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Ley de Derecho de Autor de la República Popular China (revisión de 2010)

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de proteger los derechos de autor y los derechos e intereses relacionados con los derechos de autor de los autores de obras literarias, artísticas y científicas, fomentar la creación y difusión de obras que sean beneficiosas para la construcción de la civilización espiritual y la civilización material socialistas. y promover el desarrollo y la prosperidad de los emprendimientos culturales y científicos socialistas, de conformidad con la Constitución, se promulga la presente ley. Artículo 2 Las obras de ciudadanos chinos, personas jurídicas u otras organizaciones, ya sean publicadas o no, gozarán de derechos de autor de conformidad con esta Ley.

Los derechos de autor disfrutados por extranjeros y apátridas de conformidad con el acuerdo firmado entre el país de origen o residencia habitual del autor y China o los tratados internacionales en los que China sea parte estarán protegidos por esta ley.

Si las obras de extranjeros o apátridas se publican por primera vez en China, gozarán de derechos de autor de conformidad con esta ley.

Las obras de autores y apátridas de países que no hayan firmado un acuerdo con China o no hayan participado en tratados internacionales deberán publicarse primero en los estados miembros de los tratados internacionales de los que China sea parte, o publicados simultáneamente en los Estados miembros y en los Estados no miembros protegidos por esta ley. Artículo 3 Las obras a que se refiere esta Ley incluyen obras de literatura, arte, ciencias naturales, ciencias sociales, tecnología de ingeniería, etc. Creado en las siguientes formas:

(1) Obras escritas

(2) Obras orales

(3) Música, teatro, arte popular, danza; , obras de acrobacia;

(4) obras de arte y arquitectura;

(5) obras fotográficas;

(6) obras cinematográficas y obras creadas con películas similares; métodos;

(7) Dibujos de diseño de ingeniería, dibujos de diseño de productos, mapas, diagramas esquemáticos y otros trabajos gráficos y modelos;

(8) Software de computadora;

( 9) Otras obras previstas por leyes y reglamentos administrativos. Artículo 4 Los titulares de derechos de autor no violarán la Constitución y las leyes ni dañarán los intereses públicos. El Estado supervisa y gestiona la publicación y difusión de las obras de conformidad con la ley. Artículo 5 Esta Ley no se aplica a:

(1) Las leyes, reglamentos, resoluciones, decisiones, órdenes de organismos estatales y otros documentos legislativos, administrativos y judiciales y sus traducciones oficiales;

(2) Noticias de actualidad;

(3) Calendario, tabla numérica general, tablas generales y fórmulas. Artículo 6 Las medidas de protección de los derechos de autor de las obras literarias y artísticas populares serán formuladas por separado por el Consejo de Estado. Artículo 7 El departamento administrativo de derechos de autor del Consejo de Estado es responsable de la gestión de los derechos de autor en todo el país. Los departamentos administrativos de derechos de autor de los gobiernos populares de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central son responsables de la gestión de los derechos de autor de sus propias regiones administrativas; . Artículo 8 Los titulares de derechos de autor y derechos relacionados con los derechos de autor podrán autorizar a las organizaciones de gestión colectiva de derechos de autor a ejercer los derechos de autor o derechos relacionados con los derechos de autor. Una vez autorizada, una organización de gestión colectiva de derechos de autor puede hacer valer derechos en nombre de los propietarios de derechos de autor y de los titulares de derechos relacionados con los derechos de autor en su propio nombre, y puede participar como parte en actividades de litigio y arbitraje que involucren derechos de autor o derechos relacionados con los derechos de autor.

Las organizaciones de gestión colectiva de derechos de autor son organizaciones sin fines de lucro. Sus métodos de establecimiento, derechos y obligaciones, recaudación y distribución de derechos de licencia de derechos de autor y supervisión y gestión están estipulados por separado por el Consejo de Estado. Capítulo 2 Derechos de autor Sección 1 Propietarios de derechos de autor y sus derechos Artículo 9 Los propietarios de derechos de autor incluyen:

(1) Autor;

(2) Otros ciudadanos que disfrutan de derechos de autor de acuerdo con esta ley, legal persona u otra organización.

Artículo 10 Los derechos de autor incluyen los siguientes derechos personales y derechos de propiedad:

(1) El derecho a publicar, es decir, el derecho a decidir si una obra debe hacerse pública;

( 2) El derecho a autorizar, es decir, a indicar la identidad del autor. El derecho a firmar en la obra;

(3) El derecho a modificar, es decir, el derecho a modificar o autorizar. otros para modificar la obra;

(4) El derecho a proteger la integridad de la obra, es decir, proteger la obra de distorsiones, el derecho a manipularla;

( 5) El derecho a reproducir, es decir, el derecho a hacer una o más copias de la obra mediante impresión, fotocopia, frotamiento, grabación, videograbación, duplicación o reproducción;

(6) Derechos de distribución, que es, el derecho a proporcionar originales o copias de obras al público vendiéndolas o donándolas;

(7) Derechos de alquiler, es decir, conceder licencias temporales a otros para utilizar obras cinematográficas, derechos sobre obras y software informático creado utilizando métodos similares a la realización de películas, excepto cuando el software de computadora no sea el objeto principal del contrato de arrendamiento;

(8) Derechos de exhibición, es decir, exhibir públicamente los originales de obras artísticas, obras fotográficas o derecho a realizar copias;

(9) Derechos de interpretación, es decir, el derecho a interpretar públicamente la obra y a difundir públicamente la interpretación de la obra de diversas maneras;

(10 ) Derechos de proyección, es decir, a través del derecho a reproducir públicamente obras de arte, fotografías, películas y obras creadas mediante métodos similares a la realización cinematográfica utilizando equipos técnicos como proyectores y proyectores de diapositivas;

(11) Radiodifusión derechos, es decir, la radiodifusión pública o la difusión de obras por medios inalámbricos, El derecho a difundir al público obras radiodifundidas por cable o retransmisión, y a difundir obras radiodifundidas al público a través de altavoces u otros instrumentos similares que transmitan símbolos, sonidos, e imágenes;

(12) Derechos de difusión de la red de información, es decir, proporcionar la obra al público a través de medios alámbricos o inalámbricos, para que el público pueda obtener el derecho a la obra en el momento y lugar de su elección;

(13) El derecho a hacer películas, es decir, haciendo películas o producciones similares. El derecho a fijar la obra en el soporte mediante el método de la película;

(14) El derecho a adaptar, es decir, el derecho a cambiar la obra y crear una nueva obra original;

(10) 5) Derechos de traducción, es decir, el derecho a convertir obras de un idioma a otro idioma;

(16) Derechos de compilación, es decir, el derecho a seleccionar u organizar obras o fragmentos de obras en derechos de nuevas obras;

(17) Otros derechos que ser disfrutado por el propietario de los derechos de autor.

El titular de los derechos de autor podrá permitir que otros ejerzan los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo anterior y reciban una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta Ley.

El titular de los derechos de autor podrá transferir todo o parte de los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo 1 de este artículo, y recibir una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta ley. .