¿Pueden casarse los hijos de dos tías y hermanas?
Según las disposiciones legales, los parientes consanguíneos directos y los parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones no pueden casarse. Los hijos de dos tías y hermanas son parientes consanguíneos de cuarta generación y, en teoría, pueden casarse. La gente suele tener la idea de evitar a los parientes cercanos para mantener sanas a sus familias. Aunque la ley no prohíbe el matrimonio entre parientes consanguíneos de cuarta generación, desde una perspectiva genética, el matrimonio consanguíneo puede aumentar el riesgo de enfermedades genéticas. Por lo tanto, incluso si la ley lo permite, se deben considerar los posibles efectos sobre la salud y los conceptos sociales y decidir cuidadosamente si se casa o no.
Disposiciones legales sobre parentesco:
1. Parientes consanguíneos directos: se refiere a las relaciones de parentesco con vínculos de sangre, como entre padres e hijos.
2. tres generaciones Parientes consanguíneos colaterales: incluidos hermanos y hermanas, tíos y tías, sobrinos y sobrinas, sobrinas y sobrinos, etc.
3. Suegros directos: se refiere a los parientes directos formados a través del matrimonio, como suegros, suegros, nueras, yernos, etc. ;
4. Suegros colaterales dentro de tres generaciones: incluidos hermanos y hermanas del cónyuge, hermanos y hermanas del cónyuge, etc.
En resumen, si bien los hijos de dos tías y dos hermanas son parientes consanguíneos de cuarta generación según la ley y pueden casarse, ante el concepto tradicional de evitar parientes cercanos y riesgos genéticos para la salud, Sociedad e individuos Al tomar la decisión de casarse, aún es necesario considerar plenamente estos factores y actuar con precaución.
Base jurídica:
Código Civil de la República Popular China
Artículo 1048
Está prohibido el matrimonio entre parientes consanguíneos directos o colaterales. parientes consanguíneos dentro de tres generaciones.
Artículo 1051
El matrimonio es nulo en cualquiera de las circunstancias siguientes:
(1) Bigamia;
(2) Las que tengan relaciones familiares que prohíban el matrimonio;
(3) Quienes no hayan alcanzado la edad legal para contraer matrimonio.