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Las propiedades que no se pueden utilizar como prenda incluyen

Análisis jurídico: bienes inmuebles, bienes inmuebles de propiedad estatal, terrenos de propiedad estatal, terrenos, terrenos forestales, tierras de cultivo, montes, bosques y otros bienes de propiedad estatal y bienes colectivos.

Base jurídica: “República Popular China y Código Civil”

Artículo 425: Para garantizar el cumplimiento de una deuda, el deudor o un tercero pignora sus bienes muebles Si los bienes muebles Se entrega a un acreedor, el acreedor tendrá prioridad para recibir el pago de los bienes muebles si el deudor no cumple con las deudas debidas o se dan las circunstancias convenidas por las partes para realizar la prenda. El deudor o el tercero señalado en el párrafo anterior será el pignorante, el acreedor el acreedor prendario y los bienes muebles entregados serán los bienes pignorados.

Artículo 427: Para constituir un derecho de prenda, los interesados ​​deberán celebrar por escrito un contrato de prenda. Un contrato de prenda generalmente incluye las siguientes cláusulas: (1) El tipo y monto de los derechos del acreedor garantizados; (2) El plazo para que el deudor cumpla con su deuda (3) El nombre y cantidad de los bienes pignorados; ) El alcance de la garantía; (5) La prenda El tiempo y forma de entrega de los bienes.

Artículo 434 Si el acreedor prendario transfiere la prenda sin el consentimiento del deudor durante la existencia de la prenda, resultando en daño o pérdida del bien pignorado, será responsable de la indemnización.

Artículo 440: Podrán pignorarse los siguientes derechos de los que el deudor o un tercero tenga derecho a disponer: (1) letras de cambio, pagarés y cheques (2) bonos y certificados de depósito; (3) conocimientos de almacén y conocimientos de embarque; (4) acciones y acciones de fondos transferibles; (5) derechos de propiedad transferibles sobre derechos de propiedad intelectual, como derechos de marcas registradas, derechos de patente, derechos de autor, etc.; cuentas por cobrar (7) Otros derechos reales que pueden pignorarse de acuerdo con las leyes y reglamentos administrativos.