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¿Puede China adoptar niños africanos?

Sí, pero hay ciertas condiciones. El 29 de mayo de 1993, la XVII Conferencia Diplomática de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado adoptó el Convenio sobre la protección de los niños y la cooperación en materia de adopción internacional (en adelante, el "Convenio de La Haya sobre adopción internacional"), que resolvió este problema hasta cierto punto. La Convención proporciona disposiciones detalladas sobre la adopción internacional basadas en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y la Declaración sobre los principios sociales y jurídicos para la protección y el bienestar de los niños, en particular las prácticas nacionales e internacionales de adopción y acogimiento en hogares de guarda. China ratificó oficialmente la Convención y se adhirió a ella el 27 de abril de 2005. La Convención establece los requisitos procesales básicos para la adopción internacional. En términos generales, incluye:

1. El adoptante se dirige a la autoridad central responsable de la adopción internacional en el país de adopción;

2. el país adoptante evalúa si el solicitante cumple con los requisitos del adoptante y emite un informe;

3. La autoridad central responsable de la adopción internacional en el país adoptante remitirá el informe a la autoridad central responsable de la adopción internacional en el país adoptante. el país adoptado;

4. Adoptado La autoridad central responsable de la adopción internacional en el país donde se encuentra la persona evalúa si el adoptado y el adoptante cumplen con los requisitos y emite un informe.

Base jurídica:

Convenio sobre la Protección del Niño y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional

Artículo 4

La autoridad competente de el país de origen sólo puede ser adoptado dentro del ámbito de este Convenio sólo si se confirma que se cumplen las siguientes condiciones:

(a) Se confirma que el niño es apto para la adopción;

(2) Después de considerar plenamente la posibilidad de colocar al niño en el país de origen. Después de confirmar que la adopción internacional es lo mejor para el niño;

(3) Garantizar:

1. Con personas e instituciones que sólo pueden adoptar con el consentimiento del niño;

(3) Se han realizado las consultas necesarias con las agencias y las personas, instituciones y organismos antes mencionados. los organismos hayan sido debidamente informados de las consecuencias de su consentimiento a la adopción, especialmente si la adopción pondrá fin a la relación jurídica entre el niño y su familia biológica;

2. las agencias han expresado su consentimiento de forma independiente en una forma legal que cumpla con los requisitos, y el consentimiento debe hacerse por escrito o certificarse por escrito.

3. El consentimiento no se obtiene pagando ningún tipo de remuneración o compensación; , no ha sido retirado;

4. Si se requiere consentimiento materno, el consentimiento se otorga después del nacimiento del niño

(4) Teniendo en cuenta la edad y madurez del niño; niño, asegúrese de que:

1. Se soliciten las opiniones del niño y se le informe adecuadamente de las consecuencias de la adopción y de las consecuencias del consentimiento del niño a la adopción cuando se requiera el consentimiento del niño;

2. Se han considerado los deseos y opiniones del niño;

3. Si se requiere el consentimiento del niño, el niño ha expresado su consentimiento de forma independiente en una forma legal que cumpla con los requisitos, y el consentimiento debe. hacerse por escrito o acreditarse por escrito;

4. Este consentimiento no se obtiene mediante el pago de ningún tipo de remuneración o compensación.