Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Por qué China no investigó los crímenes de Shiro Ishii en ese momento?

¿Por qué China no investigó los crímenes de Shiro Ishii en ese momento?

Análisis jurídico:

La capacidad de ser penalmente responsable por delitos relacionados con las drogas se refiere a la capacidad de los delincuentes relacionados con las drogas para identificar correctamente la naturaleza social y el significado de sus acciones, y para controlar y dominar sus acciones. Edad de responsabilidad penal por delitos de drogas: (1) Cualquier persona que haya cumplido 16 años será responsable penal por delitos de drogas. (2) Si una persona mayor de 14 años pero menor de 16 comete el delito de tráfico de drogas, incurrirá en responsabilidad penal. (3) Si una persona mayor de 14 años pero menor de 18 años comete un delito de drogas, se le impondrá una pena más leve o reducida.

Base jurídica:

Primero, el límite entre este delito y el no delito 1 es si es subjetivamente intencional. Este delito es intencional y tiene como finalidad insultar la bandera nacional y el emblema nacional. Por tanto, objetivamente, si la bandera nacional o el emblema nacional son insultados por accidente o negligencia, no constituye delito. Como se mencionó anteriormente, si es intención indirecta, no constituye este delito. 2. Si su conducta ha alcanzado cierto nivel de daño. Después de una consideración exhaustiva de los medios, motivos, consecuencias, frecuencia y momentos de insultar la bandera nacional o el emblema nacional, si se considera que las circunstancias son menores o las circunstancias son evidentemente menores y el daño no es grande, no constituye un crimen. 3. Si reunir una multitud para insultar la bandera nacional o el emblema nacional constituye un delito, generalmente sólo los cabecillas y los participantes activos serán considerados penalmente responsables. Los demás participantes coaccionados o los simples espectadores podrán criticar y educar o imponer las sanciones administrativas que correspondan, y ello. no debe ser castigado como un delito. En segundo lugar, la frontera entre este delito y el delito de comisión de otros actos delictivos. Si el autor sustrae la bandera nacional o el emblema nacional con fines de posesión, o los sustrae en un lugar público, incluso si la bandera nacional o el emblema nacional son insultados durante el hurto, hurto o robo, será sancionado por el delito de hurto, hurto o hurto. Otros que obstaculicen violentamente a jueces y fiscales en el desempeño de sus funciones conforme a la ley, insulten el escudo nacional que portan o incluso rompan el escudo nacional que cuelga en el tribunal de primera instancia, o utilicen diversos medios para reunir personas en agencias, unidades o grupos para con el propósito de satisfacer demandas irrazonables, aquellos que causan problemas frente a la puerta e insultan la bandera nacional o el emblema nacional deben ser tratados como delitos imaginarios y castigados como el delito de obstrucción de actividades oficiales, alteración del orden judicial y alteración del orden social, respectivamente. , en lugar de insultar.