¿Es ilegal que los particulares vendan semillas?
Los elementos constitutivos del delito de venta de medicamentos veterinarios falsificados y de mala calidad son los siguientes: 1. El aspecto subjetivo de este delito es la intencionalidad. 2. El objeto de este delito es un tema general. 3. El objeto de este delito es el sistema estatal de supervisión y gestión de la calidad de los materiales de producción agrícola. 4. Este delito se manifiesta objetivamente en la violación de las normas de gestión de la producción, la producción y venta de materiales de producción agrícolas falsos e inferiores, lo que provoca grandes pérdidas a la producción. Según el artículo 23 del "Reglamento de la Fiscalía Popular Suprema y del Ministerio de Seguridad Pública sobre las normas para la presentación y el procesamiento de causas penales bajo la jurisdicción de los órganos de seguridad pública (1)", la producción de pesticidas y medicamentos veterinarios falsos y fertilizantes falsos, y la venta de pesticidas que son deliberadamente falsos o que han perdido su efectividad, medicamentos veterinarios, fertilizantes químicos, semillas, o productores o vendedores que hacen pasar pesticidas, medicamentos veterinarios, fertilizantes químicos y semillas no calificados como pesticidas calificados. , medicamentos veterinarios, fertilizantes químicos o semillas, y se sospecha que se encuentran en una de las siguientes circunstancias, (2) causando pérdidas significativas en la producción en otras situaciones.
Objetividad jurídica:
El artículo 147 de la "Ley Penal" produce pesticidas falsos, medicamentos veterinarios falsos y fertilizantes falsos, y vende pesticidas, medicamentos veterinarios, Cualquier productor o vendedor de productos químicos fertilizantes, semillas, o que haga pasar pesticidas, medicamentos veterinarios, fertilizantes o semillas no calificados como pesticidas, medicamentos veterinarios, fertilizantes o semillas calificados, causando grandes pérdidas a la producción, será condenado a una pena de prisión de no más de tres años. o detención penal, y también será sancionado con O una pena del 50% del monto de las ventas para un solo lugar. El que cause grandes pérdidas a la producción, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y además será multado no menor del 50% ni mayor del doble del monto de las ventas; pérdidas especialmente cuantiosas en la producción serán sancionadas con pena privativa de libertad no inferior a siete años o cadena perpetua, y también se les impondrá una multa no inferior al 50% pero no superior al doble del importe de las ventas o del decomiso de bienes. ser impuesto.