Red de Respuestas Legales - Información empresarial - La "Ley de Promoción de la Educación Familiar de la República Popular China" estipula que las personas físicas, jurídicas y organizaciones no constituidas en sociedad pueden establecer hogares de conformidad con la ley.

La "Ley de Promoción de la Educación Familiar de la República Popular China" estipula que las personas físicas, jurídicas y organizaciones no constituidas en sociedad pueden establecer hogares de conformidad con la ley.

Las personas naturales, jurídicas y organizaciones no constituidas en sociedad podrán establecer agencias de servicios de educación familiar sin fines de lucro de conformidad con la ley. Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes pueden adoptar medidas de apoyo tales como subsidios gubernamentales, incentivos y compra de servicios para cultivar instituciones de servicios de educación familiar. Los departamentos pertinentes, como los de educación, asuntos civiles, salud y supervisión y gestión del mercado, deben proporcionar orientación y supervisión a las agencias y profesionales de servicios de educación familiar dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades y de conformidad con la ley.

Extensión: La educación familiar se refiere al cultivo, orientación e influencia de los padres u otros tutores sobre el carácter moral, la calidad física, las habilidades para la vida, la alfabetización cultural, los hábitos de comportamiento y otros aspectos de los menores con el fin de promover la Crecimiento integral y saludable de los menores. La educación familiar toma la educación moral como su tarea fundamental, cultiva y practica los valores socialistas fundamentales, promueve la excelente cultura tradicional, la cultura revolucionaria y la cultura socialista avanzada de la nación china y promueve el crecimiento saludable de los menores.

Base jurídica:

Ley de Promoción de la Educación Familiar de la República Popular China

Artículo 11 El Estado fomenta la investigación sobre educación familiar y anima a los colegios y universidades a ofrecer cursos profesionales sobre educación familiar apoyar a los colegios y universidades normales calificados para fortalecer la construcción de disciplinas de educación familiar, cultivar profesionales del servicio de educación familiar y cultivar talentos en el servicio de educación familiar.

Artículo 12 El Estado alienta y apoya a las personas naturales, jurídicas y organizaciones no constituidas en sociedad a donar o prestar servicios voluntarios para la educación familiar, y otorga incentivos fiscales a quienes cumplan con las condiciones de conformidad con la ley.

El estado elogia y recompensa a las organizaciones e individuos que han realizado contribuciones destacadas a la educación familiar de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

Artículo 36 Las personas naturales, jurídicas y organizaciones sin personalidad jurídica podrán constituir instituciones sin fines de lucro de servicios de educación familiar de conformidad con la ley.

Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes pueden adoptar medidas de apoyo como subsidios gubernamentales, incentivos y compra de servicios para cultivar instituciones de servicios de educación familiar.

Los departamentos pertinentes, como los de educación, asuntos civiles, salud y supervisión y gestión del mercado, deben proporcionar orientación y supervisión a las agencias y profesionales de servicios de educación familiar dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades de conformidad con la ley.