¿Cuáles son las leyes y regulaciones relacionadas con las organizaciones económicas rurales?
1 aclara las obligaciones de deuda de las organizaciones económicas colectivas rurales y de los individuos.
2. Clarificar el alcance de los bienes inmuebles y muebles propiedad de colectivos rurales
3. Clarificar los derechos y obligaciones de las personas jurídicas colectivas rurales.
4. Aclarar la distribución de la propiedad colectiva en principio.
Artículo 55
Los miembros de organizaciones económicas colectivas rurales que hayan obtenido derechos de gestión de contratos de tierras rurales de conformidad con la ley y participen en la gestión de contratos domésticos son hogares de gestión de contratos rurales.
Artículo 56
Las deudas de un hogar industrial y comercial individual serán a cargo de la propiedad mueble si es explotada por un particular; las deudas de una empresa familiar serán a cargo de la propiedad mueble; los bienes familiares; si son indistinguibles, las deudas serán soportadas por los bienes familiares.
Las deudas de los hogares con contrato rural corren a cargo de la propiedad de los agricultores que participan en la gestión del contrato de tierras rurales; de hecho, si son operadas por algunos miembros agricultores, corren a cargo de las propiedades de esos miembros.
Artículo 96
Las personas jurídicas de organismos gubernamentales, las personas jurídicas de organizaciones económicas colectivas rurales, las personas jurídicas de organizaciones económicas cooperativas urbano-rurales y las personas jurídicas de organizaciones autónomas de masas de base especificadas en esta sección son personas jurídicas especiales.
Artículo 97
Las organizaciones con fondos independientes y las personas jurídicas de instituciones públicas que desempeñen funciones administrativas tendrán la condición de personas jurídicas desde la fecha de su constitución y podrán realizar las actividades necesarias para el desempeño. de sus funciones.
Artículo 98
Si se revoca una agencia de persona jurídica, la persona jurídica quedará extinguida, y sus derechos y obligaciones civiles serán disfrutados y soportados por la agencia de persona jurídica sucesora si; no hay agencia persona jurídica sucesora, la persona jurídica tomará la decisión de cancelación. La agencia persona jurídica que toma la decisión tiene el derecho y la responsabilidad.
Artículo 99
Las organizaciones económicas colectivas rurales obtienen la personalidad jurídica de conformidad con la ley.
Si las leyes y reglamentos administrativos contienen disposiciones sobre organizaciones económicas colectivas rurales, prevalecerán dichas disposiciones.
Artículo 100
Las organizaciones económicas cooperativas urbanas y rurales obtienen la personalidad jurídica de conformidad con la ley.
Si las leyes y reglamentos administrativos contienen disposiciones sobre organizaciones económicas cooperativas urbano-rurales, prevalecerán dichas disposiciones.
Artículo 101
Los comités de vecinos y los comités aldeanos tienen personalidad jurídica de organizaciones populares autónomas de masas y podrán realizar las actividades civiles necesarias para el desempeño de sus funciones.
Si no se ha establecido una organización económica colectiva de la aldea, el comité de aldeanos puede actuar en nombre de la organización económica colectiva de la aldea de conformidad con la ley.
Artículo 260
Los bienes muebles e inmuebles de propiedad colectiva incluyen:
(1) Tierras y bosques, montañas, pastizales, terrenos baldíos, tierras de propiedad colectiva, mareas pisos;
(2) edificios de propiedad colectiva, instalaciones de producción e instalaciones de conservación de agua en tierras agrícolas;
(3) instalaciones educativas, científicas, culturales, sanitarias y deportivas de propiedad colectiva;
(4) Otros bienes muebles e inmuebles de propiedad colectiva.
Artículo 261
Los bienes inmuebles y muebles propiedad de las colectivas de agricultores pertenecen a los miembros de la colectiva.
Los siguientes asuntos serán decididos por los miembros del colectivo de acuerdo con los procedimientos legales:
(1) Entregar el plan del contrato de tierras y el contrato del contrato de tierras a organizaciones o individuos fuera del colectivo;
(2) Ajuste de la tierra contratada entre los titulares de derechos de gestión de contratos de tierra individuales;
(3) Uso y distribución de las tarifas de compensación de la tierra;
(4) Empresas de capitalización colectiva Cambios en los derechos de propiedad y otras materias;
(5) Otras materias que establezca la ley.
Artículo 262
La propiedad de las tierras, bosques, montañas, pastizales, terrenos baldíos y marismas de propiedad colectiva se ejercerá de conformidad con las siguientes disposiciones:
(1) Pertenece a la aldea Si es propiedad colectiva de agricultores, la organización económica colectiva de la aldea o el comité de aldeanos ejercerá la propiedad en nombre del colectivo;
(2) Si pertenece a dos o más colectivos de agricultores en la aldea, la organización económica colectiva de la aldea o el grupo de aldeanos ejercerán la propiedad en nombre del colectivo de conformidad con la ley;
(3) Si es propiedad de agricultores del municipio, el. La organización económica colectiva municipal ejercerá la propiedad en nombre del colectivo.
Artículo 263
Los bienes inmuebles y muebles propiedad de las colectividades urbanas tendrán derecho a poseer, usar, aprovechar y disponer de acuerdo con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos.
Artículo 264
Las organizaciones económicas colectivas rurales, los comités de aldeanos y los grupos de aldeanos anunciarán el estado de la propiedad colectiva a sus miembros de conformidad con las leyes, reglamentos administrativos, estatutos y reglas de la aldea. y regulaciones. Los miembros del grupo tienen derecho a inspeccionar y copiar materiales relevantes.
Artículo 265
La propiedad de propiedad colectiva está protegida por la ley, y cualquier organización o individuo tiene prohibido apropiarse de ella, saquearla, dividirla privadamente o destruirla.
Si una decisión tomada por una organización económica colectiva rural, un comité de aldea o su líder infringe los derechos e intereses legítimos de los miembros del colectivo, los miembros del colectivo infringidos pueden solicitar al tribunal popular que revoque la decisión.
Artículo 268
El Estado, las colectividades y los particulares podrán invertir en la constitución de sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas u otras empresas de conformidad con la ley.
Cuando en las empresas se inviertan bienes inmuebles o muebles de propiedad del Estado, colectividades y particulares, los inversores gozarán de los derechos de rentabilidad de los activos, decisiones importantes, selección de administradores, etc., según el acuerdo o ratio de inversión, y cumplir con las obligaciones correspondientes.