¿Es legal cooperar con hospitales públicos?
Base legal: "Ley de Atención Médica Básica y Promoción de la Salud"
Artículo 39 Las instituciones médicas y de salud creadas o en las que participen organizadas con fondos gubernamentales o activos donados no se constituirán como for- Instituciones médicas lucrativas. Instalaciones de salud. El párrafo 3 del artículo 40 de la Ley estipula: Las instituciones médicas y de salud administradas por el gobierno no invertirán con otras organizaciones para establecer instituciones médicas y de salud que no tengan condición de persona jurídica independiente, y no cooperarán con el capital social para establecer instituciones con fines de lucro. instituciones médicas y de salud.
Artículo 40 El Estado alienta a las instituciones médicas y de salud administradas por el gobierno a cooperar con las fuerzas sociales para establecer instituciones médicas y de salud sin fines de lucro.
Artículo 41: El Estado adopta diversas medidas para alentar y orientar a las fuerzas sociales a establecer instituciones médicas y de salud de conformidad con la ley, y apoya y regula la prestación de diversos servicios médicos entre las instituciones médicas y de salud organizadas por Fuerzas sociales e instituciones médicas y de salud organizadas por el gobierno. Cooperar en aspectos como la construcción de disciplina y la formación de talentos.