Red de Respuestas Legales - Información empresarial - ¿Quién no paga el impuesto de timbre?

¿Quién no paga el impuesto de timbre?

Los contratos que no necesitan pagar impuesto de timbre incluyen:

1 Si hay tanto un pedido como un contrato de compraventa, el pedido no se cancelará;

2. firmado entre instituciones no financieras. El contrato no necesita calcomanías;

3. Acuerdo de inversión de capital, no se requiere calcomanías;

4. Continuar usando contratos vencidos sin calcomanías;

5. Contrato de agencia, Sin calcomanías;

6. Los documentos de envío emitidos para equipaje y paquetes exprés no requieren calcomanías;

7. gravado sobre el contrato de suministro de energía firmado entre la red eléctrica y el usuario;

8. Los contratos de contabilidad y auditoría no requieren calcomanías;

9.

10. Los garantes, tasadores, etc. en contratos tripartitos Los terceros que no participan en el contrato no están obligados a pagar el impuesto de timbre.

Los certificados de exención del impuesto de timbre incluyen:

1. Una copia o fotocopia del certificado de pago del impuesto de timbre

2. gobierno o sociedad Para unidades de bienestar y escuelas, siga este libro

3. Otros certificados de exención de impuestos aprobados por el Ministerio de Finanzas. Los errores en la declaración del impuesto de timbre se pueden corregir. Simplemente solicite los cambios a la autoridad fiscal competente donde se encuentra ubicada la institución.

En resumen, se enumera el alcance de la recaudación del impuesto de timbre. Los contratos o documentos con carácter contractual que no estén enumerados no necesitan pagar impuesto de timbre.

Base jurídica:

Artículo 2 del Reglamento provisional sobre el impuesto de timbre

Son vales imponibles los siguientes vales:

(1) Contratos de compra, venta y tramitación, contratos de proyectos de construcción, arrendamiento de inmuebles, transporte de carga, almacenamiento, préstamos, seguros de propiedad, contratos de tecnología o documentos de carácter contractual;

(2) Transferencia de derechos de propiedad;

(3) ) Libros de cuentas empresariales;

(4) Derechos y permisos;

(5) Otros comprobantes fiscales que determine el Ministerio de Hacienda.