Responsabilidad legal por préstamos garantizados por contrato de compraventa
2. Véase el artículo 130 del Capítulo 9 de la Ley de Contratos. Un contrato de compraventa es un contrato en el que el vendedor transfiere la propiedad de la cosa al comprador y el comprador paga el precio.
Artículo 131 Además de lo dispuesto en el artículo 12 de esta Ley, el contenido de un contrato de compraventa también podrá incluir términos tales como métodos de embalaje, normas y métodos de inspección, métodos de liquidación, términos del contrato y su validez, etc. .
Artículo 132 La cosa vendida pertenecerá al vendedor o éste tendrá derecho a disponer de ella.
Si las leyes o reglamentos administrativos prohiben o restringen la transferencia de la materia, prevalecerán tales disposiciones.
Artículo 133 La propiedad de la cosa se transferirá cuando ésta se entregue, salvo disposición legal en contrario o pacto en contrario de las partes.
Artículo 134 Las partes podrán estipular en el contrato de compraventa que si el comprador no paga el precio ni cumple otras obligaciones, la propiedad de la cosa pertenecerá al vendedor.
Artículo 135 El vendedor deberá cumplir la obligación de entregar la cosa al comprador o entregar los documentos para la recepción de la cosa, y transferir la propiedad de la cosa.
Artículo 136 El vendedor entregará al comprador los documentos y materiales pertinentes distintos de los documentos para recibir la cosa de conformidad con el contrato o las prácticas de la transacción.
Artículo 137 Si se vende materia como software de computadora con derechos de propiedad intelectual, los derechos de propiedad intelectual de la materia no pertenecen al comprador, a menos que la ley disponga lo contrario o las partes acuerden lo contrario. .
Artículo 138 El vendedor deberá entregar la cosa dentro del plazo convenido. Si se acuerda un plazo de entrega, el vendedor podrá entregar la mercancía en cualquier momento durante el plazo de entrega.
Artículo 139: Si las partes no se hubieren puesto de acuerdo sobre el plazo de entrega de la cosa o el acuerdo fuere confuso, se aplicará lo dispuesto en el artículo 61, numeral 4 y en el artículo 62 de esta Ley.
Artículo 140: Si la cosa ya se encuentra en posesión del comprador antes de la celebración del contrato, el tiempo de eficacia del contrato será el de la entrega.
Artículo 141 El vendedor deberá entregar la cosa en el lugar convenido.
Si las partes no se han puesto de acuerdo sobre el lugar de entrega o el acuerdo no es claro y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de esta Ley, se aplicarán las siguientes disposiciones:
(1) El objeto debe ser transportado, el vendedor entregará el objeto al primer transportista y se lo entregará al comprador;
(2) No es necesario transportar el objeto, y el comprador y el vendedor saben que el objeto está en un lugar determinado al celebrar el contrato. El vendedor entregará el objeto en ese lugar, si el objeto no se conoce en un lugar determinado, se entregará en el; el establecimiento del vendedor en el momento de la celebración del contrato.
Artículo 142 El riesgo de daño o pérdida de la cosa será soportado por el vendedor antes de la entrega de la cosa y por el comprador después de la entrega, salvo que la ley disponga otra cosa o las partes acuerden otra cosa. .
Artículo 143 Si la cosa no puede entregarse en el plazo convenido por culpa del comprador, éste correrá con el riesgo del daño o pérdida de la cosa desde la fecha del incumplimiento del contrato.
Artículo 144 Si el vendedor vende la cosa entregada al porteador en tránsito, salvo pacto en contrario de las partes, el riesgo de daño o pérdida será a cargo del comprador desde el momento en que se establece el contrato.
Artículo 145 Si las partes no se ponen de acuerdo sobre el lugar de entrega o el acuerdo no es claro, y la materia necesita ser transportada de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del párrafo 2 del artículo 141 de esta Ley , el vendedor Una vez entregado el objeto al primer transportista, el riesgo de daño o pérdida del objeto correrá a cargo del comprador.
Artículo 146 El vendedor deposita la cosa en el lugar de entrega de conformidad con el contrato o de conformidad con el inciso segundo del apartado 2 del artículo 141 de esta Ley. Si el comprador viola el contrato, deberá hacerlo. Si no se recibe, el riesgo de daño o pérdida del objeto será asumido por el comprador desde la fecha del incumplimiento del acuerdo.
Artículo 147 Si el vendedor no entrega los documentos e información relacionados con la cosa según lo acordado, ello no afectará la transferencia del riesgo de daño o pérdida de la cosa.
Artículo 148 Si la calidad de la cosa no se ajusta a los requisitos de calidad, dando lugar a que no se alcance el objeto del contrato, el comprador podrá negarse a aceptar la cosa o resolver el contrato. Si el comprador se niega a aceptar la cosa o rescinde el contrato, el riesgo de daño o pérdida de la cosa será asumido por el vendedor.
Artículo 149 Si el riesgo de daño o pérdida de la cosa es asumido por el comprador, ello no afecta el derecho del comprador a solicitar del vendedor que asuma la responsabilidad por incumplimiento del contrato porque el cumplimiento de la deuda no cumplir con el acuerdo.
Artículo 150 El vendedor está obligado a garantizar que un tercero no reclamará ningún derecho contra el comprador respecto de la cosa entregada, salvo disposición legal en contrario.
Artículo 151 Si el comprador sabe o debe saber que un tercero tiene derechos sobre la cosa vendida al celebrar el contrato, el vendedor no responderá de ninguna de las obligaciones previstas en el artículo 150 de esta Ley. .
Artículo 152 Si el comprador tuviere pruebas concluyentes que acrediten que un tercero puede reclamar derechos sobre la cosa, podrá suspender el pago del precio correspondiente, a menos que el vendedor proporcione las garantías adecuadas.
Artículo 153 El vendedor entregará la cosa conforme a los requisitos de calidad acordados. Si el vendedor proporciona una descripción de la calidad del objeto, el objeto entregado deberá cumplir con los requisitos de calidad de la descripción.
Artículo 154 Si las partes no se han puesto de acuerdo sobre los requisitos de calidad de la materia o el acuerdo no es claro y no puede determinarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de esta Ley, el artículo 62 de esta Ley Se aplicará lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 1.
Artículo 155 Si la cosa entregada por el vendedor no cumple con los requisitos de calidad, el comprador podrá exigir la responsabilidad por incumplimiento del contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 de esta Ley.
Artículo 156 El vendedor entregará la cosa en el modo de embalaje convenido. Si no hubiere acuerdo sobre la forma de envasado o el acuerdo no fuere claro, y no pueda determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de esta Ley, se procederá a su envasado en la forma habitual. Si no existe una forma común, se debe empaquetar de manera que pueda proteger el tema.
Artículo 157 Al recibir la cosa, el comprador deberá inspeccionarla dentro del plazo de inspección acordado. Si no hay un período de inspección acordado, la inspección se llevará a cabo de manera oportuna.
Artículo 158 Si las partes acuerdan un período de inspección, el comprador deberá notificar al vendedor dentro del período de inspección que la cantidad o calidad de la cosa no se ajusta a lo pactado. Si el comprador no notifica dentro del plazo, se considerará que la cantidad o calidad de la cosa se ajusta al acuerdo.
Si las partes no han acordado un período de inspección, el comprador deberá notificarlo al vendedor dentro de un período de tiempo razonable cuando descubra o deba descubrir que la cantidad o calidad de la materia no se ajusta a lo acordado. . Si el comprador no notifica al vendedor dentro de un período de tiempo razonable o dentro de dos años a partir de la fecha de recepción del objeto, se considerará que la cantidad o calidad del objeto cumple con el acuerdo. la materia tiene un período de garantía de calidad, se aplicarán las disposiciones del período de garantía de calidad, no se aplica la regla de los dos años.
Si el vendedor sabe o debe saber que el objeto proporcionado no se ajusta al contrato, el comprador no está sujeto al plazo de notificación especificado en los dos párrafos anteriores.
Artículo 159 El comprador pagará el precio según la cantidad convenida. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en el artículo 61 y en el apartado 2 del artículo 62 de esta Ley.
Artículo 160 El comprador pagará el precio en el lugar convenido. Si no hay acuerdo sobre el lugar de pago o el acuerdo es confuso y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de esta Ley, el comprador pagará en el establecimiento del vendedor. Sin embargo, si se pacta que la condición de pago sea la entrega de la materia o la entrega del documento de recepción de la materia, el pago se realizará en el lugar donde se entregue o entregue la materia.
Artículo 161 El comprador deberá pagar el precio en el tiempo convenido. Si no hay acuerdo sobre el plazo de pago o el acuerdo es confuso y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de esta Ley, el comprador pagará en el mismo momento en que reciba la cosa o saque el documentos de la materia.
Artículo 162 Si el vendedor paga de más por la cosa en cuestión, el comprador puede aceptar el sobrepago o negarse a aceptarlo. Si el comprador recibe el sobrepago, deberá pagar el precio de acuerdo con el precio del contrato; si el comprador se niega a aceptar el sobrepago, lo notificará inmediatamente al vendedor.
Artículo 163 Los frutos de la cosa antes de la entrega pertenecen al vendedor, y los frutos después de la entrega pertenecen al comprador.
Artículo 164 Si el contrato se rescinde por no ajustarse la materia a lo pactado, el efecto de la rescisión se extenderá a las cosas accesorias. Si se disuelve un accesorio de la cosa por no ajustarse al contrato, el efecto de la disolución no es tan bueno como el de la cosa principal.
Artículo 165: La materia es una serie de cosas, y si una de las cosas no se ajusta al contrato, el comprador podrá resolver el contrato por esa cosa, pero no se mantendrá la separación de la materia de otros artículos perjudicarán significativamente el valor de la cosa objeto, las partes podrán rescindir el contrato por varios artículos.
Artículo 166 Si el vendedor entrega la cosa en lotes, si el vendedor no entrega un lote de la cosa o la cosa entregada no se ajusta al acuerdo, resultando en el incumplimiento del objeto del contrato, el comprador podrá liberar el objeto del lote.
Si el vendedor no entrega un lote de materia o la entrega no cumple con el acuerdo, provocando que la entrega de otros lotes de materia en el futuro no pueda lograr el propósito del contrato. , el comprador podrá adquirir la mercancía de ese lote y neutralizar otros lotes futuros de la materia.
Si el comprador cancela un lote de materia que es interdependiente con otros lotes de materia, podrá cancelar los lotes de materia entregados y no entregados.
Artículo 167 Si el comprador que paga a plazos el precio debido le corresponde la quinta parte del precio total, el vendedor podrá exigir al comprador el pago de la totalidad del precio o resolver el contrato.
Si el vendedor rescinde el contrato, podrá exigir al comprador el pago de honorarios por el uso de la cosa.
Artículo 168: Las partes que intervienen en la compraventa a partir de muestras deberán sellar las muestras y podrán dar explicaciones sobre la calidad de las mismas. El objeto entregado por el vendedor deberá ser de la misma calidad que la muestra y su descripción.
Artículo 169 Si el comprador de una venta basada en una muestra no sabe que la muestra es defectuosa, incluso si la materia entregada es la misma que la muestra, la calidad de la materia entregada por el El vendedor seguirá cumpliendo con los estándares habituales de productos similares.
Artículo 170 Las partes en una venta de prueba podrán acordar el período de prueba de la materia. Si no hay acuerdo sobre el período de prueba o el acuerdo es confuso y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de esta Ley, lo determinará el vendedor.
3. Según los artículos 41 y 42 de la "Ley de Seguridad" de mi país, una hipoteca sobre una vivienda debe registrarse antes de que pueda surtir efecto. Si no está registrada en el departamento de registro de viviendas, la hipoteca no puede ser efectiva y ciertamente no puede ser ejecutada por el tribunal.
Puedo acudir personalmente al centro de negociación para solicitar los certificados de identidad de ambas partes de la hipoteca, el certificado inmobiliario original y el contrato de compraventa de la hipoteca.