente principal es cometer un delito según su propia voluntad, una persona que utiliza a otros para cometer un delito según su propia voluntad también es un delincuente principal.
3. Teoría formal
De la discusión anterior se puede ver claramente que la teoría formal del crimen construye su propio sistema de teoría del crimen basado en los elementos constitutivos. Según la teoría del delito formal, se cree que "el delincuente principal es una persona que ha cometido un acto que cumple los requisitos constitutivos. Es más apropiado utilizar la forma de... La llamada autorrealización significa realizarlo según tus propios deseos. Por lo tanto, esto no significa que debas usar tus propias manos para realizarlo. Por lo tanto, aquellos que usan sus propias manos para implementar son directores directos, y aquellos que usan las herramientas de otras personas para implementar son directores indirectos.
Por el contrario, el * * * delincuente no realiza personalmente los actos necesarios que constituyen los elementos, sino que participa instigando y ayudando al delincuente principal, es decir, participando en la consumación del delito a través de la conducta de implementación del infractor principal. En este sentido, para constituir a * * * * como instigador y cómplice, debe existir un autor, es decir, debe haber un delincuente principal. Desde el punto de vista de que el * * * delito se basa en la conducta del delincuente principal, también se puede decir que el * * * delito está subordinado al delincuente principal. Esto es incompatible con el delito independiente de complicidad estipulado en el párrafo 2 del artículo 29 del Código Penal de mi país, es decir, la disposición de castigo por intento de complicidad.
El artículo 27, párrafo 1, del "Derecho Penal" de mi país estipula que "toda persona que desempeñe un papel secundario o auxiliar en el mismo delito es cómplice". lo cual es consistente con el apoyo del Japón a los delincuentes son tratados de la misma manera. En este sentido, es concebible, por supuesto, que en el derecho penal de nuestro país la cómplice también se base en la existencia del autor principal. En base a esto, creo que el derecho penal de nuestro país también tiene una orientación valorativa legislativa que no castiga a los intentos de cómplices. ¿Qué piensa usted? Si este es el caso, inevitablemente conducirá a que el cómplice sea castigado independientemente del delincuente principal y que el cómplice sea castigado bajo el delincuente principal.
3. La base del castigo es *** "Equivalente a "* * *infractor principal" en el Capítulo 11 de las Disposiciones Generales del Código Penal japonés. Lo mismo ocurre en que "están involucradas dos o más personas y al menos una de ellas comete un delito". La diferencia es que el párrafo 2 del artículo 29 del Código Penal de mi país estipula que el delito de complicidad independiente será castigado como intento de complicidad. En Japón, para interpretar la legislación actual, la teoría de la independencia de los delincuentes, que también ha tenido gran influencia, propugna que el castigo de los delincuentes que incitan, ayudan, etc. debe ser independiente del del principal infractor.
Ha habido un debate de larga data sobre por qué se debe castigar a los delincuentes, es decir, por qué se debe castigar a los delincuentes. La más influyente en la actualidad es la teoría de "ser provocado". Según la teoría de la excitación, la base es que el delincuente impone una carga adicional sobre el comportamiento de otros, lo que resulta en la vulneración de intereses legales. Debido a que el derecho penal tiene como objetivo prevenir la infracción de los intereses jurídicos, es natural que la conducta cometida por * * * que infringe los intereses jurídicos de otros y aumenta la carga se utilice como base para el castigo.
2. La base del castigo es * * *
La cuestión es si castigar determinadas conductas simplemente imponiendo razones es adecuado para que se produzcan las consecuencias. Por ejemplo, el acto de instigar el asesinato puede ser la razón para matar a otros, pero es sólo una instigación y es poco probable que plantee el riesgo de matar a otros. En este sentido, es mejor decir que a la otra parte se le debe permitir de antemano cometer un asesinato conforme a la ley penal. En otras palabras, partiendo de los requisitos legales sobre delitos y penas, mientras no existan elementos constitutivos para su implementación real, la persona detrás de escena no será castigada.
En mi opinión, la conducta del principal infractor provocó una infracción de intereses jurídicos, lo que es la base para el castigo de * * * infractores.
Cuarto, * *La naturaleza del delito y su filiación
1. ¿Equivale a delito o a acto?
En el caso de * * * delito o * * * delito conjunto, la conclusión es evidente. La comunidad de derecho penal japonesa alguna vez creyó que ciertos delitos como el asesinato o el robo debían cometerse con * * * *, lo que constituye la llamada "teoría del crimen con * * *". Pero dado que la parte esencial de un delito es la comisión del hecho, creo que la comisión del acto es más importante que la realización del delito concreto. Por ejemplo, una parte es culpable de asesinato y la otra parte es culpable de lesiones. Aunque están destinados a cometer diferentes delitos, todas sus acciones tienen como objetivo dañar los cuerpos de otras personas y existe una superposición entre los dos.
En mi opinión, dentro de los límites de esta superposición, no está mal considerarlos * * * cómplices. Yo llamo a esto la "Teoría parcial del crimen sexual". Esto también se aplica a los "* * * cómplices delictivos" previstos en el artículo 25 de la Ley Penal de nuestro país. Por ejemplo, si el autor principal comete un homicidio con el propósito de causar daño, creo que en lo que respecta al autor principal debería ser castigado como cómplice.
2. * * * Teoría de la independencia criminal y * * * teoría de la subordinación criminal.
Cuando * * * comete diferentes delitos, cada delito constituye un * * * cómplice o * * * cómplice. Por ejemplo, si la persona es cómplice del delito de hurto previsto en el artículo 264 de la Ley Penal de mi país, pero el instigado comete el delito de hurto previsto en el artículo 263, entonces, como cómplice, se establece el delito de robo, y la complicidad constituye el instigador del delito de hurto. En este caso, aunque el delito de hurto y hurto son delitos diferentes, se superponen en el hecho de tomar ilegalmente bienes ajenos como propios. El delito de complicidad se estableció por conducta superpuesta, es decir, conducta subordinada al hurto. En este caso, el * * * delincuente no está subordinado al delito que se comete, sino que está subordinado a la conducta de ejecución. Esta situación se denomina afiliación de ejecución del * * * delincuente.
Mientras no haya violación de la ley penal, ¿se aplica la prohibición? No debería haber sanciones penales por conducta de mando. Según el principio de castigo legal, mientras no haya una implementación real del acto, ni el acto de complicidad ni el acto de ayuda en sí deben ser castigados. En resumen, no es apropiado decir que los delincuentes son independientes.
5. * *¿Cómplices e instigadores? Ayudar al infractor
1. ¿Es el cómplice un * * * infractor?
El artículo 60 del "Código Penal" de Japón estipula que "si dos o más personas cometen un delito juntas, serán los principales infractores". Como el autor principal es quien mismo llevó a cabo la ejecución, el cómplice es también el autor principal. Si dos o más personas cometen actos por separado, todos ellos son infractores principales y no es necesario establecer la disposición denominada "todos los infractores principales" en el artículo 60. En otras palabras, el artículo 60 contiene claramente la intención legislativa de que, si bien no se le puede calificar de infractor principal, se le sigue tratando como "infractor principal". Por lo tanto, cuando tanto A como B tienen el propósito de matar a C, y cada uno tiene un arma y una postura homicida, incluso si C muere de un solo golpe, ambos deben ser considerados responsables del delito de homicidio. Aunque B es originalmente un * * * delincuente, si dos o más perpetradores unen fuerzas para llevar a cabo el acto, será más fácil lograr el resultado y se creará el mismo nivel de peligro que el delincuente principal. En este sentido, se diferencia del delincuente principal que utiliza la conducta de otros para consumar el delito, es decir, el cómplice y el cómplice. * * * Los cómplices se encuentran en una posición intermedia entre los principales infractores y * * * los infractores, por lo que la ley estipula "todos los principales infractores".
2. Implementar * * * cómplice y * * * conspiración.
Se considera cómplice a dos o más personas que se unen para ayudarse mutuamente a cometer un delito. De esta forma, aunque el autor no se encuentre en el lugar del crimen, existen cómplices que pueden constituir el autor principal. La llamada * * * conspiración * * * cómplice se refiere a la situación en la que dos o más personas conspiran para cometer un delito, y una de ellas realiza el plan decidido por la conspiración, por lo que todos los conspiradores son considerados * * * cómplices. . Alguna vez predominó la opinión contra la colusión entre * * * y * * cómplices, pero los precedentes legales han afirmado durante mucho tiempo la existencia de una conspiración entre * * * y * * * cómplices, y ahora básicamente no hay objeciones en la comunidad académica.
Sin embargo, todavía es necesario distinguir entre situaciones en las que dos o más perpetradores unen fuerzas para cometer un acto en el acto y una situación en la que sólo algunos de ellos cometen un acto criminal después de discutirlo entre sí. En este sentido, defiendo la distinción entre * * * cómplices y * * * cómplices, y también hay casos que respaldan esta opinión. En el caso de * * * cómplices, basta que el actor conozca al * * * cómplice, y no es necesario que sea un elemento el hecho de * * * conspiración y la conspiración entre * * * y * * cómplices; se basa en * * *El hecho de la colusión conduce a la utilización y relación de complementariedad para llevar a cabo la conducta. Por lo tanto, el "hecho de * * * colusión" es particularmente importante.
Para * * * cómplices en el derecho penal de nuestro país, por supuesto, también se puede considerar que incluye * * * conspiración * * cómplices. El grupo delictivo y el delincuente principal especificados en el párrafo 1 del artículo 26, la organización criminal especificada en el párrafo 2 y el cabecilla especificado en el párrafo 3 son conceptos que no existen en el derecho penal japonés. Pero, de hecho, si tenemos estos conceptos, no sólo podemos desglosar la naturaleza y el papel de cada conspirador, sino también dar forma a la sentencia, lo que también será de gran beneficio para la interpretación del derecho penal japonés. Sin embargo, en realidad es muy difícil distinguir a los delincuentes principales de los cómplices en el sentido de establecer un delito. Por lo tanto, es fácil hacer la distinción entre ambos de forma arbitraria, lo que se sospecha que viola el principio de legalidad del delito y de la pena.
3. * * * ¿conspiró con * * * cómplices e instigadores? Ayudar a los delincuentes
Debido a que la legislación penal de nuestro país adopta el principio de que “dos o más personas que intencionalmente participan en un delito se consideran * * * cómplices”, siento que nuestro país no distingue * * * cómplices y cómplices ¿En serio? La distinción entre cómplices está particularmente bien estudiada. De hecho, resulta tentador pensar que los cómplices y los cómplices son castigados según su papel en el mismo delito y que no es necesario ningún estudio especial. Sin embargo, el artículo 27 establece que la pena del cómplice puede reducirse o eximirse, por lo que resulta especialmente importante definir el significado de "función secundaria o auxiliar" como sus elementos constitutivos. Además, dado que la distinción entre delincuentes principales y cómplices también se refleja en la sentencia, es necesario establecer un estándar claro al respecto.
En el derecho penal japonés, dado que los cómplices y los cómplices no son los principales delincuentes, independientemente de las circunstancias, al menos por sus acciones, se les castiga con cargos más leves que los de los principales delincuentes. El derecho penal japonés, al igual que el derecho penal chino, estipula que el instigador debe ser castigado como el principal infractor. Por lo tanto, algunas personas creen que distinguir entre instigador y principal infractor no tiene ningún significado sustancial. Como se mencionó anteriormente, según el entendimiento común, tanto los instigadores como los cómplices son * * delincuentes, y ambos son delitos más leves que el infractor principal, y su castigo tiene la naturaleza de un castigo excepcional. En el caso de un cómplice, el autor hace que la persona inocente tenga la intención de cometer el crimen, pero aun así tiene que cometer el crimen según la propia intención del instigador. En cambio, es mucho más difícil distinguir entre un cómplice y un cómplice; accesorio. La opinión de que ambos deben distinguirse basándose en el concepto sustantivo de quién posee los beneficios generados por el delito es dominante en los círculos académicos, y la práctica de los precedentes es similar. Sin embargo, creo que todavía hay que juzgar si podemos reconocer la relación de uso y ayuda mutuos.
6. La diferencia entre el infractor principal y * * *
1. La forma del infractor principal
Hasta este punto, este artículo toma la elementos constitutivos como premisa primaria en el sistema de derecho penal, y toma La conducta que cumple con los requisitos constitutivos es el acto de ejecución, y la persona que personalmente realiza el acto de ejecución es el infractor principal Varias cuestiones relacionadas con el infractor principal y el autor del delito. * * * Se discute el delincuente. Como resumen del contenido anterior, me gustaría aclarar nuevamente la diferencia entre el criminal principal y el criminal * * *.
El denominado infractor principal se refiere a la persona que realiza personalmente los actos necesarios que constituyen los elementos, es decir, la persona que realiza personalmente los actos. Generalmente, se denomina delincuente directo a un acto cometido con las propias manos y herramientas. No hay duda de que no es raro utilizar a otros para cometer delitos sin las herramientas. Se trata del uso de otra persona como herramienta para cometer un delito. En este sentido, en el sentido de "intervención ajena", se le puede denominar infractor principal indirecto.
La situación de los delincuentes cómplices es muy similar a la de los delincuentes principales indirectos, en el sentido de que utilizan a otros para completar el delito. La característica del cómplice es que quien es instigado tiene intención delictiva, es decir, intencionalidad. Por lo tanto, los usuarios pueden aprovecharse de otros incitando a la intención o intencionalidad criminal de la persona. Sólo porque se basa en la intención de la persona instigada, no puede utilizarse completamente de acuerdo con la intención del perpetrador. En este sentido, si bien la conducta instigadora es también una conducta peligrosa, su grado no alcanza el peligro real que puede provocar que se produzca el resultado. Por lo tanto, no es necesario castigar por separado la complicidad.
2. La diferencia entre delincuentes instigadores y delincuentes principales indirectos
En el caso de utilizar a otros para completar delitos, el problema suele ser cómo distinguir entre delincuentes instigadores y delincuentes principales indirectos. El delincuente principal indirecto utiliza a la persona explotada para cometer el delito según la intención del usuario; el delincuente cómplice es hacer que otros cometan el delito y utilizar la intención criminal de otros para completar el delito. La diferencia fundamental entre los dos es si se utiliza como medio la intención criminal de otros. Por lo tanto, incluso si el usuario tiene su propia intención delictiva, siempre que se pueda determinar que el delito se cometió de acuerdo con la intención del usuario, constituye un delito principal indirecto.
3. * * * conspira con * * * cómplices, cómplices y ayudantes.
La llamada conspiración entre * * * y * * * cómplices significa que dos o más personas establecen una relación de complementariedad mediante * * * conspiración para consumar el delito. Entre los conspiradores se encuentran, por supuesto, autores con la condición de principales delincuentes. Sin embargo, para la tipificación de un delito, es particularmente importante si dos o más personas cometieron el acto conjuntamente. Si él es el principal culpable es un factor importante en las circunstancias del delito, pero no en el establecimiento del delito.
Incluso si no estás en la escena del crimen, puedes establecer un cómplice que conspiró contigo. Cómo distinguirlos de los instigadores y cómplices que pueden ser identificados sin cometer el acto es a menudo un punto difícil en la investigación. En mi opinión, el único criterio es el concepto general de sociedad. Según el concepto general de sociedad, se puede considerar que dos o más personas realizaron conjuntamente el acto de ejecución.
Siete. Conclusión
Lo anterior es una discusión aproximada de la diferencia entre el infractor principal y el infractor * * *. Como resumen de lo anterior, creo que el concepto de “cómplice criminal” de China es equivalente al de “cómplice criminal” de Japón. Las leyes penales de China y Japón han establecido disposiciones respectivamente para los principales infractores, cómplices e instigadores, de lo que podemos encontrar sus similitudes. Por tanto, es completamente factible realizar un estudio sobre las similitudes entre ambos países. Pero también existen grandes diferencias entre ellos, lo cual es un hecho indiscutible.
La razón fundamental de esta diferencia es que la normativa de nuestro país sobre * * * cómplices no implementa el concepto de “principal delincuente”. Personalmente creo que es necesario introducir el concepto de delincuente principal para reflejar mejor el principio de castigo legal en la teoría penal. No sé lo que piensa todo el mundo.
Este artículo es el contenido de un discurso pronunciado por el profesor Otani en la Facultad de Derecho cuando visitó la Universidad de Wuhan del 10 al 13 de junio de 2002. En el momento de la publicación, el artículo fue eliminado apropiadamente.
Director General de la Asociación de Escuelas de Gays y Lesbianas de Japón, Profesor del Departamento de Derecho de la Universidad de la Asociación de Gays y Lesbianas.
El autor presenta a un estudiante de posgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Wuhan.
Notas y referencias
Aquí, la comprensión comparativa que tiene el autor de las disposiciones de los dos países es errónea. Según lo dispuesto en la legislación penal de nuestro país, nuestro país cree teóricamente que un "cómplice que desempeña un papel secundario" ha cometido un determinado acto, pero su papel en el mismo delito es secundario.
Por lo tanto, también está incluido en el concepto de "infractor principal" estipulado en el Derecho Penal japonés, y no es completamente equivalente al concepto de "cómplice" estipulado en su Derecho Penal (editor)