Red de Respuestas Legales - Información empresarial - Entre las leyes de la República Popular China, ¿qué ley estipula que los empleados de una empresa no pueden aprovechar los cambios de trabajo para recibir beneficios?

Entre las leyes de la República Popular China, ¿qué ley estipula que los empleados de una empresa no pueden aprovechar los cambios de trabajo para recibir beneficios?

Véanse las disposiciones pertinentes de la ley penal.

Artículo 163: Cualquier miembro del personal de una empresa, empresa u otra unidad que aproveche su cargo para solicitar o aceptar ilegalmente bienes ajenos para buscar beneficios para otros, y la cantidad sea relativamente grande, Será sancionado con cinco años de prisión: pena de prisión determinada o prisión preventiva si la cuantía es elevada, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de cinco años, pudiendo además estar sujeto a decomiso; de propiedad.

“Si el personal de una empresa, empresa u otra unidad se aprovecha de su posición en sus transacciones económicas, viola las regulaciones estatales y acepta sobornos y tarifas de manejo en varios nombres, que son de su propiedad, deberán será sancionado de conformidad con las normas anteriores.

El personal que desempeñe funciones oficiales en empresas, empresas u otras unidades de propiedad estatal y las personas asignadas para desempeñar funciones oficiales en empresas, empresas u otras de propiedad estatal. Las unidades de propiedad estatal serán sancionadas conforme a lo dispuesto en este párrafo. Condena y sanción conforme a lo dispuesto en los artículos 385 y 386 de esta Ley.

Artículo 164: Con el fin de procurar beneficios indebidos, conceder trabajo a una empresa, empresa u otra unidad Las personas y los bienes, si la cantidad es relativamente grande, serán condenados a pena de prisión de no más de tres años o prisión penal si la cantidad es enorme, serán condenados a pena fija; - Pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también será multada.

Si la unidad comete el delito del párrafo anterior, se le impondrá una pena de prisión. multa, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

Si el sobornador confiesa voluntariamente haber aceptado sobornos antes de ser procesado, la pena podrá ser procesada. /p>

Artículo 165: Los directores o gerentes de empresas o empresas estatales que aprovechen sus cargos para operar negocios similares de la empresa o empresa para sí o para otros y obtengan beneficios ilícitos en cuantiosas cantidades. serán sancionadas Artículo 166: Las empresas estatales serán sancionadas con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también o únicamente con multa si el monto es especialmente elevado, serán sancionadas con pena determinada; prisión no menor de tres años ni mayor de siete años, y también será multado el empleado de una empresa o institución pública que, aprovechándose de su cargo, cometa cualquiera de las siguientes circunstancias y cause graves perjuicios a los intereses nacionales. serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor a tres años o prisión preventiva, y se les impondrá además o únicamente multa: Causar pérdidas especiales a los intereses nacionales: Quienes sufran grandes pérdidas serán sancionados con pena privativa de libertad no menor a tres años. tres años pero no más de siete años, y también será multado:

(1) Confiar el negocio lucrativo de la unidad a sus familiares y amigos para su operación;

( 2) Comprar bienes de unidades administradas por sus familiares y amigos a precios significativamente más altos que el precio de mercado, o vender bienes a unidades administradas por sus familiares y amigos a precios significativamente más bajos que el precio de mercado;

(3) Comprar bienes de unidades administradas por sus familiares y amigos que no sean bienes calificados.

Artículo 167: Se defrauda en el proceso a los administradores directamente responsables de empresas, empresas e instituciones estatales. de firmar y ejecutar contratos por irresponsabilidad grave, que resulte en graves pérdidas para los intereses del Estado; aquellos que sufran grandes pérdidas para sus intereses serán condenados a penas de prisión de no más de tres años o detención penal; aquellos que causen pérdidas especialmente graves para los intereses nacionales serán condenados; Será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años.

Artículo 168: Empresas del Estado si un miembro del personal de una empresa o empresa del Estado incurre en grave irresponsabilidad. o abusa de su poder, provocando la quiebra de una empresa o empresa de propiedad estatal o sufriendo pérdidas graves, causando así grandes pérdidas a los intereses nacionales, será condenado a una pena de prisión de no más de tres años o a prisión penal; si causa daños particularmente graves a los intereses nacionales, será condenado a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de siete años

Si un miembro del personal de una institución de propiedad estatal comete el daño. actos mencionados en el párrafo anterior y cause daños graves a los intereses del Estado, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

Todo miembro del personal de una empresa, empresa o institución que. incurra en malas prácticas para beneficio personal y cometa los delitos previstos en los dos párrafos anteriores será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero.

Artículo 169: El encargado directo de una empresa, empresa o departamento superior del Estado que, para beneficio personal, incurra en malas prácticas y venda bienes del Estado a bajo precio, causando grandes pérdidas al Estado. intereses, será condenado a una pena de prisión de duración determinada o a prisión preventiva si causa daños especialmente graves a los intereses nacionales, será condenado a una pena de prisión de duración determinada no inferior a tres años, pero no superior; de siete años.

Cualquier director, supervisor o alto directivo de una sociedad cotizada que incumpla su deber de lealtad hacia la sociedad y se aproveche de su cargo para manipular a la sociedad cotizada para incurrir en uno de los siguientes actos, provocando pérdidas importantes a los intereses de la sociedad cotizada, será condenado a tres años de prisión: Se impondrá la pena de prisión de duración determinada o detención penal, y concurrente o únicamente con multa, a quien cause daños especialmente graves a los intereses de una sociedad cotizada; a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también será multado:

(1) A otras unidades o personas que proporcionen fondos, bienes, servicios u otros activos gratuitamente ;

(2) Proporcionar o aceptar fondos, bienes, servicios u otros activos en condiciones evidentemente abusivas;

(3) ) Proporcionar fondos, bienes, servicios u otros activos a personas obviamente insolventes unidades o individuos;

(4) Proporcionar garantías para unidades o individuos obviamente insolventes, o proporcionar garantías para otras unidades o individuos sin razones justificables. Los individuos proporcionan garantías;

(5) Renunciar los derechos de los acreedores y asumir deudas sin motivos justificables;

(6) Dañar de otras maneras los intereses de las empresas cotizadas.

Si el accionista controlador o controlador efectivo de una sociedad cotizada instruye a los directores, supervisores o altos directivos de la sociedad cotizada a cometer los actos mencionados en el párrafo anterior, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en la el párrafo anterior.

Si el accionista controlador o controlador real de una sociedad cotizada que comete el delito del párrafo anterior es una unidad, la unidad será multada y el responsable directo y el resto del personal directamente responsable serán sancionados. de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1. .