Red de Respuestas Legales - Información empresarial - Los padres que tienen relaciones sexuales con niñas menores de 18 años son responsables de una compensación.

Los padres que tienen relaciones sexuales con niñas menores de 18 años son responsables de una compensación.

Análisis jurídico: Tener relaciones sexuales a sabiendas con una niña menor de 14 años, independientemente de que la niña sea voluntaria o no, constituye delito de violación si la niña es mayor de 14 años pero menor de 18, no es ilegal siempre que la niña; Está dispuesto, pero si la niña está dispuesta. Si queda embarazada y da a luz, el hombre debe asumir la obligación de sustentar al niño. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.

Base jurídica: Artículo 236 de la "Ley Penal de la República Popular China" Quien viole a una mujer mediante violencia, coerción u otros métodos será condenado a pena privativa de libertad de no menos de tres años, pero no más de diez años. Cualquiera que viole a una joven menor de catorce años será severamente castigado por el delito de violación. Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte el que viole a una mujer o a una joven y cometa cualquiera de las circunstancias siguientes:

a) Violación de una mujer o niña;

(2) ) Violar a mujeres o violar a varias niñas;

(3) Violar a mujeres o violar a niñas en público en lugares públicos;

(4) Violación en grupo de dos o más personas;

(5) Violar o causar daño a una niña menor de diez años

(6) Causar lesiones graves; , muerte u otras consecuencias graves para la víctima. Artículo 236-1 Si una persona que tiene responsabilidades especiales como tutela, adopción, cuidado, educación, atención médica, etc., sobre una menor de edad mayor de 14 años pero menor de 16, tiene relaciones sexuales con la menor, El infractor será condenado a una pena de prisión de no más de tres años, si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de diez años; Si la conducta del párrafo anterior se comete y constituye un delito previsto en el artículo 236 de la Ley de Costas, será condenado y castigado conforme a las disposiciones de la pena más grave.