Estatutos de la Asociación de la Sociedad China de Historia Jurídica
Artículo 2: Esta asociación es un grupo académico nacional formado voluntariamente por mis colegas en el campo de la historia jurídica en todo el país para estudiar la historia jurídica, la cultura jurídica y Tianjin. Es un grupo social sin fines de lucro.
Artículo 3: Objeto de la Asociación
(1) Adherirse a los cuatro principios básicos, adherirse a la reforma y la apertura, cumplir con la constitución, las leyes, los reglamentos y las políticas nacionales, respetar la ética social e implementar "Que florezcan cien flores". El principio de cien escuelas de pensamiento en pugna es servir al pasado para el presente y al conocimiento extranjero para China, llevar a cabo investigaciones sobre la historia y la cultura jurídicas y servir al prosperidad y desarrollo del marxismo y la construcción del socialismo con características chinas.
(2) Organizar y promover la investigación sobre historia y cultura jurídicas, y esforzarse por promover la causa del progreso humano.
Artículo 4 La empresa acepta la orientación, supervisión y gestión empresarial de la Academia China de Ciencias Sociales, la unidad de supervisión empresarial, la autoridad de gestión y registro de sociedades, la República Popular China y el Ministerio de Asuntos Civiles.
Artículo 5 El Comité Permanente de la Asociación está ubicado en el número 15 de la calle Shasha North, distrito de Dongcheng, Beijing. Artículo 6 El ámbito de negocios de la Asociación
(1) Convocar conferencias académicas nacionales y profesionales;
(2) Organizar esfuerzos para estudiar temas importantes en la historia jurídica y la cultura jurídica;
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(3) Emprender proyectos de investigación científica nacionales y relevantes;
(4) Organizar y promover intercambios académicos y la cooperación entre países y regiones;
(5) Cultivar talentos y brindar servicios legales a la sociedad;
(6) Editar y publicar trabajos académicos como revistas y boletines de la sociedad;
(7) Participar en asuntos legales y legales relacionados con la gestión de grupos sociales nacionales Otras actividades permitidas por la normativa. Artículo 7 Los miembros de esta asociación se dividen en miembros de grupo y miembros individuales:
(1) Todas las unidades de investigación jurídica y las instituciones de enseñanza e investigación de historia y cultura jurídicas (oficinas de investigación, oficinas de enseñanza e investigación, oficinas de investigación, centros) del Colegio Superior de la Magistratura de todo el país Cualquier persona puede afiliarse a la asociación como miembro del grupo.
(2) Cualquiera que se dedique a la investigación de la historia y la cultura jurídica del derecho y cuya unidad no sea miembro del grupo puede unirse a esta asociación como miembro individual.
Artículo 8 Los miembros que soliciten unirse a la Asociación deben cumplir las siguientes condiciones:
(1) Estar de acuerdo con los Estatutos Sociales;
(2) Tener la voluntad de unirse a la Asociación;
(3) Tener cierta influencia en el campo de investigación de esta asociación.
Artículo 9 Los procedimientos de membresía son:
(1) Presentar la solicitud de membresía
(2) Discusión y aprobación por el Consejo Permanente; p >(3)La tarjeta de membresía debe ser emitida por la secretaría de la sociedad.
Artículo 10 Los socios gozan de los siguientes derechos:
Derecho a elegir, ser elegido y votar;
(2) Participar en la asociación y sus comités profesionales y ramas Actividades académicas y otras actividades;
(3) Dar prioridad al suministro de información y libros y publicaciones periódicas relacionadas con los intercambios académicos;
(4) Tener derecho a criticar y supervisar la trabajo de la asociación;
(5) Pagar las cuotas de membresía según sea necesario.
Artículo 12 Si un socio se retira del club, deberá comunicarlo por escrito al club y devolver el carné de socio.
Artículo 13 Si un miembro viola gravemente los Estatutos Sociales, será removido de la membresía mediante votación del Consejo Permanente. Artículo 14 La máxima autoridad de la Asociación es el Congreso de Socios, cuyas responsabilidades son:
(1) Formular y modificar los Estatutos Sociales;
(2) Elegir y destituir a los directores;
(3) Revisar el informe de trabajo y el informe financiero de la Junta Directiva;
(4) Decidir sobre las tareas de trabajo de la asociación y otros asuntos importantes;
>(5) Rescisión de decisiones.
Artículo 15 El Congreso de Socios deberá contar con la asistencia de más de las dos terceras partes de los representantes de los socios, y sus resoluciones deberán ser votadas por más de la mitad de los representantes presentes para ser efectivas.
Artículo 16. El Congreso de Miembros tendrá una duración de cinco años. Si es necesario modificarlo o posponerlo por adelantado debido a circunstancias especiales, debe ser votado por la junta directiva, informado a la unidad de supervisión empresarial para su revisión y aprobado por el registro de la asociación. autoridad de gestión. Sin embargo, el cambio o prórroga no podrá exceder de un año como máximo.
Artículo 17 La Junta Directiva es el órgano ejecutivo de la Asamblea General, dirige la asociación para realizar el trabajo diario durante el período entre sesiones y es responsable ante la Asamblea General.
Artículo 18 Son funciones y atribuciones de la Junta Directiva:
(a) Ejecutar las resoluciones del Congreso.
(2) Elegir y remover; directores ejecutivos;
(3) Prepararse para convocar al Congreso de Miembros
(4) Informar la situación laboral y financiera al Congreso de Miembros
(5; ) Decidir sobre el reclutamiento y remoción de miembros;
(6) Decidir establecer oficinas, sucursales, agencias y entidades representativas;
(7) Dirigir la organización para llevar a cabo su trabajo ;
(8) ) Formular planes de trabajo para agencias internas;
(9) Decidir sobre otros asuntos importantes.
Artículo 19 El consejo de administración deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los directores para poder ser convocado, y su resolución deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los directores para poder ser convocada. eficaz.
Artículo 20 El consejo de administración se reúne generalmente una vez al año. En circunstancias especiales, la reunión podrá ser aplazada o celebrada mediante comunicación.
Artículo 21 La asociación tendrá un consejo permanente, el cual estará compuesto por un presidente, varios vicepresidentes y un secretario general elegidos por los directores ejecutivos mediante consulta.
También tiene derecho a ejercer las funciones y facultades señaladas en los numerales 1, 3, 5, 6, 7, 8 y 9 del artículo 18 cuando el Consejo de Administración no se encuentre reunido, y es responsable ante el Consejo de Administración. El número de consejeros ejecutivos no podrá exceder de un tercio del número de consejeros.
Artículo 22 El Consejo Permanente deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los directores ejecutivos antes de que pueda ser convocado, y sus resoluciones deberán ser votadas por más de dos tercios de los directores ejecutivos presentes en la reunión. reunión para ser efectiva.
Artículo 23: La reunión del Consejo Permanente se celebra generalmente una vez cada seis meses. En circunstancias especiales, puede posponerse o celebrarse temporalmente;
Artículo 24: La reunión de la Asociación. presidente, vicepresidente y secretario general deben cumplir las siguientes condiciones:
(1) adherirse a la línea, los principios y las políticas básicas, y tener una buena calidad de las políticas;
(2 ) En el ámbito empresarial de la asociación Tener cierta influencia;
(3) La edad máxima del presidente, vicepresidente y secretario general no excederá los 70 años, y el secretario general será tiempo completo;
(4) Buena salud y capacidad de perseverancia Trabajar normalmente;
(5) No haber sido objeto de sanciones penales que le priven de derechos políticos;
(6) Tener plena capacidad para la conducta civil.
Artículo 25 Si el presidente, vicepresidente o secretario general de la asociación excede la edad máxima para trabajar, deberán ser aprobados por la junta directiva, informados a la unidad de supervisión empresarial para su revisión y aprobados. por la autoridad de gestión del registro de la asociación Continuar sirviendo.
Artículo 26 El mandato del presidente, vicepresidente y secretario general de la asociación será de cinco años, sin exceder de dos mandatos como máximo. Si es necesario extender el mandato en circunstancias especiales, debe ser aprobado por el voto de más de dos tercios de los representantes de los miembros en el Congreso de miembros, informado a la unidad de supervisión empresarial para su revisión y aprobado por la administración de registro. autoridad de la asociación antes de que pueda celebrarse el mandato.
Artículo 27 El presidente elegido entre los miembros del grupo de la unidad afiliada preside el trabajo general de la sociedad y es el representante legal de la sociedad.
El representante legal de esta asociación no podrá fungir simultáneamente como representante legal de otras organizaciones.
Artículo 28 El Presidente de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:
(1) Convocar y presidir la Junta Directiva y el Consejo Permanente;
( 2) Verificar la implementación de las resoluciones del Congreso Miembro, el Consejo y el Consejo Permanente;
(3) Firmar los documentos pertinentes en nombre de la Mesa.
Artículo 29 El Secretario General de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:
(1) Presidir el trabajo diario de la Secretaría y organizar la ejecución del plan de trabajo anual;
( 2) Coordinar el trabajo de las sucursales, agencias y entidades representativas;
(3) Nombrar subsecretarios como principales responsables de las diversas agencias, agencias y unidades representativas, y presentarlos al Comité Permanente para su decisión;
(4) Decidir sobre el empleo de personal de tiempo completo para oficinas, oficinas de representación y entidades;
(5) Manejar otros asuntos diarios .
Artículo 30 El director de la redacción de esta asociación ejercerá las siguientes facultades:
(1) Presidir el trabajo diario de la redacción y organizar la ejecución de la revista anual plan de trabajo;
( 2) Nominar candidatos para subdirector del departamento editorial y presentarlos al Consejo Permanente para su decisión;
(3) Editar revistas anuales de historia jurídica y otras trabajos académicos publicados por la editorial;
(4) Publicar y distribuir La publicación interna ocasional "Legal History Newsletter" se utiliza para intercambiar información académica;
(5) Manejar otros trabajos diarios asuntos relacionados con el negocio del departamento editorial.
Artículo 31 Comités y Subcomités Profesionales
(1) Cada comité y subcomité profesional debe tener una junta directiva, elegida por los miembros del comité y subcomité profesional, y tiene un presidente , un vicepresidente y un secretario general.
(2) Cada comité profesional y rama realizará actividades de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Carta.
(3) Los fondos para las actividades de cada uno; El comité profesional y la rama correrán a cargo de ellos mismos y deberán pagar una determinada tarifa de gestión a la asociación;
(4) Los comités y subcomités profesionales deben informar de su trabajo al Consejo Legislativo.
(5) El comité de carrera y las sucursales deben administrar cuidadosamente las finanzas y asumir sus respectivas responsabilidades de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 32 Las fuentes de financiación de esta asociación son:
(1) Cuotas de membresía;
(2) Financiación de la unidad competente, la Academia China de Ciencias Sociales;
( 3) Honorarios de gestión pagados por comités profesionales y sucursales;
(4) Patrocinio social y donaciones;
(5) Intereses;
( 6) Servicios legales pagados y otros ingresos legítimos.
Artículo 33 La asociación recauda las cuotas de membresía de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.
Artículo 34 Los fondos de la asociación deberán utilizarse para el ámbito empresarial y el desarrollo profesional previstos en los estatutos y no se distribuirán entre los miembros.
Artículo 35 La asociación deberá establecer un estricto sistema de gestión financiera para garantizar la legalidad, autenticidad, exactitud e integridad de la información contable.
Artículo 36 La asociación estará dotada de personal contable profesionalmente cualificado. Los contadores no podrán desempeñar simultáneamente la función de cajeros. Los contadores deben realizar cálculos contables e implementar supervisión contable. Cuando el personal contable transfiere puestos de trabajo o deja sus puestos de trabajo, debe pasar por procedimientos de traspaso con el destinatario.
Artículo 137 La gestión de activos de esta asociación debe implementar el sistema de gestión financiera prescrito por el Estado y aceptar la supervisión de la asamblea general de miembros y del departamento financiero. Si la fuente de los activos es apropiación estatal o donaciones o financiamientos sociales, deberán aceptar la supervisión del organismo auditor y revelar la información relevante de manera adecuada.
Artículo 38 Antes de cambiar o reemplazar el representante legal de la asociación, deberá aceptar la auditoría financiera organizada por la autoridad de gestión del registro de la asociación y la unidad de supervisión empresarial.
Artículo 39: Ninguna unidad o individuo podrá malversar, distribuir privadamente o apropiarse indebidamente de los bienes de la Asociación.
Artículo 40 Los salarios, seguros y beneficios sociales del personal de tiempo completo de la asociación se implementarán de acuerdo con las regulaciones de las instituciones estatales pertinentes. Artículo 41 Las modificaciones a los Estatutos Sociales de la Asociación deberán ser aprobadas por la Junta Directiva y presentadas al Congreso de Socios para su revisión.
Artículo 42 Los estatutos revisados de la Asociación entrarán en vigencia dentro de los 15 días posteriores a su aprobación por el Congreso de Miembros, revisión y aprobación por la unidad de supervisión empresarial e informe a la Autoridad de Gestión de Registro de la Asociación para su aprobación. . Artículo 43 Si la asociación cumple su objeto, se disuelve o necesita ser revocada por escisión o fusión, la junta directiva o la junta directiva permanente deberá proponer una propuesta de terminación.
Artículo 44 La propuesta de extinción de la asociación será votada y aprobada por la asamblea de representantes de los socios y presentada a la unidad de supervisión empresarial para su aprobación.
Artículo 45 Antes de que se dé por terminada la asociación, se debe establecer una organización de liquidación bajo la dirección de la unidad de supervisión empresarial y las autoridades pertinentes para liquidar las reclamaciones y deudas y hacer frente a las consecuencias. Durante el período de liquidación no se realizarán actividades distintas a la liquidación.
Artículo 46 La Asociación se dará por terminada una vez completados los procedimientos de cancelación ante la autoridad de registro de la asociación.
Artículo 47 La propiedad restante después de la terminación de la asociación se utilizará para desarrollar empresas relacionadas con el objeto de la asociación bajo la supervisión de la unidad de supervisión empresarial y la autoridad de registro y gestión de la sociedad y de acuerdo con regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 48 Este Estatuto Social fue votado y aprobado por el Congreso de Miembros el 199965438 de junio + 16 de octubre de 2006.
Artículo 49 El derecho de interpretación de los presentes estatutos corresponde al Consejo Permanente de la Asociación.
Artículo 50 El presente estatuto entrará en vigor a partir de la fecha de aprobación por la autoridad de registro y gestión de la sociedad.