¿Qué debo hacer si me roban mi información personal y se produce evasión fiscal?
Artículo 253-1 del Derecho Penal: Delito de violación de la información personal de los ciudadanos. Viola las regulaciones nacionales pertinentes y vende o proporciona información personal de los ciudadanos a otros. Si las circunstancias son graves, se le impondrá pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva, y concurrente o únicamente con multa, si las circunstancias son especialmente graves, se le impondrá pena privativa de libertad de hasta tres años; no menos de tres años ni más de siete años, y también multa. Cualquiera que viole las normas nacionales pertinentes al vender o proporcionar a otros información personal de ciudadanos obtenida en el desempeño de sus funciones o prestación de servicios será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Quien robe u obtenga ilegalmente información personal de los ciudadanos por otros métodos será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1. Si una unidad comete los delitos previstos en los tres párrafos anteriores, será multada y las disposiciones de los párrafos respectivos se aplicarán a su supervisor directamente responsable y al resto del personal directamente responsable.