Red de Respuestas Legales - Información empresarial - Por qué la ley no castigará a los padres por no criar a sus hijos. Es un delito que los niños no mantengan a sus padres.

Por qué la ley no castigará a los padres por no criar a sus hijos. Es un delito que los niños no mantengan a sus padres.

La Ley de Matrimonio estipula claramente que los miembros de la familia deben respetar a los ancianos, amar a los jóvenes, ayudarse mutuamente y mantener una relación matrimonial y familiar igualitaria, armoniosa y civilizada. Constituirá delito de abandono el abandono de los hijos de padres incapaces de trabajar o de vivir en dificultades, y de los padres que abandonen a menores o a niños que no puedan vivir de forma independiente. En la práctica judicial, las circunstancias del delito de abandono son atroces: la víctima resulta gravemente herida o muere a causa del delito de abandono; la víctima queda sin vida, es desplazada y se ve obligada a mendigar en la calle a causa del abandono; la víctima se ve obligada a suicidarse por abandono y otros motivos.

Base jurídica:

1. El artículo 21 de la Ley de Matrimonio establece que los padres tienen la obligación de criar y educar a sus hijos; los hijos tienen la obligación de sustentar y sustentar a sus padres.

Cuando los padres incumplen sus obligaciones de manutención de los hijos, los menores o niños que no pueden vivir de forma independiente tienen derecho a exigir a sus padres el pago de la manutención de los hijos.

Los padres que no pueden trabajar o tienen dificultades para vivir tienen derecho a exigir a sus hijos el pago de una pensión alimenticia cuando estos no cumplen con sus obligaciones alimentarias.

Está prohibido el ahogamiento infantil, el abandono y otras conductas que perjudiquen a los bebés.

2. Artículo 261 de la "Ley Penal" Quien se niegue a mantener a un anciano, joven, enfermo u otra persona que no tenga capacidad para vivir de forma independiente será condenado a una pena de prisión de no más de cinco años. años, detención penal o vigilancia.

3. Párrafo 4 del artículo 52 de la Ley de Protección de Menores Si a un menor se le niega manutención porque tiene el deber de sustentarlo, y las circunstancias son atroces, se perseguirá penalmente. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 de la Ley Penal.