¿Es legalmente vinculante el acuerdo familiar de vivienda pública que se menciona a continuación? En primer lugar, se señala que la vivienda pública no es propiedad privada y no puede heredarse. En el arrendamiento de vivienda pública (vivienda pública de alquiler), los derechos de propiedad son de titularidad pública y el arrendatario sólo tiene derecho a utilizarla. En cuanto al "acuerdo" alcanzado tras la negociación sobre la división de los derechos de uso y la compensación por reubicación durante el uso, es sólo un acuerdo para tratar los asuntos internos de la familia. La notaría nacional no lo certificará ante notario y no tiene ningún efecto legal. o fuerza vinculante social. Si el uso de la casa dentro de la familia también debe anunciarse al público, entonces también debe haber un acuerdo sobre si se utilizarán muebles dentro de la familia y se ocuparán de los asuntos familiares. Como dice el refrán: "Es difícil para un funcionario íntegro ocuparse de los asuntos domésticos".
¿Todavía necesitamos "contratar a un abogado profesional para participar" en las tareas del hogar? ¿Se encuentra la situación familiar moderna en una crisis tan grave?