¿Por qué no hay decapitaciones públicas ni pena capital como en la dinastía feudal?
La Convención fue firmada en 1984 y entró en vigor el 25 de junio de 1987 tras ser ratificada por 20 países. En agosto de 2006, 125 países se habían convertido en miembros de la Convención. Se puede ver que la comprensión de la comunidad internacional sobre la lucha contra la tortura es relativamente amplia y universal. La Convención es el primer documento legal internacional que regula sistemática y específicamente los esfuerzos conjuntos de los países para combatir la tortura. Sobre la base del estricto cumplimiento de los principios pertinentes de la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Declaración de las Naciones Unidas contra la Tortura, estipula en detalle las normas, entidades y procedimientos que deben observarse en la lucha contra la tortura. Sus principales contenidos son los siguientes.
1. Está claramente estipulado que “tomar medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otro tipo efectivas para prevenir cualquier acto de tortura dentro de su jurisdicción” es una obligación que todos los Estados partes deben cumplir. También estipula en detalle el contenido específico y los requisitos de algunas obligaciones importantes. Esto no sólo favorece el desarrollo fluido de la internacionalización del movimiento contra la tortura, sino que también favorece que los países cumplan más eficazmente con sus obligaciones contra la tortura estipuladas en los tratados, frenando así efectivamente el fenómeno de la tortura en todo el mundo.
2. El concepto de tortura tiene una definición clara. El artículo 1 de la Convención estipula: “Tortura significa obtener información o confesiones de una persona o de un tercero, castigar a esa persona o a un tercero por un acto que ha cometido o se sospecha que ha cometido, o intimidar o amenazar él o un tercero o cualquier acto que intencionalmente inflija a una persona dolor o sufrimiento severo, ya sea físico o mental, por cualquier motivo de discriminación de cualquier tipo, causado por o en conexión con un funcionario público u otra persona que actúe como funcionario. capacidad "Infligido con la instigación, el consentimiento o la instigación de otros. No incluye el dolor o el sufrimiento causado enteramente por sanciones legales o inherentes o incidentales a sanciones legales. Ésta es la definición autorizada de tortura en los documentos internacionales pertinentes hasta el momento y está adoptada". Aceptado por la mayoría de los países. Esta definición proporciona una descripción detallada del propósito, la identidad y las características de comportamiento de la tortura y, por lo tanto, tiene un papel rector muy importante para que los países prevean científicamente la tortura en su legislación nacional y castiguen correctamente la tortura en la práctica judicial.
3. Estipula claramente la obligación de todos los países de aprobar legislación para castigar el delito de tortura. Algunas normas del derecho penal son obligatorias y exigen que todos los estados contratantes las cumplan en su legislación interna y no las violen. a ellos. Estos incluyen:
(1) Los Estados deben garantizar que todos los actos de tortura estén definidos como delitos en sus leyes penales nacionales. El acto constitutivo de tortura no sólo incluye instigar, aceptar o dar a entender que otros cometan tortura, pero el artículo 3 también exige que "los actos con la intención de cometer tortura y la complicidad o participación de cualquier persona en la tortura" también deben investigarse como delito de tortura.
(2) Exigir la prohibición absoluta de la tortura. Es decir, el Estado no está autorizado a legalizar la existencia de la tortura por ningún motivo. El artículo 2 establece: “Ninguna circunstancia imprevista, como estado de guerra, amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otro estado de emergencia social, podrá utilizarse para justificar claramente la comisión de tortura”. confirma que el derecho internacional prohíbe La naturaleza de jus cogens de la tortura encarna el espíritu absoluto de protección de los derechos humanos. Al mismo tiempo, este artículo también estipula: "Las órdenes de funcionarios superiores o agencias gubernamentales no se utilizarán como motivo para cometer tortura".
(3) Estipula las obligaciones y obligaciones específicas que tiene el Estado. parte deberá soportar al perseguir la responsabilidad penal por el delito de tortura. Los principales son: a. La obligación de "prohibición de devolución", es decir, ningún Estado Parte expulsará, devolverá o extraditará a una persona a otro país si existen motivos fundados de riesgo de tortura en ese país (artículo 3); b .Usar la jurisdicción universal sobre el delito de tortura (artículo 5); cumplir con el principio de mi país de procesar o extraditar a las personas acusadas de tortura, que exige que “las autoridades competentes tomarán decisiones conforme a la ley en la misma forma”. en causas penales ordinarias con circunstancias graves”. (Artículo 7); d. Tomar medidas coercitivas contra las personas acusadas de tortura doméstica de conformidad con la ley y realizar de inmediato investigaciones preliminares. Al mismo tiempo, también es necesario garantizar que los sospechosos y acusados reciban la asistencia necesaria y un trato justo (artículos 6 y 7). Proporcionar la cooperación judicial penal internacional y la asistencia necesarias a otros países en el manejo de casos de tortura.
4. Especifica las obligaciones de los Estados partes de prevenir e investigar incidentes de tortura. Incluir principalmente: a. Promover y educar al personal relevante en los campos ocupacionales donde puede ocurrir la tortura sobre la prohibición de la tortura (Artículo 10 b. Revisar continuamente la detención y el trato de las personas arrestadas, detenidas o encarceladas en cualquier forma dentro del territorio bajo su control); jurisdicción normas, instrucciones, métodos, prácticas y disposiciones de interrogatorio para evitar cualquier tortura (art. 11) investigar con prontitud e imparcialidad los casos en los que haya motivos para creer que se ha producido tortura (art. 12); los derechos de las víctimas de la tortura Derecho a presentar denuncias. Las denuncias de tortura deben examinarse con prontitud e imparcialidad y debe garantizarse la seguridad personal del denunciante (artículo 13). Las confesiones obtenidas mediante tortura deben excluirse como prueba para condenar al penitente (artículo 15); Después de que la Convención entre en vigor, el Estado Parte presentará un informe a las Naciones Unidas sobre las medidas que haya adoptado para cumplir su mandato en virtud de la Convención. A partir de entonces, cada cuatro años, el Estado Parte presentará un informe complementario sobre las nuevas medidas que haya adoptado. ha tomado y presentado otros informes de clase.
5. El Estado parte debe garantizar que las víctimas de tortura reciban una indemnización conforme a la ley y tengan el derecho obligatorio a una indemnización justa y adecuada en caso de muerte de la víctima; Se garantiza que los miembros de la familia reciban una compensación.
6. ¿Definir claramente el país? Garantiza la prevención de "otras penas crueles, inhumanas o degradantes" que no constituyan tortura por parte de funcionarios públicos, y estipula que los artículos 65-438+00 a 65-438+03 de la Convención imponen obligaciones a los Estados partes aplicables a tales penas. cumple todas las obligaciones que prohíben la tortura (artículos 65-438+06).
Decidió establecer un "Comité contra la Tortura" especial dentro de las Naciones Unidas para revisar y supervisar la implementación de las obligaciones de la Convención por parte de varios países. Esto incluye revisar los informes presentados por los Estados Partes y redactar cualquier comentario cuando sea necesario, enviar personal para realizar investigaciones secretas sobre los Estados Partes sospechosos de cometer torturas con regularidad, incluidas visitas a sus territorios; brindar buenos oficios y mediación a los Estados Partes en disputa; en determinados casos, recibir y considerar comunicaciones de un Estado parte que afirme ser víctima de tortura;
Se puede observar que la “Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura” ha establecido una serie de códigos de conducta claros y específicos para la comunidad internacional y la prohibición de la tortura, y estipula claramente las diversas obligaciones que tienen los estados partes. debería asumir, haciendo que el "Mundo La prohibición de la tortura en la Declaración de Derechos Humanos y la Declaración de las Naciones Unidas contra la Tortura se haya convertido en una norma operativa específica del derecho internacional, que proporciona a los países reglas a seguir al formular leyes nacionales pertinentes, lo que favorece al desarrollo coordinado y unificado del movimiento global contra la tortura. Desde entonces, los países han reflejado conscientemente el espíritu de la Convención al formular sus propias leyes y reglamentos pertinentes, e incluso han introducido normas específicas en sus propias leyes. Se puede decir que la conclusión de esta convención ha supuesto un gran paso adelante para el movimiento internacional contra la tortura.