¿Cuáles son las restricciones sobre el período de observación de cumplimiento de ZTE?
2065438+En marzo de 2007, ZTE anunció una investigación con el BIS, el Departamento de Justicia de los EE. UU. (DOJ) y la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los EE. UU. sobre el cumplimiento de la empresa con las leyes de los EE. UU. Regulaciones de control de exportaciones y leyes de sanciones de Estados Unidos. A la luz de las violaciones por parte de la empresa de las leyes de control de exportaciones de EE. UU. y de las leyes y regulaciones estadounidenses relacionadas durante la investigación, la empresa acordó declararse culpable y pagar una multa total de 892 millones de dólares. Además, BIS impuso una multa de suspensión de 300 millones de dólares a la empresa, que no se aplicará después de que la empresa complete los requisitos del acuerdo con BIS durante el período de suspensión de siete años. Según el acuerdo antes mencionado, el acuerdo alcanzado entre ZTE y el DOJ establece un período de observación de tres años. Tres años después de la expiración del período de observación, según el acuerdo alcanzado entre la empresa y BIS, la empresa contratará a un auditor de cumplimiento independiente para emitir un informe de auditoría anual sobre el cumplimiento de la empresa con las leyes de control de exportaciones de EE. UU. y sus obligaciones en virtud del acuerdo. .
Al mismo tiempo, según el acuerdo alcanzado entre ZTE y BIS, BIS emitirá una orden de denegación de siete años, que incluye restringir y prohibir a la empresa solicitar y utilizar cualquier licencia, o comprar o vender. cualquier producto exportado desde los Estados Unidos Bienes sujetos a las regulaciones de control de exportaciones de los EE. UU. Sin embargo, la orden de denegación antes mencionada será suspendida y levantada una vez transcurrido el período de suspensión de siete años.