Si la Parte B rescinde ilegalmente el contrato de trabajo y causa pérdidas a la Parte A, será responsable de una indemnización.
Artículo 26 Si el empleador y el empleado acuerdan un período de servicio, y el empleado rescinde el contrato de trabajo de conformidad con el artículo 38 de la Ley de Contrato de Trabajo, no constituye una violación del acuerdo de período de servicio. , y el empleador no exigirá mano de obra. La parte deberá pagar la indemnización por daños y perjuicios.
Bajo una de las siguientes circunstancias, si el empleador y el empleado rescinden el contrato laboral con base en el período de servicio acordado, el empleado deberá pagar daños y perjuicios al empleador de acuerdo con el contrato laboral:
(1) ) El empleado viola gravemente las reglas y regulaciones del empleador;
(2) El empleado descuida gravemente su deber, comete negligencia para beneficio personal y causa un daño significativo al empleador ;
(3) El empleado al mismo tiempo establece relaciones laborales con otros empleadores, lo que afecta gravemente la realización de las tareas laborales de la unidad, o se niega a realizar correcciones después de la propuesta del empleador;
(4) El empleado utiliza fraude, coerción o se aprovecha del peligro de otros, El contrato de trabajo se celebra o modifica sin verdadera intención;
(5) El empleado es penalmente responsable de conformidad con la ley.
La legislación laboral estipula que los empleados deben renunciar con tres días de anticipación durante el período de prueba y presentar una carta de renuncia por escrito con 30 días de anticipación después del período de prueba. Si un empleado renuncia sin presentar previamente una carta de renuncia, la empresa puede considerar que se ha ido sin autorización y sólo puede tratarlo como ausentismo y deducir su salario por ausentismo. Sin embargo, los trabajadores no tienen que pagar compensación. "Artículos 22 a 25 El período de servicio de formación puede estipularse en el contrato; la indemnización por daños y perjuicios se puede estipular en el acuerdo de no competencia; excepto en las dos situaciones anteriores, el empleador no acordará con el empleado que el empleado asumirá la indemnización por daños y perjuicios
Con base en los dos elementos anteriores, el arrendador no rescindió ilegalmente mientras no haya un período de servicio de capacitación acordado y un período de no competencia, no hay necesidad de pagar una indemnización.