No se podrán realizar actividades en nombre del voluntariado.
1. Ninguna organización o individuo puede asignar por la fuerza voluntarios u organizaciones de servicios voluntarios para brindar servicios, y no se permiten actividades con fines de lucro. permitido en nombre de servicios voluntarios;
2. Las organizaciones de servicio voluntario y los objetos de servicio voluntario deben respetar la dignidad de los voluntarios y no divulgarán ni divulgarán información relevante de los voluntarios sin su consentimiento;
3. Organizaciones de servicio voluntario Puede tomar la forma de grupos sociales, agencias de servicios sociales, fundaciones y otras formas organizativas. La gestión del registro de las organizaciones de servicio voluntario se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes;
4 Las organizaciones de servicio voluntario organizarán a los voluntarios para participar en actividades de servicio voluntario de acuerdo con la edad, No se debe exigir a los voluntarios que presten servicios voluntarios más allá de sus capacidades;
5. Los servicios voluntarios deben realizarse de acuerdo con los principios de voluntariedad, de forma gratuita. igualdad, integridad y legalidad, y no debe violar la ética social ni dañar los intereses públicos y los derechos e intereses legítimos de otros, y no debe poner en peligro la seguridad nacional.
Base Legal
Reglamento del Servicio Voluntario
Artículo 26 Si cualquier organización o individuo descubre que una organización de servicio voluntario ha violado la ley, podrá denunciarlo al departamento de asuntos civiles u otros Quejas e informes a los departamentos pertinentes u organizaciones de la industria de servicios voluntarios. El departamento de asuntos civiles, otros departamentos relevantes u organizaciones de la industria de servicios voluntarios investigarán y manejarán rápidamente las quejas y los informes para aquellos que no tienen la autoridad para manejar, se informará al denunciante o denunciante para que presente quejas o informes al departamento u organización de la industria; que tiene la autoridad para manejar el asunto. Artículo 21 Las organizaciones de servicio voluntario y los voluntarios respetarán la dignidad personal de los destinatarios del servicio voluntario, no infringirán la privacidad personal de los destinatarios del servicio voluntario y no cobrarán ni disfrazarán remuneración de los destinatarios del servicio voluntario. Artículo 23 El Estado alienta y apoya a las agencias, empresas e instituciones estatales, organizaciones populares y grupos sociales para formar equipos de servicio voluntario para llevar a cabo actividades de servicio voluntario profesional, y alienta y apoya a los voluntarios con conocimientos y habilidades profesionales para brindar servicios voluntarios profesionales.
El estado alienta y apoya a las agencias de servicios públicos a reclutar voluntarios para brindar servicios voluntarios.