¿Cuál es la relación jurídica entre un mendigo que va a un restaurante y un restaurante?
Si un mendigo va a comer a un restaurante, no tiene nada que ver con el restaurante.
El servicio que brinda el restaurante es una especie de labor. Una parte paga las tarifas y la otra proporciona la comida y los servicios. La conducta contractual debe ajustarse al principio de voluntariedad previsto en el Código Civil. Como proveedor de servicios, los restaurantes tienen derecho a rechazar o aceptar servicios prestados a otros y no pueden discriminar a personas específicas.