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Objeto de los derechos de patente

Subjetividad jurídica:

Los objetos protegidos por patentes son las invenciones, los modelos de utilidad y los diseños. Las invenciones son nuevas soluciones técnicas propuestas para productos, métodos o sus mejoras; los modelos de utilidad son nuevas soluciones técnicas prácticas propuestas para la forma, estructura o combinación de productos que se basan en la forma, patrón o combinación de productos; de colores, formas y estampados, proponemos nuevos diseños estéticos y adecuados para aplicaciones industriales.

Objetividad jurídica:

Según lo establecido en la Ley de Patentes, las invenciones y creaciones a las que se conceden derechos de patente incluyen las invenciones, los modelos de utilidad y los diseños. No se conceden derechos de patente sobre descubrimientos científicos, reglas y métodos de actividades intelectuales, métodos de diagnóstico y tratamiento de enfermedades, variedades animales y vegetales (los métodos de producción de productos animales y vegetales pueden patentarse de conformidad con las disposiciones de la Ley de Patentes). sustancias obtenidas por transformación nuclear, etc. Según el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC), los miembros no pueden patentar métodos de diagnóstico, tratamiento y cirugía del cuerpo humano o animal, así como procesos biológicos que produzcan plantas o animales distintos de microorganismos, excepto procesos biológicos y microbianos, excepto que se trata esencialmente de un proceso biológico, pero los Miembros deberían disponer que las obtenciones vegetales deberían protegerse mediante patentes o mediante un sistema específicamente válido o mediante una combinación de ambos. Las disposiciones de la ley de patentes de China son consistentes con los requisitos mínimos para la protección de patentes en el Acuerdo Trips. La ley de patentes de China no otorga derechos de patente para invenciones que violan las leyes nacionales, la ética social o dañan los intereses públicos. A este respecto, el Acuerdo sobre Viajes también contiene disposiciones similares. El artículo 27(2) del Acuerdo sobre los ADPIC establece: “Si es necesario impedir la explotación comercial de una invención en su territorio, incluso para proteger la vida o la salud humana y animal o vegetal o para evitar consecuencias graves para el medio ambiente, los Miembros deberán No concederá patentes para estas invenciones a menos que dicho uso esté prohibido por ley.