Disposiciones legales para la nulidad de una patente
Artículo 66 del Reglamento de la Ley de Patentes: Si una solicitud de invalidación de derechos de patente no cumple con lo dispuesto en el artículo 19, párrafo 1, de la Ley de Patentes o en el artículo 65 de este Reglamento, se procederá al Reexamen de Patentes. La junta no lo aceptará.
Después de que la Junta de Reexamen de Patentes tome una decisión sobre la solicitud de invalidación, la Junta de Reexamen de Patentes no aceptará la solicitud de invalidación basándose en los mismos motivos y pruebas.
Si se solicita declarar inválido el derecho de patente de diseño por no cumplir con lo dispuesto en el artículo 23, párrafo 3 de la Ley de Patentes, pero no se presenta ninguna prueba que acredite el conflicto de derechos presentada, la Junta de Reexamen de Patentes no aceptará la solicitud.
Si la solicitud de invalidación de derechos de patente no cumple con el formato prescrito, el solicitante de la invalidación deberá realizar las correcciones dentro del plazo designado por la Junta de Reexamen de Patentes si no se realizan correcciones al vencimiento del plazo; límite, la solicitud de nulidad se tendrá por no formulada.
Artículo 46 de la Ley de Patentes: La Junta de Reexamen de Patentes revisará y tomará una decisión con prontitud sobre una solicitud de invalidación de un derecho de patente y notificará al solicitante y al titular de la patente. La decisión de declarar inválido el derecho de patente será registrada y anunciada por el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado.
Si no está satisfecho con la decisión de la Junta de Reexamen de Patentes de declarar inválido el derecho de patente o mantener el derecho de patente, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los tres meses siguientes a la fecha de recepción de la aviso. El tribunal popular notificará a la otra parte en el procedimiento de solicitud de nulidad para que participe en el litigio como tercero.