Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Por qué es menos probable que los tribunales recurran a la negación del delito?

¿Por qué es menos probable que los tribunales recurran a la negación del delito?

Análisis jurídico: 1. El propio tribunal no está haciendo bien su trabajo. El personal de ejecución de los tribunales no es muy consciente de la aplicación de la "negativa a cometer delitos" y está más inclinado a "sustituir el castigo por detención" y "sustituir el castigo por castigo". La detención judicial es común durante la ejecución.

2. Es necesario aumentar la conciencia sobre las operaciones de colaboración entre la seguridad pública, los órganos de la fiscalía y los tribunales.

3. El alto costo de la rendición de cuentas afecta la aplicación de la cláusula de “rechazo del delito”.

4. La aplicación del estándar de “rechazo del delito” no es lo suficientemente uniforme.

5. Es difícil encontrar sospechosos y llevarlos ante la justicia.

6. Para otros casos en los que la persona tiene capacidad de ejecutar pero se niega a ejecutar, y las circunstancias son graves, la interpretación judicial lo ha estipulado claramente, pero es difícil captarlo en la práctica.

7. Dificultad en la investigación y recogida de pruebas.

8. No existe una disposición legal clara para el momento de inicio de la "denegación de ejecución" y no puede cubrir todos los comportamientos maliciosos que evitan la ejecución.

9. Confusión de delitos similares.

Base jurídica: Artículo 2 de la “Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre Varias Cuestiones Relativas a la Aplicación del Derecho en el Juicio de Negativa de Ejecución de Sentencias y Resoluciones en Causas Penales”. Si una persona con la obligación de realizar tiene la capacidad para realizar uno de los siguientes actos, se considerará como "otras circunstancias en las que la persona que tiene la capacidad para realizar pero se niega a realizar, y las circunstancias son graves" estipuladas en Artículo 313 de la "Interpretación del derecho penal" del Comité Permanente de la APN:

(1) Negarse a informar o informar falsamente sobre propiedades, violar la orden del Tribunal Popular que restringe el alto consumo y el consumo relacionado, y negarse a implementar medidas obligatorias como como multas y detenciones;

(2) Falsificar o destruir evidencia importante sobre la capacidad de desempeño de la persona sujeta a ejecución, impedir que otros testifiquen, o instigar, sobornar o coaccionar a otros para que den falso testimonio mediante violencia, amenazas, sobornos, etc., impiden al Tribunal Popular determinar los bienes del sujeto a ejecución, haciendo inejecutables las sentencias y fallos.

(3) Negarse a entregar los bienes o boletas especificadas en el contrato. documento legal, o negarse a mudarse de la casa o terreno, haciendo que la sentencia o fallo sea inaplicable

(4) ) se confabula con otros para obstruir la ejecución mediante litigios falsos, arbitrajes falsos, acuerdos falsos y otros medios; , haciendo que las sentencias y fallos sean inaplicables; (5) usar violencia o amenazas para impedir que el personal de ejecución ingrese al lugar de ejecución, o reunir una multitud para causar problemas o irrumpir en el lugar de ejecución, haciendo que la ejecución sea imposible;

(6) ) Insultar, asediar, detener o golpear al personal de ejecución, haciendo imposible la ejecución;

(7) Destruir o arrebatar materiales del caso de ejecución, vehículos de ejecución y otros equipos de ejecución, ropa del personal de ejecución y certificados oficiales de ejecución, haciendo ejecución imposible; (8) Negarse a ejecutar sentencias y fallos judiciales, causando graves pérdidas a los acreedores.