Red de Respuestas Legales - Información empresarial - Artículos de la Asociación Internacional de Talentos Económicos, Técnicos y Legales de China

Artículos de la Asociación Internacional de Talentos Económicos, Técnicos y Legales de China

Estatutos de la Asociación Internacional de Talentos Económicos, Técnicos y Jurídicos de China (adoptados por unanimidad en la Tercera Reunión del Consejo del Comité Económico y Social)

Capítulo 1 Disposiciones generales

Artículo 1: El nombre de la asociación es Asociación de Derecho de la Asociación Técnica y Económica Internacional de China; Sociedad de Expertos).

Artículo 2 La Asociación está compuesta por expertos, académicos, profesionales y personas jurídicas en los campos de la economía, la ciencia y tecnología, derecho, desarrollo de talentos y otros campos. Es un grupo social académico, multidisciplinario y una organización nacional sin fines de lucro.

Artículo 3 Las actividades de la asociación deberán respetar la constitución, las leyes, los reglamentos y las políticas nacionales, respetar la ética social, aprovechar al máximo las ventajas de los talentos conjuntos multidisciplinarios de la asociación, utilizar de manera sistemática y teorías y métodos científicos, y comunicarse a través de intercambios y cooperación nacionales y extranjeros para llevar a cabo investigaciones integrales y actividades de exploración práctica sobre el desarrollo integrado de la economía, la ciencia y la tecnología, el derecho, el desarrollo del talento, etc. Se deben hacer esfuerzos para explorar el mecanismo científico y la regularidad de la integración de la economía, la ciencia y la tecnología, el derecho y el desarrollo del talento, promover el establecimiento de nuevas disciplinas integrales y prácticas e implementar el espíritu del Comité Central del Partido de "dar plena desempeñar el papel de las organizaciones sociales como organizaciones intermediarias". Desempeñar un papel activo en la construcción económica nacional, servir a industrias de alta calidad en el proceso de establecimiento y mejora del sistema de mercado moderno, establecer un sistema económico de mercado socialista y explorar la experiencia práctica en cultivar nuevos talentos industriales.

Artículo 4 La asociación acepta la orientación empresarial de la Administración de Aviación Civil de China y las unidades de supervisión empresarial y la supervisión y gestión del Ministerio de Asuntos Civiles de la República Popular China.

Artículo 5 Dirección de la Asociación: Beijing.

Capítulo 2 Ámbito empresarial

Artículo 6 El ámbito empresarial de la asociación es el siguiente:

(1) Organizar seminarios económicos, tecnológicos, integrales e innovadores, informes, foros, exposiciones, ferias comerciales y otras actividades de conferencias relacionadas en los campos del derecho y el desarrollo del talento;

(2) Organizar y promover expertos, académicos, profesionales y profesionales del derecho para realizar investigaciones e investigaciones especiales, combinado con las necesidades del desarrollo de la economía socialista de mercado, brindar sugerencias o consultas a los departamentos gubernamentales y unidades relevantes, y llevar a cabo servicios integrales en economía, ciencia y tecnología, derecho y otros aspectos que estén orientados principalmente a los miembros y unidades miembros y centrarse en resultados prácticos;

(3) Organizar y promover expertos, académicos, profesionales y profesionales del derecho para realizar investigaciones y estudios sobre la predicción, desarrollo, capacitación, certificación y gestión de talentos integrales, y explorar y practicar. en cultivar nuevos talentos que satisfagan las necesidades de la economía de mercado socialista

(4) Editar y publicar libros y materiales sobre economía, ciencia y tecnología, derecho y desarrollo de talentos, y ser responsable de patrocinar los periódicos correspondientes; y publicaciones periódicas;

(5) Comunicarse con expertos y académicos relevantes de Hong Kong, Macao, Taiwán y el extranjero, grupos y personas jurídicas para llevar a cabo intercambios académicos, así como cooperación en economía, ciencia y tecnología; , derecho, desarrollo de talentos y otros aspectos, y aceptar la encomienda para realizar investigaciones integrales o temáticas y diversos servicios de consultoría;

(6) De acuerdo con El propósito es aprovechar al máximo las ventajas de la multi- campo y multifuncional, promover la construcción del sistema económico de mercado, satisfacer las necesidades de establecer y mejorar el sistema de mercado moderno, dar pleno juego al papel de los grupos sociales como organizaciones intermediarias y albergar o coorganizar otras actividades sociales. con las unidades pertinentes, de conformidad con las leyes nacionales pertinentes. Los reglamentos establecen agencias o entidades de trabajo especializadas.

Capítulo 3 Miembros

Artículo 7 Los miembros de esta asociación se dividen en miembros individuales y miembros de grupo.

Artículo 8 Los miembros que soliciten unirse a la asociación deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) Apoyar los estatutos de la asociación;

(2) Unirse a la asociación voluntariamente;

(3) Tener cierta influencia en el ámbito empresarial de la asociación;

(4) Ser capaz de participar en actividades relevantes de la asociación.

Artículo 9 Los procedimientos de membresía son:

(1) Al presentar una solicitud de membresía, una persona jurídica también deberá presentar un certificado válido y el certificado correspondiente y copia del representante legal, y una persona física también deberá presentar prueba de identidad y copia;

(2) Discutida y aprobada por el Consejo Permanente o la Reunión Conjunta de Presidentes;

(3) La tarjeta de membresía deberá ser emitido por la Asociación.

Artículo 10 Los Miembros gozan de los siguientes derechos:

(a) El derecho a elegir, ser elegido y votar;

(2) Participar en la Asociación y la Asociación y las actividades relevantes organizadas conjuntamente por otras organizaciones o unidades sociales;

(3) Dar prioridad a la participación en proyectos de intercambio y cooperación internos y externos organizados e implementados por la asociación, y obtener servicios integrales de consultoría tales como asesoramiento legal proporcionado por la asociación para salvaguardar sus propios derechos e intereses legítimos

(4) Usar los libros y publicaciones de la asociación para obtener todos los aspectos de la información que posee la asociación; (5) Encomendar asuntos relevantes de acuerdo con los estatutos y el alcance comercial de la asociación;

(6) Comprender el trabajo de la asociación, supervisar el trabajo de la asociación y presentar sugerencias, opiniones y críticas;

(7) Establecer relaciones de cooperación complementaria con la asociación o sus instituciones de trabajo, y realizar las actividades correspondientes;

(8) Libertad de afiliación y retiro voluntario.

Artículo 11 Los miembros deberán cumplir las siguientes obligaciones:

(1) Respetar los estatutos de la asociación e implementar las resoluciones de la asociación;

(2) Observar las disciplinas y leyes, salvaguardar los derechos e intereses legítimos y el honor de la Asociación;

(3) Participar activamente en intercambios y actividades de cooperación internos y externos;

(4) Completar con seriedad las reuniones y servicios de consultoría encomendados por la Asociación;

(5) Informar situaciones relevantes a la Oficina de manera oportuna y proporcionar información relevante

(6) Pagar las cuotas de membresía según sea necesario;

Artículo 12 Si un socio se retira del club, deberá notificarlo inmediatamente al club y devolver la tarjeta de socio. Si un miembro no paga las cuotas de membresía durante un año sin motivo o no participa en las actividades de la asociación durante tres años consecutivos sin motivo, se considerará que ha dado de baja automáticamente su membresía.

Artículo 13 Si un miembro, director o director ejecutivo viola gravemente los estatutos de la asociación, se le recomendará que se retire voluntariamente de la asociación después de haber sido votado por la junta directiva o el consejo permanente. (o reunión conjunta de presidentes), según la gravedad del caso, o ser expulsados ​​quienes lesionen gravemente los intereses de la asociación, cargarán con las responsabilidades jurídicas y económicas correspondientes;

Capítulo 4 Constitución y Cancelación de Instituciones y Personas Responsables

Artículo 14 Dada la situación actual de los socios de la asociación, la máxima autoridad de la asociación es la Junta Directiva, la cual Equivale al Congreso de Socios. También puede denominarse Congreso de la Junta Directiva (Miembros). Los miembros podrán participar en las asambleas generales del Consejo de Administración y tendrán derecho a voto. Son responsabilidades de la junta directiva reunida:

(1) Formular y modificar los estatutos sociales;

(2) Elegir y destituir a los directores, directores titulares, secretario general, vicepresidente, directores permanentes y presidente;

(3) Revisar el informe de trabajo y el informe financiero del Consejo Permanente;

(4) Decidir sobre la terminación.

(5) Decidir sobre otros asuntos importantes.

Artículo 15 La reunión del directorio será convocada y presidida por el presidente, el presidente ejecutivo o el vicepresidente ejecutivo de tiempo completo. Cuando sea necesario, a propuesta conjunta del vicepresidente de 65.438+0/2 o más o del director ejecutivo de 65.438+0/3 o más, se podrá convocar a reunión de directorio. El vicepresidente que proponga convocar la reunión será. Se elegirá a la misma persona o a un vicepresidente. Sin embargo, a la reunión del directorio deberán asistir más de 65.438+0/2 directores, y su acuerdo deberá ser adoptado por más de la mitad de los directores presentes.

Artículo 16 Cada período de la Junta Directiva será de cinco años, debiendo reunirse en pleno al menos en el segundo o tercer año. Si la elección general necesita adelantarse o posponerse debido a circunstancias especiales, será votada por el Consejo Permanente. Sin embargo, la prórroga del plazo no podrá exceder de un año.

Artículo 17 El Consejo Permanente es el órgano ejecutivo de la Asamblea de Directores y es elegido por la Asamblea de Directores (Miembros). Dirigir el trabajo diario de la Junta Directiva cuando ésta no se encuentre reunida, ser responsable de las reuniones de la Junta Directiva e implementar las resoluciones de las reuniones de la Junta Directiva.

Artículo 18 Son atribuciones del Consejo Permanente:

(1) Elegir y destituir al presidente, presidente ejecutivo, vicepresidente y secretario general durante el período entre sesiones del la junta directiva, Ajustar y complementar al vicepresidente y al secretario general cuando sea necesario, e informar a la junta directiva para su confirmación;

(2) Preparar la reunión de la junta directiva;

(3) Informar el trabajo y las finanzas al estado de la reunión de la junta directiva;

(4) Confirmar la admisión de miembros, decidir sobre la remoción de miembros y las sanciones necesarias;

( 5) Decidir sobre el establecimiento de oficinas, sucursales, oficinas de representación y entidades;

p>

(6) Decidir sobre el nombramiento de los principales responsables de las diversas instituciones;

(7) Orientar el trabajo de diversas instituciones de la asociación;

(8) Decidir sobre el sistema de gestión interna;

(9) Decidir sobre otros asuntos importantes.

Artículo 19 El Consejo Permanente será convocado y presidido por el Presidente, el Presidente Ejecutivo o el Vicepresidente Ejecutivo de tiempo completo. Cuando sea necesario, a propuesta conjunta del vicepresidente de 65.438+0/2 o superior o del director ejecutivo de 65.438+0/3 o superior, se podrá convocar a la junta ejecutiva, pero el director ejecutivo de 65.438+0/2 o superior Se requiere asistencia, la resolución debe ser votada por más de 65,438+0/2 directores ejecutivos para que entre en vigor.

Artículo 20 El Consejo Permanente celebrará al menos una reunión cada año, en vista de la situación actual en muchos campos en todo el país, el trabajo rutinario sobre asuntos no importantes también se puede realizar en forma de intercambios; .

Artículo 21: La asociación establecerá una reunión conjunta de presidentes para ejercer las funciones y atribuciones especificadas en el artículo 18, 1, 3, 5, 6, 7, 8 y 9 durante el período entre sesiones de al Consejo Permanente, y ante El Consejo Permanente es responsable.

Artículo 22 La reunión conjunta de presidentes es convocada por el presidente, el presidente ejecutivo y el vicepresidente ejecutivo. Sólo podrá celebrarse cuando estén presentes más de la mitad de los miembros, debiendo tomarse su resolución. por dos tercios. La votación sólo podrá ser efectiva si los miembros antes mencionados están presentes.

Artículo 23 La reunión conjunta se realizará según las necesidades del trabajo, pero al menos una vez cada seis meses.

Artículo 24 El presidente, presidente ejecutivo, vicepresidente y secretario general de la Asociación deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Adherirse a la línea, principios y políticas del partido, buena calidad política;

(2) Tener una mayor influencia en el ámbito empresarial de la asociación;

(3) En principio, la edad máxima para trabajar del presidente y del presidente ejecutivo será no excederá los 75 años. En principio, la edad máxima para trabajar del vicepresidente y del secretario general no excederá los 70 años. El secretario general es de tiempo completo y puede ser ocupado simultáneamente por el vicepresidente ejecutivo de tiempo completo;

(4) gozar de buena salud y ser capaz de persistir en el trabajo normal;

(5) No estar sujeto a pena penal privativa de derechos políticos;

(6) Tener plena capacidad para la conducta civil;

Artículo 25 Si el presidente, presidente ejecutivo, vicepresidente y secretario general de la asociación exceden la edad máxima para el cargo, pero están realmente obligados a desempeñar el cargo por razón de trabajo, deberán asistir a la reunión de la junta directiva o reunión ejecutiva Sólo después de que más de dos tercios de los miembros estén de acuerdo podrán ocupar el cargo, y deberán ser informados a la unidad de supervisión empresarial y a la autoridad de gestión del registro social para su registro.

Artículo 26 El mandato del presidente, presidente ejecutivo, vicepresidente y secretario general de la Asociación es de cinco años. En principio, el mandato del presidente, presidente ejecutivo, vicepresidente y secretario general no excederá de dos mandatos.

Si por necesidades de trabajo fuera necesario prorrogar el mandato más allá del plazo, deberá ser aprobado por más de dos tercios de los miembros asistentes a la reunión del directorio o consejo directivo permanente, y reportarse a la supervisión empresarial. unidad y la autoridad de registro y gestión de la sociedad para su registro.

Artículo 27 El representante legal de la Asociación es el Secretario General, quien dependerá de la unidad de supervisión empresarial y de la autoridad de registro de la Asociación para su archivo y aprobación. El representante legal de esta asociación no podrá fungir simultáneamente como representante legal de otras organizaciones sociales.

Artículo 28 El presidente de la asociación ejercerá los siguientes poderes:

(1) Dirigir a la asociación para que lleve a cabo actividades de forma independiente de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales y los estatutos de la asociación, y representar a la asociación y los departamentos relevantes cuando sea necesario Negociar temas importantes;

(2) Presidir las reuniones plenarias de la Junta Directiva o del Consejo Permanente;

(3) Escuchar informes sobre la implementación de las resoluciones de la Junta Directiva o de la Junta Permanente y brindar orientación;

(4) Dirigir la toma de decisiones de las principales actividades y proyectos de la asociación, y asistir a las actividades importantes organizadas por la asociación; /p>

(5) El presidente ejecutivo debe cooperar con el presidente para dirigir la asociación. Cuando sea necesario, se podrá encomendar a un vicepresidente de tiempo completo que actúe en su nombre. Bajo el liderazgo del Presidente y el Presidente Ejecutivo, el Vicepresidente es responsable de las organizaciones o actividades de trabajo correspondientes.

Artículo 29 El Secretario General de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:

(1) Bajo la dirección del Presidente y del Presidente Ejecutivo, formar una organización de trabajo permanente para presidir trabajo diario, Responsable de la planificación e implementación de las actividades de las reuniones regulares y proyectos específicos, revisando y aprobando el reclutamiento, destitución y castigo de los miembros, haciendo los ajustes necesarios a los directores individuales o directores ejecutivos, y presentándolos a la Asamblea Conjunta del Presidente o a la Asamblea Permanente Consejo para la confirmación;

( 2) Presidir el trabajo diario de la oficina y organizar la implementación del plan de trabajo anual;

(3) Coordinar el trabajo de varios comités especiales, sucursales, agencias y entidades representativas;

(4) Nombrar al Secretario General Adjunto, propone y ajusta el establecimiento de comités especiales, oficinas, sucursales, oficinas de representación y entidades, nombra personas clave a cargo y presenta presentarlos a la Reunión Conjunta del Presidente o al Consejo Permanente para su decisión;

(5) Decidir sobre asuntos Contratación de personal a tiempo completo de instituciones, agencias y entidades representativas;

(6) Cuando sea necesario, se podrá confiar a un subsecretario general a tiempo completo para que actúe como agente, y el subsecretario general ayudará al secretario general en su trabajo.

Capítulo 5 Principios de Gestión y Uso de Activos

Artículo 30 Las fuentes de fondos de la Asociación son:

(1) Cuotas de membresía;

(2) Donación o patrocinio;

(3) Financiamiento gubernamental;

(4) Actividades o servicios realizados dentro del alcance comercial aprobado e ingresos pagados por la unidad;

(5) Intereses;

(7) Otros ingresos legales.

Artículo 31 La asociación recaudará las cuotas de membresía, las tarifas de gestión empresarial y las tarifas de servicios de consultoría de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

Artículo 32 Los fondos de la asociación deberán utilizarse para el ámbito empresarial y el desarrollo profesional previstos en los estatutos y no se distribuirán entre los miembros.

Artículo 33 La asociación deberá establecer un estricto sistema de gestión financiera para garantizar la legalidad, autenticidad, exactitud e integridad de la información contable.

Artículo 34 La asociación estará dotada de personal contable profesionalmente cualificado. Los contadores no podrán desempeñar simultáneamente la función de cajeros. Los contadores deben realizar cálculos contables e implementar supervisión contable. Cuando el personal contable transfiere puestos de trabajo o deja sus puestos de trabajo, debe pasar por procedimientos de traspaso con el destinatario.

Artículo 35 La gestión de activos de la asociación debe implementar el sistema de gestión financiera prescrito por el estado y aceptar la supervisión de la junta directiva y el departamento financiero. Si la fuente de los activos proviene de apropiaciones estatales o donaciones o subsidios sociales, deberán aceptar la supervisión de organismos de auditoría y divulgar la información relevante al público de manera adecuada.

Artículo 36 Si la asociación cambia simultáneamente de representante legal, deberá realizar la auditoría financiera reglamentaria al momento del cambio. Si durante el mandato se realiza una auditoría financiera por razones especiales, ésta deberá ser aprobada por la Asamblea de Directores o el Consejo Permanente.

Artículo 37 Ninguna unidad o individuo podrá malversar, distribuir privadamente o apropiarse indebidamente de los bienes de la Asociación.

Artículo 38 Los salarios, seguros y beneficios sociales del personal de tiempo completo de la Asociación se implementarán de acuerdo con los reglamentos de las instituciones estatales pertinentes.

Capítulo 6 Procedimiento para la Modificación de los Estatutos Sociales

Artículo 39: Las modificaciones a los Estatutos Sociales de la Asociación deberán ser votadas y aprobadas por la Junta Directiva (o Junta Directiva Permanente). Directores).

Artículo 40 Los Estatutos Sociales revisados ​​de la Asociación deberán ser informados a la unidad de supervisión empresarial y a la Autoridad de Registro de la Asociación para su archivo dentro de los 15 días siguientes a su adopción por la Junta Directiva.

Capítulo 7 Procedimientos de Extinción y Enajenación de Bienes después de la Extinción

Artículo 41 Si la asociación cumple su objeto, se disuelve o necesita cancelarse por escisión o fusión, la junta directiva o director ejecutivo Se hará una moción para terminar.

Artículo 42 La propuesta de extinción de la asociación deberá ser aprobada por el consejo directivo reunido y elevada a la unidad de supervisión empresarial para su aprobación.

Artículo 43 Antes de que se dé por terminada la asociación, se debe establecer una organización de liquidación bajo la dirección de la unidad de supervisión empresarial y las autoridades pertinentes para liquidar las reclamaciones y deudas y hacer frente a las consecuencias. Durante el período de liquidación no se realizarán actividades distintas a la liquidación.

Artículo 44 La Asociación se dará por terminada tras la cancelación del registro por parte de la autoridad de registro de la asociación.

Artículo 45 La propiedad restante después de la terminación de la asociación se utilizará para desarrollar empresas relacionadas con el objeto de la asociación bajo la supervisión de la unidad de supervisión empresarial y la autoridad de registro y gestión de la sociedad y de acuerdo con regulaciones nacionales pertinentes.

Capítulo 8 Disposiciones complementarias

Artículo 46 El derecho de interpretar los presentes estatutos corresponde al Consejo Permanente de la Asociación.

Artículo 47 Este artículo social se informará a la unidad de supervisión empresarial y a la autoridad de gestión del registro de la organización para su registro.

Artículo 48 Este Estatuto Social entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación por la tercera Asamblea de la Junta Directiva (Miembros) el 15 de enero de 2006.