Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Por qué vender aceite para canalones falso? ¿Será Tailandia condenada a muerte? ¿China no impone la pena de muerte?

¿Por qué vender aceite para canalones falso? ¿Será Tailandia condenada a muerte? ¿China no impone la pena de muerte?

Quien produzca o venda medicamentos falsificados o produzca o venda aceite de alcantarillado (alimento) tóxico o nocivo, y de acuerdo con lo dispuesto en la legislación penal de nuestro país, si causa la muerte o concurre otras circunstancias particularmente graves, será sancionado con prisión de duración determinada. de no menos de diez años, prisión perpetua o muerte, y también será multado o confiscado de bienes. Enlace del artículo: Disposiciones pertinentes de la "Ley penal de la República Popular China" 1. Artículo 141 Quien produzca y venda medicamentos falsificados será condenado a una pena de prisión determinada de no más de tres años o a prisión penal, y también será multado. ; causar daños graves a la salud humana u otros graves, si las circunstancias fueren graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa si el delito causa la muerte o; concurriendo otras circunstancias particularmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años ni mayor de diez años, o a la muerte, y también se le impondrá multa o se le confiscarán sus bienes.

Los medicamentos falsificados, como se menciona en este artículo, se refieren a medicamentos y no medicamentos que son medicamentos falsificados y tratados como medicamentos falsificados de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Administración de Medicamentos de la República Popular China.

2. Artículo 144: Producir y vender alimentos tóxicos o nocivos, adulterar alimentos con materias primas no alimentarias que los vuelvan tóxicos o nocivos, o vender alimentos que a sabiendas estén adulterados para volverlos tóxicos o nocivos. que no esté elaborado con materias primas alimenticias será sancionado con pena privativa de libertad no superior a cinco años y también será multado si causa daños graves a la salud humana o concurren otras circunstancias graves, será sancionado con pena fija; pena de prisión no menor de cinco años ni mayor de diez años y además será sancionada con multa en otras circunstancias especialmente graves, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 141 de esta Ley;