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Pregunta profesional: ¿La entrega de bienes sin factura está incluida en el ámbito de reclamaciones de seguro?

1. El destinatario era originalmente el comprador de la mercancía. El transportista aceptó la copia del conocimiento de embarque y la carta de garantía para liberar la mercancía, en lugar de confabularse con el destinatario para engañar al verdadero propietario de la mercancía. La inconsistencia entre el destinatario y el titular del conocimiento de embarque se debe a que el destinatario no solo no pagó por adelantado, sino que tampoco pagó a tiempo después de recoger las mercancías, lo que provocó que el conocimiento de embarque no pudiera transferirse normalmente. Sin embargo, la carta de garantía es válida en este momento porque no es una carta de garantía de mala fe.

2. La entrega de mercancías sin documento constituye una violación de la obligación del transportista de entregar las mercancías contra documento. Aunque la garantía sea válida, sólo es válida entre dos personas y no puede utilizarse contra un tercero.

3. No pertenece. Según las Cláusulas de Seguro de Carga de Transporte Marítimo de la Compañía de Seguros Popular de China (1/1/1981), todos los riesgos se refieren a la totalidad o parte de las pérdidas sufridas por los bienes asegurados por causas externas durante el transporte, excepto las responsabilidades de Ping An Seguro y Seguro de Daños por Agua. Los llamados factores externos se refieren a riesgos adicionales generales, a saber, robo, falta de recogida de la mercancía, agua dulce y lluvia, escasez de cantidad, mezcla, contaminación, fugas, colisiones, roturas, olores, humedad y altas temperaturas, daños en los ganchos, embalaje dañado, óxido, etc. Entre ellos, Robo y Entrega no cubre pérdidas ocasionadas por robo o falta de entrega de la totalidad de la carga asegurada. Sin embargo, liberar mercancías sin un documento es una violación de la obligación del porteador de entregar las mercancías contra el documento. Es un riesgo comercial asumido voluntariamente por el porteador, y no un riesgo causado por razones externas durante el viaje marítimo. riesgo acordado por el asegurador en el contrato de seguro. Por lo tanto, la entrega de mercancías sin conocimiento de embarque no está cubierta por reclamaciones de seguro.

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