Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Es legal que las personas brinden servicios legales gratuitos?

¿Es legal que las personas brinden servicios legales gratuitos?

Análisis jurídico: ilegal. Las leyes pertinentes estipulan que los órganos administrativos judiciales son los departamentos competentes del sector de servicios jurídicos y ejercen poderes unificados de aprobación, gestión y supervisión. En la actualidad, a excepción de los bufetes de abogados, las notarías, las oficinas de servicios jurídicos de base y otras instituciones de servicios de consultoría jurídica social aprobadas por los organismos administrativos judiciales, ninguna otra unidad o individuo puede proporcionar servicios jurídicos remunerados a la sociedad sin la aprobación de los organismos administrativos judiciales.

Base legal: “Medidas para la Gestión de los Trabajadores del Servicio Jurídico de Base”

Artículo 2: Quienes cumplan con las condiciones de ejercicio estipuladas en las presentes Medidas y obtengan el “Ejercicio del Servicio Jurídico de Base” Los trabajadores "con la aprobación del Certificado de agencia administrativa judicial", aquellos que ejercen en oficinas de servicios legales de base y brindan servicios legales a la sociedad son trabajadores de servicios legales de base.

Artículo 9: Los órganos administrativos judiciales a nivel de ciudad distrital (nivel de condado) son responsables de aprobar la práctica de los trabajadores de servicios legales de base y expedir certificados de práctica a los trabajadores de servicios legales de base.

Artículo 10 Para solicitar una licencia de ejercicio para trabajadores de servicios legales de base, se debe completar el formulario de registro de solicitud y presentar los siguientes materiales: (1) Certificados académicos y certificados de exámenes que cumplan con lo dispuesto en el artículo 6 de estas Medidas, o el séptimo Certificado de calificación previsto en el artículo 1; (2) El dictamen de evaluación de la oficina de servicios jurídicos de base sobre el desempeño de la pasantía del solicitante, o prueba de tener más de dos años de experiencia profesional en otro ámbito jurídico; El certificado emitido por la oficina de servicios jurídicos de base para la aceptación del solicitante (4) Prueba de identidad del solicitante;