Las condiciones de examen para la sustancia patentada no incluyen
El contenido del examen de fondo incluye:
Si cumple con lo dispuesto en los artículos 5 y 25 de la Ley de Patentes, es decir, si el objeto de la solicitud de patente viola las leyes nacionales y la ética social o obstaculiza el interés público, ya sea que entre en el ámbito en el que no se pueden otorgar derechos de patente o cumpla con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley de Patentes, es decir, si el solicitante va más allá de lo que es; indicado en la descripción original (incluidos los dibujos) y las reivindicaciones al revisar la solicitud o el alcance de la solicitud si cumple con las disposiciones del artículo 33 de la Ley de Patentes, es decir, si la solicitud de patente cumple con los requisitos de unidad; cumple con la definición de invención estipulada en la Ley de Patentes y su reglamento de desarrollo, es decir, las nuevas invenciones propuestas para productos, métodos o sus mejoras, si cumple con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de Desarrollo de la Patente; Ley, es decir, si la invención escrita en la solicitud de patente cumple con los requisitos prescritos, dando una descripción clara y completa de la invención que se pretende proteger, de modo que los técnicos en el campo técnico puedan reconocerla. Si cumple con lo dispuesto en el artículo. 20 de las Normas de Aplicación de la Ley de Patentes, es decir, si la reivindicación expresa de forma clara y concisa el alcance de la protección solicitada, si la reivindicación se basa en la descripción y si la reivindicación independiente contiene toda la tecnología necesaria para resolver el problema técnico. de la invención. Y si cumple con los requisitos de prioridad de la aplicación, etc.
(1) Si cumple con las disposiciones del artículo 5 de la Ley de Patentes, es decir, si el objeto de la solicitud de patente viola las leyes nacionales, la ética social o daña los intereses públicos;
(2) Si cumple con las disposiciones del artículo 25 de la Ley de Patentes, es decir, si el objeto de la solicitud de patente se encuentra dentro del ámbito para el cual no se pueden otorgar derechos de patente;
(3) Si cumple con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Patentes, es decir, si el objeto de la solicitud de patente es Si cumple con los requisitos de unidad;
(4) Si cumple lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley de Patentes, es decir, si el solicitante excede la especificación original (incluidos los apéndices) al modificar la solicitud o presentar una solicitud divisional (Figura) y el alcance registrado en las reivindicaciones;
(5) Si se ajusta a la definición de invención estipulada en la Ley de Patentes y su reglamento de desarrollo, es decir, una nueva solución técnica propuesta para un producto, método o mejora del mismo.
(6) Si cumple con lo dispuesto en el artículo 18 de las Normas de Desarrollo de la Ley de Patentes, es decir, si la redacción de la solicitud de patente de invención cumple con los requisitos prescritos, dando una respuesta clara y descripción completa de la invención que se requiere proteger, de modo que la tecnología relacionada pueda ser realizada por personas expertas en la materia;
(7) Si cumple con las disposiciones del Artículo 20 de las Reglas de Implementación de la Ley de Patentes, es decir, si las reivindicaciones establecen de forma clara y concisa el alcance de la protección, y si las reivindicaciones se basan en la descripción, si la reivindicación independiente contiene todas las características técnicas necesarias para resolver el problema técnico que debe resolver la invención.
(8) Si la solicitud cumple con los requisitos de prioridad, si se descubre que otra persona presentó otra solicitud de patente sobre el mismo tema entre la fecha de prioridad y la fecha de presentación, o si se descubre mediante una búsqueda que durante durante este período, si se divulgan los documentos pertinentes, se revisará la reivindicación de prioridad y al mismo tiempo se juzgará la patentabilidad de la solicitud de patente de invención sobre la base de los documentos comparativos recuperados; Dentro de los tres años siguientes a la fecha de la solicitud, la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual podrá realizar un examen de fondo de la solicitud sobre la base de la solicitud realizada por el solicitante en cualquier momento si el solicitante no solicita un examen de fondo más allá del plazo sin motivos justificables; , se tendrá por desistida la solicitud. Cuando sea necesario, la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual puede examinar por sí sola las solicitudes de patentes de invención.
Artículo de referencia:/subtitle/162403/162403 htm
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