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¿Dos contratos pueden firmar un acuerdo técnico?

1. Se pueden firmar dos contratos en un acuerdo técnico.

2. Según lo dispuesto en el Código Civil de mi país, la esencia de un contrato es en realidad un acuerdo. Los contratos y acuerdos difieren sólo en los términos, pero el efecto legal de los contratos y acuerdos es el mismo. Los contratos de desarrollo tecnológico y los contratos de transferencia de tecnología deberán constar por escrito. Las partes en un contrato de tecnología respetarán el principio de buena fe. Los contratos de tecnología no deberán tener como objetivo obstaculizar el progreso tecnológico, infringir los logros tecnológicos de otros ni monopolizar ilegalmente la tecnología. Si no hay acuerdo en el contrato o el acuerdo no es claro, las partes podrán acordar complementarlo, si no se puede llegar a un acuerdo complementario, se determinará de conformidad con las disposiciones pertinentes del contrato o las prácticas de la transacción; Aún incierto de acuerdo con las disposiciones pertinentes del contrato o las prácticas de transacción, los logros técnicos de las mejoras posteriores de una parte, otras partes no lo compartirán, y será disfrutado por la parte que lo mejore posteriormente.

2. ¿Cuáles son las características de los contratos de tecnología?

1. El objeto de un contrato de tecnología está estrechamente relacionado con la tecnología, y los diferentes tipos de contratos de tecnología tienen diferentes contenidos técnicos. El objeto de los contratos de transferencia de tecnología son logros tecnológicos específicos, el objeto de los contratos de servicios técnicos y de consultoría técnica son comportamientos técnicos específicos, y el objeto de los contratos de desarrollo tecnológico incluye tanto logros técnicos como comportamientos técnicos.

2. Los contratos de tecnología tienen muchos vínculos de desempeño, ciclos de desempeño largos, cálculos complicados de precio, remuneración o regalías, y algunos contratos de tecnología son muy riesgosos.

3. Las adaptaciones jurídicas de los contratos de tecnología son diversas. El objeto de un contrato de tecnología es el resultado de la actividad intelectual humana, y muchos de estos logros tecnológicos son objeto de ajustes por parte de la ley de propiedad intelectual, lo que implica la propiedad de derechos e intereses tecnológicos, la asunción de riesgos tecnológicos, la adquisición de tecnología. derechos de patente, la identificación comercial de productos tecnológicos, y la confidencialidad tecnológica, manifestaciones técnicas, etc. , regulado por leyes como la Ley de Patentes, la Ley de Marcas, la Ley contra la Competencia Desleal y la Ley de Derechos de Autor.

4. Una de las partes es específica y normalmente debe ser un técnico con ciertos conocimientos o habilidades profesionales.

5. El contrato de tecnología es un contrato remunerado bilateral.

En resumen, un contrato de tecnología es un contrato remunerado, en el que una parte recibe una compensación por transferir tecnología y la otra parte que utiliza la tecnología la utiliza de acuerdo con las regulaciones. Desde una perspectiva esencial y jurídica, los contratos y acuerdos técnicos son iguales, pero se expresan de diferentes maneras. Las dos partes firmaron un acuerdo técnico con términos claros, que es la verdadera intención de ambas partes.