Red de Respuestas Legales - Información empresarial - Aviso del Banco Popular de China sobre la emisión de las “Medidas Administrativas para Bancos Offshore”.

Aviso del Banco Popular de China sobre la emisión de las “Medidas Administrativas para Bancos Offshore”.

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Para regular el negocio bancario extraterritorial de los bancos, estas Medidas se formulan de conformidad con el "Reglamento de Administración de Divisas de la República Popular China". Artículo 2 Los bancos a que se refieren estas Medidas se refieren a los bancos financiados por China y sus sucursales que han sido aprobados por la Administración Estatal de Divisas para realizar negocios de divisas. Artículo 3 El término "banca extraterritorial" mencionado en estas Medidas se refiere a las actividades financieras de los bancos que absorben fondos de no residentes y los prestan servicios. Artículo 4 El término "no residentes" mencionado en estas Medidas se refiere a personas físicas, personas jurídicas (incluidas empresas de inversión extranjeras registradas en China), agencias gubernamentales, organizaciones internacionales y otras organizaciones económicas, incluidas sucursales en el extranjero de instituciones financieras financiadas por China. , pero no incluye oficinas de representación en el extranjero ni oficinas de instituciones nacionales. Artículo 5 Las monedas operativas de los bancos extraterritoriales se limitan a monedas libremente convertibles. Artículo 6 La Administración Estatal de Divisas y sus sucursales (en adelante, la "Administración de Divisas") son las autoridades reguladoras de los bancos que operan bancos extraterritoriales y son responsables de la aprobación, gestión, supervisión e inspección de los bancos extraterritoriales. Artículo 7 Los bancos operarán bancos extraterritoriales de conformidad con estas Medidas y brindarán servicios a los clientes con referencia a las prácticas internacionales. Capítulo 2 Solicitud de bancos extraterritoriales Artículo 8 Los bancos que operen negocios bancarios extraterritoriales deberán ser aprobados por la Administración Estatal de Divisas y operar dentro del ámbito comercial aprobado. Sin aprobación, los operadores no pueden operar bancos extraterritoriales más allá de su alcance. Artículo 9 Los bancos que cumplan con las siguientes condiciones pueden postularse para operar negocios bancarios extraterritoriales: (1) Cumplir con las leyes y regulaciones financieras nacionales y no haber cometido violaciones importantes de las leyes y regulaciones en los últimos tres años;

( 2) ) Tener la escala prescrita de activos en divisas y un buen desempeño comercial en divisas;

(3) Profesionales en divisas con las calificaciones correspondientes y sin malos antecedentes en actividades comerciales anteriores. Entre ellos, la persona a cargo debe tener más de 5 años de experiencia en negocios de divisas, y al menos el 50% de los demás empleados debe tener más de 3 años de experiencia en negocios de divisas;

(4) Tener completar las normas y reglamentos internos de gestión y sistemas de control de riesgos;

(5) Contar con lugares e instalaciones adecuados para negocios extraterritoriales;

(6) Otras condiciones requeridas por la Administración Estatal de Divisas . Artículo 10 Un banco que solicite operar un banco extraterritorial deberá presentar los siguientes documentos e información a la oficina de cambio de divisas:

(a) Formulario de solicitud para operar un banco extraterritorial;

( 2) Solicitud para operar un banco extraterritorial Informe de viabilidad del banco extraterritorial;

(3) Copia de la licencia comercial de divisas original;

(4) Funcionamiento de las normas de gestión interna y sistema de control de riesgos del banco extraterritorial;

(5) Balances y estados de pérdidas y ganancias de los últimos tres años (estados consolidados en moneda extranjera, estados consolidados en RMB y moneda extranjera

(6) Nombre de las personas a cargo de bancos extraterritoriales y otros profesionales, currículum vitae y certificado de calificación de practicante de divisas emitido por la Administración Estatal de Divisas;

(7) Introducción al negocio bancario extraterritorial locales e instalaciones;

(8) Requisitos de la Administración Estatal de Divisas otros documentos e información.

Además de los documentos e información mencionados anteriormente, la sucursal bancaria también debe presentar documentos de su oficina central que acuerden establecer un banco extraterritorial, una carta de autorización emitida por la oficina central para operar un banco extraterritorial. y un informe de aceptación para la preparación de un banco offshore. Artículo 11 La solicitud de la oficina central de un banco para operar un banco extraterritorial estará sujeta a la revisión y aprobación de la Administración Estatal de Divisas; la solicitud de una sucursal bancaria para operar un negocio bancario extraterritorial estará sujeta a una revisión preliminar por parte de la oficina de cambio local y luego presentado a la Administración Estatal de Divisas para su aprobación. Artículo 12 Después de recibir la solicitud de un banco para operar negocios bancarios extraterritoriales, la Administración Estatal de Divisas la revisará y emitirá una respuesta dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha de recepción del informe de la solicitud. Para los bancos que no cumplan las condiciones para establecer bancos extraterritoriales, la Administración Estatal de Divisas devolverá sus solicitudes. A partir de la fecha de devolución, el banco no volverá a solicitar el mismo contenido en un plazo de 6 meses. Artículo 13 Si un banco autorizado para operar negocios extraterritoriales no abre negocios dentro de los seis meses a partir de la fecha de aprobación, se considerará que ha terminado automáticamente sus negocios bancarios extraterritoriales. La Administración Estatal de Divisas tiene la facultad de cancelar su calificación para operar un banco extraterritorial. Artículo 14 Cuando un banco solicite suspender las actividades bancarias extraterritoriales, deberá presentar los siguientes documentos e información a la oficina de cambio de divisas:

(1) Informe de solicitud de suspensión de bancos extraterritoriales;

( 2) Descripción detallada del cierre del banco extraterritorial (incluidos los motivos del cierre del banco extraterritorial y las medidas y pasos para liquidar los reclamos y deudas después del cierre del banco extraterritorial);

( 3) Otros documentos e información requerida por la Administración Estatal de Divisas.

Además de los documentos e información anteriores, la sucursal bancaria también debe presentar documentos de su oficina central que acuerden la suspensión del negocio bancario extraterritorial. Artículo 15 Después de recibir una solicitud de un banco para dejar de operar negocios bancarios extraterritoriales, la Administración Estatal de Divisas dará su aprobación dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. Sólo después de la aprobación de la Administración Estatal de Divisas los bancos pueden cerrar los bancos extraterritoriales. Artículo 16 Los bancos podrán solicitar algunos o todos los siguientes bancos extraterritoriales:

(1) Depósitos en moneda extranjera;

(2) Préstamos en moneda extranjera;

(3) ) Préstamos interbancarios en divisas;

(4) Liquidación internacional;

(5) Emisión de grandes certificados de depósito negociables;

( 6) Garantía de divisas;

(7) Negocios de consultoría y testificación;

(8) Otros negocios aprobados por la Administración Estatal de Divisas.