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¿Derribar una puerta es un caso penal?

Cualquier persona que rompa objetos contra una puerta será sospechosa de dañar intencionalmente la propiedad y será condenada a una pena de prisión de hasta tres años, a una detención de corta duración o a una multa. También puede definirse como el delito de provocar riñas y provocar problemas según las circunstancias específicas, y el delito puede castigarse con pena de prisión de duración determinada no superior a cinco años, detención penal o vigilancia pública. El objeto del delito de destrucción intencional de bienes es la propiedad de bienes públicos o privados. El delito de destrucción intencional de bienes es un acto que intencionalmente destruye o daña bienes públicos o privados, involucrando una cantidad relativamente grande u otras circunstancias graves. Es un delito irrumpir en una casa destrozando cosas en ella y usted debe ser considerado penalmente responsable. Dependiendo de las circunstancias del delito, puede constituir el delito de lesión intencional, daño intencional a la propiedad o intrusión ilegal en una residencia. Si las circunstancias del delito no cumplen con los estándares de un delito penal, también viola la "Ley de Castigo de la Administración de Seguridad Pública" y debe estar sujeto a sanciones administrativas.

Los elementos constitutivos del delito de destrucción intencional de bienes son:

1. Requisitos del objeto: El objeto del delito de destrucción intencional de bienes es la propiedad de bienes públicos o privados. ;

2. Requisitos objetivos: El delito de destrucción intencional de bienes se manifiesta objetivamente como destrucción o destrucción de bienes públicos o privados, en gran cantidad u otras circunstancias graves;

3. Requisitos: El sujeto del delito de destrucción intencional de bienes es un sujeto general;

4. Elementos subjetivos: El delito de destrucción intencional de bienes es subjetivamente intencional.

Base jurídica: Artículo 275 de la Ley Penal de la República Popular China.

Por el delito de destrucción intencional de bienes, quienes destruyan intencionalmente bienes públicos o privados, y la cuantía sea elevada o concurran otras circunstancias graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor de tres años, detención penal o multa si la cantidad es elevada, o concurren otras circunstancias especialmente graves, serán condenados a tres años de prisión no inferior a siete años ni superior a siete años.