Red de Respuestas Legales - Información empresarial - Artículos de la Asociación de Contactos Amistosos Internacionales de China

Artículos de la Asociación de Contactos Amistosos Internacionales de China

Capítulo 1 Principios Generales

Artículo 1 El nombre completo de esta asociación es Asociación China para Contactos Amistosos Internacionales.

La abreviatura de la Asociación de Amistad

La traducción al inglés de la abreviatura en inglés de la Asociación China para Contactos Amistosos Internacionales CAIFC

Artículo 2 Esta asociación está compuesta por celebridades de todos los ámbitos de la vida en China y la sociedad Una organización nacional de la sociedad civil fundada por activistas. Lleva a cabo sus actividades de conformidad con la Constitución, las leyes, los reglamentos y las políticas nacionales de la República Popular China y esta Carta.

Artículo 3 El propósito de la asociación: mantener la paz mundial, promover el progreso y el desarrollo de China y otros países del mundo, llevar a cabo intercambios amistosos con grupos de amistad relevantes, celebridades y activistas sociales de todos los ámbitos. La comprensión mutua, la amistad y la cooperación entre ellos sirven a la reforma, la apertura y la construcción económica de China.

Artículo 4 La asociación acepta la orientación empresarial del Ministerio de Asuntos Exteriores y la supervisión y gestión del Departamento de Gestión de Asociaciones del Ministerio de Asuntos Civiles.

Artículo 5 Dirección de la Asociación: No. 1 Lijia, Huayan North, Dewai Street, Chaoyang District, Beijing, China.

Capítulo 2 Ámbito comercial

Artículo 6

(1) Recibir visitas de personas y grupos amigos extranjeros y organizar actividades de visitas nacionales relacionadas;

(2) Comunicar contactos comerciales entre instituciones extranjeras relevantes y los departamentos nacionales correspondientes;

(3) Realizar intercambios económicos, culturales, científicos y educativos con unidades extranjeras relevantes;

(4 ) Participar en investigaciones sobre temas internacionales contemporáneos y realizar intercambios académicos con instituciones nacionales y extranjeras relevantes;

(5) Editar y publicar revistas académicas relevantes, etc. ;

(6) Otros intercambios y cooperación internacionales no gubernamentales.

Capítulo 3 Miembros

Artículo 7 Los miembros de esta asociación incluyen miembros corporativos y miembros individuales.

Artículo 8 Los miembros que soliciten unirse a la asociación deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) Apoyar los estatutos de la asociación;

(2) Haberse unido a la Voluntad de la asociación;

(3) Apoyar el trabajo de la asociación;

(4) Tener cierta influencia en el ámbito empresarial de la asociación.

Artículo 9 Los procedimientos de membresía son:

(1) Presentar la solicitud de membresía

(2) Discusión y aprobación por la junta directiva;

(3) Las tarjetas de membresía deben ser emitidas por la junta directiva o una organización autorizada por la junta directiva.

Artículo 10 Los miembros gozan de los siguientes derechos:

El derecho a elegir, el derecho a ser elegido y el derecho a votar;

(2) Participar en las actividades de la asociación;

(3) Prioridad en la obtención de nuestros servicios;

(4) El derecho a criticar, sugerir y supervisar el trabajo de la asociación;

(5) Alta voluntaria y baja gratuita.

Artículo 11 Los miembros deberán cumplir las siguientes obligaciones:

(a) Implementar las resoluciones de la asociación;

(2) Mantener los derechos e intereses legítimos de la asociación;

(3) Completar el trabajo asignado por la asociación;

(4) Pagar las cuotas de membresía de acuerdo con las regulaciones;

(5) Informar la situación a la asociación y facilitarle la información pertinente.

Artículo 12 Si un socio se retira del club, deberá comunicarlo por escrito al club y devolver el carné de socio. Si un miembro no participa en las actividades de la asociación durante un año, se considerará que se ha dado de baja automáticamente.

Artículo 13 Si un miembro viola gravemente los Estatutos Sociales, será removido de la membresía mediante votación de la Junta Directiva o la Junta Directiva Permanente.

Capítulo 4: Constitución y Cancelación de Instituciones y Personas Responsables

Artículo 14: La máxima autoridad de la Asociación es el Congreso de Socios. Las facultades del Congreso de Miembros son:

(1) Formular y modificar los Estatutos Sociales;

(2) Elegir y destituir a los directores;

(3 ) Revisar el informe de trabajo de la Junta Directiva y otros informes relevantes;

(4) Decisión de cese.

(5) Decidir sobre otros asuntos importantes.

Artículo 15 El Congreso de Socios deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los representantes de los socios, y sus resoluciones deberán ser votadas por más de la mitad de los representantes de los socios presentes para ser efectivas.

Artículo 16 El Congreso de Socios se celebra cada cinco años. Si es necesario adelantar o posponer las elecciones generales debido a circunstancias especiales, debe ser aprobado por la unidad de supervisión empresarial y el departamento de gestión comunitaria.

Artículo 17 La Junta Directiva es el órgano ejecutivo de la Asamblea General, dirige la asociación para realizar el trabajo diario durante el período entre sesiones y es responsable ante la Asamblea General.

Artículo 18 Son funciones y facultades de la Junta Directiva:

(1) Ejecutar las resoluciones del Congreso Miembro;

(2) Elegir y destituir al presidente, al vicepresidente y al secretario general; decidir contratar a presidente honorario, consultor jefe y candidatos a consultores;

(3) Prepararse para convocar al Congreso de Miembros

(4) Informar la situación laboral y financiera al Congreso de Miembros

(5) Decidir sobre; reclutamiento o remoción de miembros;

(6) Decidir sobre el establecimiento de oficinas, sucursales, agencias y entidades representativas;

(7) Decidir sobre el nombramiento y destitución de los secretarios generales adjuntos y principales líderes de diversas instituciones;

p>

(8) Liderar el trabajo de diversas organizaciones de la asociación;

(9) Formular sistemas de gestión interna;

(10) Decidir sobre otros asuntos importantes.

Artículo 19 Una reunión de directorio sólo podrá celebrarse cuando estén presentes más de dos tercios de los directores, y su resolución deberá ser votada por más de dos tercios de los directores presentes en la reunión para ser efectiva. .

Artículo 20 El Consejo de Administración celebrará al menos una reunión cada año; en circunstancias especiales, podrá celebrar también una reunión de intercambio;

Artículo 21 La asociación establecerá un consejo permanente. La Junta Directiva Permanente es elegida por la Junta Directiva, ejerce sus facultades cuando la Junta Directiva no está reunida y es responsable ante la Junta Directiva (el número de directores permanentes no podrá exceder de 65.438 + 0/3 del total). número de directores).

Artículo 22 El Consejo Permanente será convocado cuando estén presentes más de dos tercios de los Directores Permanentes, y sus resoluciones sólo surtirán efecto después de ser votadas por más de dos tercios de los Directores Permanentes presentes en la reunión.

Artículo 23: El Consejo Permanente se reunirá al menos una vez cada 6 meses; en circunstancias especiales, también podrá reunirse mediante comunicación.

Artículo 24 El presidente, vicepresidente y secretario general de la asociación deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Adherirse a la línea, principios, políticas y buenos principios del partido. calidad política;

(2) Tener una mayor influencia en el ámbito empresarial de la asociación;

(3) La edad máxima del presidente, vicepresidente y secretario general será no exceder los 70 años, y el secretario ha trabajado a tiempo completo durante un largo tiempo;

(4) gozar de buena salud y poder trabajar normalmente;

(5) no haber sido objeto de sanciones penales privativas de derechos políticos;

(6) ) tiene plena capacidad de conducta civil;

Artículo 25 Si el presidente, el vicepresidente y el secretario general de la asociación excede la edad máxima para trabajar, deben ser aprobados por la junta directiva e informados a la unidad de supervisión empresarial para su revisión y aprobación por parte del departamento de gestión de la asociación. Solo después de la aprobación se puede asumir el cargo.

Artículo 26 El mandato del presidente, vicepresidente y secretario general de la Asociación es de 5 años. El mandato del Presidente, Vicepresidente y Secretario General no excederá de dos mandatos como máximo. Si es necesario extender el mandato debido a circunstancias especiales, debe ser aprobado por la asamblea general de miembros o más de dos tercios de los representantes de los miembros, informado a la unidad de supervisión empresarial para su revisión y aprobado por la dirección de la asociación. departamento antes de asumir el cargo.

Artículo 27 El presidente o vicepresidente ejecutivo de la asociación será el representante legal de la misma. El representante legal de esta asociación no podrá fungir simultáneamente como representante legal de otras organizaciones.

Artículo 28 El presidente o vicepresidente ejecutivo ejercerá las siguientes facultades:

(1) Convocar y presidir la junta directiva (o junta directiva permanente);

(2) Inspeccionar la implementación de las resoluciones del Congreso Miembro y del Consejo (o Consejo Permanente);

(3) Firmar documentos importantes y relevantes en nombre de la asociación;

Sección Artículo 29 El Secretario General de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:

(1) Presidir el trabajo diario de la oficina y organizar la ejecución del plan de trabajo anual;

(2) Coordinar las sucursales, oficinas de representación y los trabajos de la entidad;

(3) Designar al subsecretario general y a los principales responsables de cada oficina, sucursal, agencia de representación, y unidad, y someterlo a decisión del Consejo Directivo o del Consejo Permanente;

(4) Decidir sobre la contratación de personal de tiempo completo para oficinas, oficinas de representación y entidades;

(5) Manejar otros asuntos diarios.

Capítulo 5 Principios de Gestión y Uso de Activos

Artículo 30 Las fuentes de fondos de la Asociación son:

(1) Cuotas de membresía;

(2) Donaciones;

(3) Financiamiento gubernamental;

(4) Ingresos de actividades dentro del alcance comercial aprobado;

( 5) Intereses;

(6) Otros ingresos legales.

Artículo 31 La asociación recauda las cuotas de membresía de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

Artículo 32 Los fondos de la asociación deberán utilizarse para el ámbito empresarial y el desarrollo profesional previstos en los estatutos y no se distribuirán entre los miembros.

Artículo 33 La asociación deberá establecer un estricto sistema de gestión financiera para garantizar la legalidad, autenticidad, exactitud e integridad de la información contable.

Artículo 34 La asociación estará dotada de personal contable profesionalmente cualificado. Los contadores no podrán desempeñar simultáneamente la función de cajeros. Los contadores deben realizar cálculos contables e implementar supervisión contable. Cuando el personal contable transfiere puestos de trabajo o deja sus puestos de trabajo, debe pasar por procedimientos de traspaso con el destinatario.

Artículo 35 La gestión de activos de la Asociación debe implementar el sistema de gestión financiera prescrito por el estado y aceptar la supervisión del Congreso de Miembros y el departamento financiero. Si el origen de los activos corresponde a apropiaciones estatales o donaciones o subsidios sociales, deberán estar sujetos a la supervisión de órganos de control y la información pertinente deberá ser divulgada al público de manera adecuada.

Artículo 36 Antes de cambiar de representante legal, la asociación deberá aceptar la auditoría financiera organizada por el departamento de gestión y la unidad de supervisión empresarial de la asociación.

Artículo 37 Ninguna unidad o individuo podrá malversar, distribuir privadamente o apropiarse indebidamente de los bienes de la Asociación.

Artículo 38 Los salarios, seguros y beneficios sociales del personal de tiempo completo de la Asociación se implementarán de acuerdo con los reglamentos de las instituciones estatales pertinentes.

Capítulo 6 Procedimiento para la Modificación de los Estatutos Sociales

Artículo 39: La modificación de los Estatutos Sociales deberá ser aprobada por el Consejo Directivo y presentada al Congreso de Socios para su revisión.

Artículo 40 Los Estatutos Sociales revisados ​​entrarán en vigor dentro de los 15 días siguientes a su aprobación por el Congreso de Miembros, revisión y aprobación por la unidad de supervisión empresarial e informe al Departamento de Gestión de la Asociación para su aprobación.

Capítulo 7 Procedimientos de Extinción y Enajenación de Bienes después de la Extinción

Artículo 41 Si la asociación cumple su objeto, se disuelve o necesita cancelarse por escisión o fusión, la junta directiva o director ejecutivo Se hará una moción para terminar.

Artículo 42 La propuesta de extinción de la asociación deberá ser votada y aprobada por la asamblea de representantes de los socios y presentada a la unidad de supervisión empresarial para su aprobación.

Artículo 43 Antes de que se dé por terminada la asociación, se debe establecer una organización de liquidación bajo la dirección de la unidad de supervisión empresarial y las autoridades pertinentes para liquidar las reclamaciones y deudas y hacer frente a las consecuencias. Durante el período de liquidación no se realizarán actividades distintas a la liquidación.

Artículo 44: La sociedad se extinguirá al ser dada de baja por el departamento de gestión de la sociedad.

Artículo 45: Los bienes remanentes después de la terminación de la asociación se utilizarán para desarrollar empresas relacionadas con el objeto de la asociación bajo la supervisión de la unidad de supervisión empresarial y el departamento de gestión de la asociación y de acuerdo con las normas pertinentes. regulaciones nacionales.

Capítulo 8 Disposiciones complementarias

Artículo 46 Este Estatuto Social fue votado y aprobado por la Conferencia de Representantes de Miembros el 28 de junio de 2000.

Artículo 47 El derecho de interpretación de los presentes estatutos corresponde a la junta directiva de la asociación.

Artículo 48 Este Estatuto entrará en vigor a partir de la fecha de aprobación por el departamento de gestión de la asociación.