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Dos cuestiones sobre el plazo de gracia para no perder la novedad en el derecho de patentes

En primer lugar, si una exposición no tiene suficiente escala e impacto, no habrá período de gracia y la novedad se verá afectada. En cuanto a la tecnología existente, según el artículo 22 de la Ley de Patentes, se refiere a la tecnología que es conocida por el público en el país y en el extranjero antes de la fecha de presentación. Independientemente de si existe un período de gracia, la tecnología expuesta es tecnología existente, excepto que la novedad no se verá afectada durante la revisión, que es un caso especial.

En segundo lugar, el período de gracia significa que la divulgación de las exhibiciones anteriores no afecta la novedad de la solicitud de patente y no puede restringir otras. Una vez que otros lo divulguen dentro de estos seis meses, el estado de la técnica constituido por la divulgación de otros no estará sujeto al llamado período de gracia, lo que por supuesto resultará en la posterior pérdida de novedad de la solicitud del expositor. La divulgación previa de otros, aunque no se divulgue, afectará la novedad de la solicitud posterior, pero no puede afectar directamente su actividad inventiva.