Red de Respuestas Legales - Información empresarial - El objeto subordinado transferido por el sujeto y el objeto también debe transferirse en consecuencia.

El objeto subordinado transferido por el sujeto y el objeto también debe transferirse en consecuencia.

Subjetividad jurídica:

1. ¿Qué accesorios se ceden con el propietario del vehículo?

El objeto principal se refiere a la cosa que determina la naturaleza y utilidad de la cosa y es asistido por el objeto esclavo para ejercer su efecto. Los accesorios se refieren a cosas que muchas veces ayudan al uso de algo basado en costumbres de transacción o en la intención clara de las partes.

Si el dueño transfiere el sujeto y el objeto, la propiedad del objeto esclavo se transferirá con la transferencia de la propiedad del sujeto y del objeto, salvo pacto en contrario de las partes.

En segundo lugar, distinguir el significado de amo y esclavo.

La división de amo y esclavo es la clasificación de las cosas en función de la relación entre ellas. Esta división se basa en la premisa de que existe una relación objetiva amo-esclavo entre dos cosas independientes en uso. En otras palabras, sólo dos cosas independientes propiedad de una persona pueden combinarse para lograr beneficios económicos, lo que constituye la relación amo-esclavo de las cosas. Los llamados sujeto y objeto se refieren a objetos que existen de forma independiente y desempeñan un papel importante en combinación con otros objetos independientes propiedad de la misma persona. El llamado accesorio es algo que juega un papel auxiliar en la combinación de dos cosas independientes, también llamado accesorio.

1. Castigo del sujeto y del objeto, de sus efectos y cómplices. Cuando no hay ley o acuerdo contrario, cuando el dueño de la cosa objeto dispone de la cosa objeto, su efecto se extiende al accesorio. Por ejemplo, si el propietario del inmueble principal transfiere la propiedad del inmueble principal, también se transferirá la propiedad del inmueble accesorio para implementar el principio de hacer el mejor uso de todo. El artículo 2 de los "Principios Generales del Derecho Civil" estipula: "Si el sujeto y el objeto se traspasan, el esclavo y el objeto se traspasarán junto con el sujeto y el objeto, salvo acuerdo en contrario de las partes".

2. La extinción del contrato sobre la materia afectará a la materia eficiente. A falta de acuerdo especial entre las partes, si el contrato se resuelve por inconsistencia en el objeto del contrato, el efecto de la resolución se extenderá a las cosas accesorias. Sin embargo, si el contrato se rescinde porque el objeto accesorio no se ajusta al acuerdo, el efecto de la terminación no será tan bueno como el del objeto principal.

3. Titularidad del sujeto y del objeto, su eficacia y determinadas restricciones del accesorio. Si una parte tiene ciertas restricciones a su propiedad sobre el objeto principal, el efecto de tales restricciones se extenderá a los objetos subordinados. Por ejemplo, si una parte constituye una hipoteca sobre el sujeto y el objeto, la eficacia de la hipoteca se extenderá también al objeto secundario.

En tercer lugar, los elementos constitutivos de un accesorio

El accesorio debe cumplir las siguientes condiciones:

(1) La finalidad de uso del accesorio debe ser permanente . Los accesorios siempre deben contribuir a la utilidad del sujeto y del objeto, y no se limitan a la utilidad económica ni a fines económicos. Por ejemplo, una llanta de refacción es un accesorio de un automóvil. Si sólo asiste temporalmente a los efectos económicos del sujeto y objeto, no es cómplice. Por ejemplo, las cortinas, cortinas de puertas, etc. que traen los inquilinos cuando viven en la casa no forman parte de la casa. Sin embargo, el accesorio se separa temporalmente del sujeto y del objeto y sigue siendo un accesorio. Si el remo de un barco se separa temporalmente del barco debido a reparaciones, sigue siendo un accesorio del barco.

(2) El cómplice y el sujeto pertenecen a la misma persona. Los artículos accesorios deben pertenecer a la misma persona que el artículo principal. Si el propietario de un vehículo toma prestada temporalmente la rueda de repuesto de otra persona, no puede considerarse un accesorio del vehículo. Sin embargo, si el accesorio no pertenece al dueño del sujeto y del objeto, y el dueño del sujeto y del objeto lo vende junto con el sujeto y el objeto, el contrato de compraventa es válido.

(3) Los archivos adjuntos deben ser independientes y no formar parte del objeto principal. El sujeto es una cosa independiente y el subordinado también es una cosa independiente. Por ejemplo, las ventanas y las casas, los coches y los neumáticos, las chaquetas y los pantalones, y los pies izquierdo y derecho de los zapatos son todos parte de la relación, no de la relación entre sujeto y objeto y objeto subordinado.

(4) debe considerarse accesorio en la transacción. Si tienes hábitos especiales en el trading que no se consideran subordinados a las cosas, entonces tienes que estar subordinado a las cosas. Por ejemplo, una bolsa llena de arroz.

El significado jurídico de las cosas accesorias radica principalmente en: cuando no existe disposición contraria en la ley ni acuerdo contrario entre las partes, cuando el dueño de la cosa principal dispone de la cosa principal, el efecto será extenderse a las cosas accesorias. Cuando se transfiere la propiedad del sujeto y del objeto, se transfiere también la propiedad del accesorio, a falta de acuerdo especial entre las partes, si el contrato se rescinde por inconsistencia entre la materia y la materia, el efecto de la terminación del contrato se extiende al accesorio, pero no al contrario; si hay alguna restricción sobre la propiedad del sujeto y de la cosa, esta restricción se extiende también a la cosa esclava. Si se constituye hipoteca, la eficacia de la hipoteca se extenderá al accesorio.

Según las disposiciones legales, se puede saber que cuando el propietario transfiere el sujeto y el objeto, la propiedad del accesorio se transfiere con la transferencia de la propiedad del sujeto y del objeto, salvo pacto en contrario de las partes. .