Red de Respuestas Legales - Información empresarial - En el negocio de financiación de socios, los socios malversaron fondos, pero no registramos la empresa. ¿Se puede procesar esto?

En el negocio de financiación de socios, los socios malversaron fondos, pero no registramos la empresa. ¿Se puede procesar esto?

La clave no es si registrar la empresa, sino si firmar un acuerdo de cooperación formal. Porque incluso si no hay una empresa registrada, las sociedades individuales están protegidas por la ley civil de mi país. Siempre que se firme un acuerdo de cooperación formal, se puede resolver por medios legales. De lo contrario, no puedes.

La base jurídica es la siguiente:

En primer lugar, las normas para determinar la sociedad personal:

Artículo 30 de los “Principios Generales del Derecho Civil” : La asociación personal se refiere a dos partes. Más de un ciudadano proporciona fondos, materiales y tecnología de acuerdo con el acuerdo, opera el negocio en asociación y trabaja en conjunto.

"Tribunal Supremo Popular de Ejecución

49. Aunque las sociedades individuales o los hogares industriales y comerciales individuales son registrados erróneamente como empresas de propiedad colectiva por el departamento administrativo industrial y comercial, deben ser tratados como sociedades individuales o hogares industriales y comerciales individuales.

50. Si no existe contrato de sociedad escrito entre las partes, y éste no ha sido aprobado y registrado por la dirección de administración industrial y comercial, pero cumple otras condiciones de sociedad, y más de dos partes no relacionadas. Demuestre que existe un acuerdo verbal de asociación, el Tribunal Popular puede reconocer la asociación.

Dos. Normas para la celebración y el manejo de acuerdos de sociedad individuales:

Artículo 31 Los socios en un acuerdo de sociedad deberán celebrar acuerdos escritos sobre asuntos tales como aporte de capital, distribución de ganancias, asunción de deuda, entrada en sociedad, retiro de la sociedad y terminación. de asociación.

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46. Los ciudadanos que aporten fondos u objetos físicos según lo acordado y acepten participar en la distribución restante de la sociedad no participarán en la operación ni en el trabajo. de la sociedad, o no prestarán Se consideran socios quienes presten servicios técnicos con fondos o en especie pero acepten participar en la distribución restante.

51. Agregar socios durante el proceso de asociación. Si hay estipulación en el acuerdo escrito, se tramitará de conformidad con la estipulación; si no hay estipulación en el acuerdo escrito, deberá ser aprobada por todos los socios. Cualquier acuerdo sin el consentimiento de todos los socios se considerará inválido.

52. Si un socio se retira de la sociedad y hay estipulación en el contrato escrito, se tramitará conforme al contrato escrito; si no hay estipulación en el contrato escrito, se procederá de conformidad con el contrato escrito. permitido en principio. Sin embargo, si su retiro de la sociedad causa pérdidas a otros socios, para determinar su responsabilidad de indemnización deberán considerarse las causas y motivos de su retiro de la sociedad y las culpas de ambas partes.

53. Si una sociedad sufre pérdidas operativas y un socio no comparte las deudas de la sociedad según lo acordado o razonablemente al retirarse de la sociedad, el socio que se retira será responsable de las deudas de la sociedad original; Si el socio que se retira ya ha compartido las deudas de la sociedad, sigue siendo solidariamente responsable de todas las deudas contraídas durante su participación en la sociedad.

54. Los bienes sociales divididos cuando un socio se retira de la sociedad incluyen los bienes invertidos en la sociedad y los bienes acumulados durante la sociedad, así como los créditos y deudas durante la sociedad. En principio, los artículos originales liquidados deben devolverse al salir; si es difícil devolverlos todos a la vez, puede devolverlos en lotes; si es realmente difícil devolver los originales, puede obtener un descuento; .

55. Cuando se extingue la sociedad, si hay acuerdo escrito, los bienes sociales se manejarán conforme al acuerdo; si no hay acuerdo escrito y no se puede llegar a negociación, si los socios lo desean; Los aportes de capital son iguales, se considerará procedente la opinión de la mayoría. Si el monto del aporte de capital es diferente, el asunto podrá tratarse de acuerdo con las opiniones de los socios cuyo aporte de capital represente más del monto total de la sociedad, pero el Se deben proteger los intereses de otros socios.