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Información empresarial - ¿Cuáles son las condiciones para que el pacto de propietarios entre en vigor? El pacto de propietarios es una norma escrita de autonomía alcanzada por todos los propietarios en el área de gestión de la propiedad respecto de la gestión, uso, mantenimiento y todas las relaciones del edificio. La base del pacto escrito de propietarios es el principio de autonomía del derecho estatutario derivado del principio de autonomía del derecho privado. Siempre que no viole las disposiciones imperativas de la ley, los principios de orden público y de buenas costumbres, y no cambie o elimine la esencia de la distinción de propiedad, puede surtir efectos jurídicos. El pacto de propietarios es un acto jurídico y debe cumplir con los requisitos generales para que los actos jurídicos sean eficaces. (1) El titular debe tener las capacidades correspondientes; (2) La intención del titular es verdadera; el contenido del convenio no debe violar las disposiciones imperativas de la ley y el orden público y las buenas costumbres. Artículo 502 El contrato establecido conforme a la ley surtirá efectos desde el momento de su celebración, salvo disposición legal en contrario o pacto en contrario de las partes. De conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, si el contrato necesita ser aprobado, prevalecerá lo dispuesto. Si la falta de aprobación y otros procedimientos afecta la validez del contrato, no afectará el cumplimiento de las cláusulas de aprobación y otras obligaciones del contrato ni la validez de las cláusulas pertinentes. Si la parte que debe pasar por los procedimientos de aprobación no cumple con sus obligaciones, la otra parte podrá exigirle que asuma la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones. La modificación, transmisión y resolución del contrato estarán sujetas a aprobación de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos y se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior.
¿Cuáles son las condiciones para que el pacto de propietarios entre en vigor? El pacto de propietarios es una norma escrita de autonomía alcanzada por todos los propietarios en el área de gestión de la propiedad respecto de la gestión, uso, mantenimiento y todas las relaciones del edificio. La base del pacto escrito de propietarios es el principio de autonomía del derecho estatutario derivado del principio de autonomía del derecho privado. Siempre que no viole las disposiciones imperativas de la ley, los principios de orden público y de buenas costumbres, y no cambie o elimine la esencia de la distinción de propiedad, puede surtir efectos jurídicos. El pacto de propietarios es un acto jurídico y debe cumplir con los requisitos generales para que los actos jurídicos sean eficaces. (1) El titular debe tener las capacidades correspondientes; (2) La intención del titular es verdadera; el contenido del convenio no debe violar las disposiciones imperativas de la ley y el orden público y las buenas costumbres. Artículo 502 El contrato establecido conforme a la ley surtirá efectos desde el momento de su celebración, salvo disposición legal en contrario o pacto en contrario de las partes. De conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, si el contrato necesita ser aprobado, prevalecerá lo dispuesto. Si la falta de aprobación y otros procedimientos afecta la validez del contrato, no afectará el cumplimiento de las cláusulas de aprobación y otras obligaciones del contrato ni la validez de las cláusulas pertinentes. Si la parte que debe pasar por los procedimientos de aprobación no cumple con sus obligaciones, la otra parte podrá exigirle que asuma la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones. La modificación, transmisión y resolución del contrato estarán sujetas a aprobación de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos y se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior.