Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Se pueden utilizar los bosques contratados por particulares para entierros? ¿Tiene el contratista derecho a enterrar la tumba? ¿Existe alguna normativa relevante?

¿Se pueden utilizar los bosques contratados por particulares para entierros? ¿Tiene el contratista derecho a enterrar la tumba? ¿Existe alguna normativa relevante?

1. Los árboles forestales contratados por particulares no podrán utilizarse para tumbas. El contratista no tiene derecho a construir tumbas en el terreno forestal contratado.

2. Las personas que contratan bosques sólo tienen derecho a explotarlos y beneficiarse de ellos, y no tienen derecho a construir edificios y otras instalaciones en el terreno forestal a voluntad. Además, según el "Reglamento de gestión funeraria", está prohibido construir tumbas en terrenos forestales.

Reglamento de gestión funeraria

El artículo 10 prohíbe la construcción de tumbas en las siguientes zonas:

(1) Tierras cultivadas y tierras forestales;

(2) ) Parques urbanos, lugares escénicos y áreas de protección de reliquias culturales;

(3) Cerca de embalses, presas de ríos y áreas de protección de fuentes de agua;

(4) Ambos lados de ferrocarriles y líneas troncales de carreteras.

Las fosas existentes dentro del área especificada en el párrafo anterior, excepto los cementerios con valor histórico, artístico y científico protegidos por el Estado, serán trasladadas o enterradas dentro de un plazo determinado, no dejándose ninguna tumba. .