Plazo para no solicitar reconsideración
Si el denunciante no está satisfecho con la decisión de no presentar el caso, puede presentar una solicitud por escrito de reconsideración al órgano de seguridad pública (departamento de audiencias del caso) que tomó la decisión original dentro de los 7 días posteriores a la recepción de la decisión. "Aviso de no presentar el caso".
Hay seis situaciones en las que los órganos de seguridad pública no registrarán un caso: las circunstancias son obviamente menores, el daño no es grande, no se considera un delito, el delito ha prescrito para el procesamiento, el indulto está exento de castigo, el caso se maneja de acuerdo con la ley penal y el delito no se notifica ni retira, el sospechoso o acusado muere, o queda exento de responsabilidad penal de acuerdo con la ley. Los detalles son los siguientes:
1. Las circunstancias son obviamente menores y el daño no es grande, por lo que no se considera un delito. Al trazar una línea clara entre el delito y el no delito, las personas inocentes están protegidas del procesamiento penal;
2. El delito ha prescrito. La legislación penal de nuestro país establece claramente el plazo de prescripción del procesamiento, el cual debe ser observado y aplicado durante el proceso de presentación;
3. Un indulto es una medida adoptada por el Estado para aliviar parte o la totalidad del castigo por determinados delitos o infractores específicos. Los delitos que han sido indultados no deben abrirse a investigación;
4. Para los delitos que se manejan de conformidad con la ley penal, no se retira ningún procesamiento ni procesamiento. Los casos que se tramitan después de la notificación son casos de persecución penal privada, y la víctima tiene la autonomía para decidir si responsabiliza penalmente al imputado de conformidad con la ley;
5. Si el sospechoso o acusado muere, la persona que tiene responsabilidad penal ya no existe, no tiene sentido perseguir la responsabilidad penal del fallecido y el caso no se archiva;
6. y las normas establecen que se debe eximir de responsabilidad penal. Si una persona mentalmente enferma no puede identificar o controlar su propio comportamiento, no será penalmente responsable de las consecuencias perjudiciales.
Base Legal
Reglamento Procesal de los Órganos de Seguridad Pública en la Atención de Casos Penales
Artículo 179 Si el denunciante no está satisfecho con la decisión de no presentar el caso, deberá Podrá dentro de los siete días siguientes a la notificación de no presentación del caso, solicitar reconsideración ante el órgano de seguridad pública que tomó la decisión. El órgano de seguridad pública tomará una decisión dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la solicitud de reconsideración y enviará la carta de decisión al denunciante.
Si el denunciante no está satisfecho con la decisión de no presentar el caso para revisión, puede solicitar la revisión a la agencia de seguridad pública de nivel superior dentro de los siete días posteriores a la recepción de la decisión de revisión pública; La agencia de seguridad tomará una decisión dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la solicitud de revisión. Si el órgano de seguridad pública de nivel superior revoca la decisión de no presentar un caso, el órgano de seguridad pública de nivel inferior deberá implementarla.
Si el caso es grave o complejo, el órgano de seguridad pública podrá ampliar el plazo de reconsideración o revisión, pero el plazo de prórroga no podrá exceder de 30 días, debiendo ser notificado por escrito al solicitante.