¿Cuáles son las disposiciones de protección internacional para los derechos de patente?
Tratado de Cooperación en materia de Patentes
Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
Base jurídica: "Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial” No. 1 Artículo: En términos de protección de la propiedad industrial, cada Estado miembro de la Convención debe tratar legalmente a los demás Estados miembros de la Convención igual que a sus propios nacionales; incluso si es nacional de un país no miembro. Estado miembro de la Convención, siempre que tenga residencia o oficina industrial y comercial real y efectiva en un Estado miembro de la Convención, deberá ser tratado en igualdad de condiciones que los nacionales de ese país.
Tratado de Cooperación en materia de Patentes
Artículo 4 La Oficina de Patentes, como agencia que acepta solicitudes internacionales, es responsable de aceptar solicitudes de ciudadanos chinos o extranjeros, empresas extranjeras u otras personas que tengan sus intereses habituales. residencia u oficina comercial en China. Las solicitudes internacionales presentadas por organizaciones extranjeras serán revisadas y procesadas de acuerdo con las disposiciones del tratado, sus normas de implementación y los reglamentos administrativos del tratado.
Según los acuerdos bilaterales firmados entre China y otros países contratantes, la Oficina de Patentes también puede aceptar solicitudes internacionales presentadas por nacionales o residentes de ese país.
Artículo 5 El solicitante deberá presentar una solicitud internacional en chino o inglés a la Oficina de Patentes. La solicitud internacional deberá incluir una solicitud, una descripción, una o más reivindicaciones y uno o más dibujos (cuando sea necesario). y un resumen.
Artículo 1 del “Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual” Además de realizar el trabajo administrativo de cada alianza, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual también lleva a cabo una serie de actividades, entre ellas: (1) Formular actividades normativas, que involucran específicamente la adopción de La celebración de tratados internacionales y la formulación de normas y estándares para la protección y observancia de los derechos de propiedad intelectual (ii) actividades planificadas, en particular aquellas relacionadas con la prestación de asistencia legal y técnica a los países; en el campo de los derechos de propiedad intelectual; (iii) actividades de clasificación y normalización internacional, en particular mediante la cooperación de la Oficina de Propiedad Industrial en el campo de patentes, marcas y documentos de diseños industriales y (iv) actividades de registro y solicitud, específicamente relacionadas con servicios; relacionados con solicitudes internacionales de patentes de invención y registro de marcas y diseños industriales.