Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Es jurídicamente vinculante la firma conjunta de los propietarios?

¿Es jurídicamente vinculante la firma conjunta de los propietarios?

Análisis legal: No importa qué tipo de litigio, se enfatiza que las "pruebas aisladas" no pueden usarse como base para finalizar un caso. Por lo tanto, ni siquiera los documentos firmados y sellados por el gobierno central pueden utilizarse como única prueba para determinar los hechos del caso.

Los documentos firmados por todos los habitantes de la aldea se pueden utilizar como prueba, pero su eficacia probatoria debe reflejarse en otras pruebas. Sólo cuando todas las pruebas forman un todo no contradictorio se pueden probar los hechos correspondientes del caso.

En otras palabras, este documento tiene su significado legal y puede utilizarse como base válida para un juicio. Sin embargo, no se puede dictar un veredicto basándose en una sola prueba aislada y su importancia jurídica es limitada.

Base jurídica: Artículo 278 del Código Civil de la República Popular China. Los siguientes asuntos serán decididos por los propietarios:

(1) Formular y modificar el reglamento de la asamblea de propietarios;

(2) Formular y modificar el reglamento de gestión;

(3) )Elegir el comité de propietarios o reemplazar a los miembros del comité de propietarios;

(4) Seleccionar y despedir empresas de servicios inmobiliarios u otros administradores;

(5) Fondos para el mantenimiento de edificios y el uso de instalaciones auxiliares;

(6) Recaudación de fondos para el mantenimiento del edificio y sus instalaciones auxiliares;

(7) Renovación del edificio y sus instalaciones auxiliares;

(8) Cambiar el propósito de * * * o usar * * para participar en actividades comerciales;

(9) Otros asuntos importantes relacionados con * * * y * * * derechos de gestión.

Los propietarios * * *La decisión se tomará mediante votación de los propietarios que representen más de dos tercios del área exclusiva y más de dos tercios del número total de propietarios. Las decisiones sobre las materias previstas en los números 6 a 8 del párrafo anterior estarán sujetas al consentimiento de los propietarios y de más de las tres cuartas partes de los electores que participen en la votación de más de las tres cuartas partes del área exclusiva. Las decisiones sobre otras materias previstas en el párrafo anterior estarán sujetas al consentimiento de más de la mitad de los propietarios que participen en la votación, y estarán sujetas al consentimiento de más de la mitad de los propietarios que participen en la votación.