Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Es un testamento escrito por un individuo legalmente válido sin certificación notarial?

¿Es un testamento escrito por un individuo legalmente válido sin certificación notarial?

Análisis Legal: Válido. Sin embargo, un testamento notariado tiene el mayor efecto legal. La escrituración del testamento debe ser realizada por el testador a través de un notario. La formalización de un testamento requiere que el testador acuda personalmente a la notaría de su lugar de residencia y no puede encomendar a otros que actúen en su nombre. Si el testador no puede acudir personalmente a la notaría para la certificación de su testamento debido a enfermedad u otras razones especiales, puede solicitar a la notaría que envíe un notario a la ubicación del testador para la certificación notarial. Vale la pena señalar que si el testador desea cambiar o revocar el testamento original notariado, también deberá acudir a la notaría original para hacerlo.

Base jurídica: ¿Artículo 133 del Código Civil de la República Popular China? La persona natural podrá otorgar testamento para disponer de bienes muebles de conformidad con las disposiciones de esta ley, y podrá nombrar un albacea.

Una persona física puede hacer testamento y especificar que los bienes muebles serán heredados por uno o más herederos legales.

Una persona física puede otorgar testamento y donar bienes muebles al Estado, a una colectividad o a una organización o individuo distinto del heredero legal.

Las personas físicas pueden constituir fideicomisos testamentarios de conformidad con la ley.

Artículo 25 de la "Ley de notarización de la República Popular China"* * *Las personas físicas, personas jurídicas u otras organizaciones podrán solicitar la notarización ante la notaría del lugar de domicilio, residencia habitual, lugar de la conducta o del lugar donde ocurre el hecho. Las solicitudes de escrituración de bienes inmuebles deberán presentarse en la notaría donde se encuentre el inmueble; para la escrituración de encomiendas, declaraciones, donaciones, testamentos, etc., de bienes inmuebles, se estará a lo dispuesto en el párrafo anterior.