Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Han sido descalificados miembros del comité de propietarios por falta de pago de cuotas?

¿Han sido descalificados miembros del comité de propietarios por falta de pago de cuotas?

Análisis Legal: Por supuesto que no. En primer lugar, a juzgar por las calificaciones de los miembros del comité de propietarios, los propietarios que adeudan derechos de propiedad no son elegibles para ser candidatos a miembros del comité de propietarios. En segundo lugar, los miembros del comité de propietarios deben cumplir sus obligaciones como propietarios de manera ejemplar, y los propietarios que no pagan derechos de propiedad obviamente no son modelos a seguir. También violó las leyes y reglamentos nacionales pertinentes. Por lo tanto, en términos de calificaciones, los propietarios que están en mora no están calificados para convertirse en un comité de propietarios.

Base legal: Artículo 42 del "Reglamento de Administración de la Propiedad" los propietarios pagarán los honorarios del servicio de la propiedad de acuerdo con el contrato de servicio de la propiedad.

Artículo 31 de las “Reglas Rectores para la Conferencia de Propietarios y el Comité de Propietarios” El comité de propietarios es elegido por la reunión de la conferencia de propietarios y está formado por un número impar de 5 a 11. Los miembros del comité de propietarios deben ser propietarios dentro del área de administración de la propiedad y cumplir con las siguientes condiciones:

(1) Tener plena capacidad para conducta civil;

(2) Cumplir con las normas nacionales pertinentes. leyes y reglamentos;

(3) Cumplir con las reglas de procedimiento y reglamentos de gestión de la asamblea de propietarios, y cumplir con las obligaciones de los propietarios de manera ejemplar;

(4) Estar entusiasmado con el bienestar público, tener un fuerte sentido de responsabilidad y ser justo y recto;

(5) Tener ciertas habilidades organizativas;

(6) Tener las horas de trabajo necesarias.